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Cuadro de sanciones y puntos.

Tema en 'Circulación y Seguridad Vial' comenzado por AsdePicas, 29/8/06.

  1. AsdePicas

    AsdePicas Soloporschista

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    Bueno, por si alguien espera encontrarse con un regalito estas vacaciones en el buzón os recuerdo como nos van a joder la vida.....

    [​IMG]

    NOTA IMPORTANTE: En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto (aplicación según normativa carnet por puntos).


    Normativa según carnet por puntos:
    - Exceso de velocidad entre 21 y 30 km/h: - 2 puntos
    autopista, más de 141 km/h, carretera, más de 111 km/h y ciudad más de 71km/h.

    - Exceso de velocidad entre 31 y 40 km/h: - 3 puntos
    autopista, más de 151 km/h, carretera, más de 121 km/h y ciudad más de 81km/h

    - Exceso de velocidad en más de 40 km/h: - 4 puntos (siempre que no suponga, además, un exceso de más del 50%)
    autopista, más de 161 km/h, carretera, más de 131 km/h

    - Exceso de velocidad en más del 50% límite autorizado: - 6 puntos (siempre que suponga, superar en al menos 30km/h dicho límite)
    autopista 181 km/h, carretera 136 km/h y ciudad 81 km/h


    Notas destacadas:
    - Respecto a la anterior tabla de velocidades, se ha reducido la velocidad máxima exenta de sanción en autovias y autopistas (anteriormente 140km/h, ahora 132km/h).
    - La sanción económica se puede reducir un 30% por pronto pago (al realizar el pago en los primeros dias desde la notificación).
    - La reducción de puntos se produce al ejecutarse la sanción en firme (tras la notificación), despues de unos 2 meses cuando ya no exista posibilidad de recurso.
    - Los vehículos de +3500kg o más de 9 pasajeros tienen un incremento del 10%-30% en la sanción económica.

    Esta es la lista de infracciónes y la penalización que tendrán:

    Perdida de 2 Puntos

    - Parar en zonas de riesgo para la circulación, para los peatones, o en los carriles destinados al transporte público urbano.
    - Usar sistemas de detección de radares (no incluye PDA+GPS o Avisadores de radar por posicionamiento GPS)
    - Circular con un menor sin sillita.
    - Llevar a un menor de 12 años en una motocicleta o ciclomotor.
    - Circular sin alumbrado con poca visibilidad o hacer mal uso del mismo (antinieblas cuando no corresponde, etc).
    - Rebasar los límites de velocidad entre 21 y 30km/h (autopista, más de 141 km/h, carretera, más de 111 km/h y ciudad más de 71km/h).

    Perdida de 3 Puntos

    - Realizar cambios de dirección prohibidos.
    - Conducir sin cinturón de seguridad.
    - No respetar la distancia de seguridad.
    - Conducir sin casco o con casco no homologado.
    - Circular sin alumbrado sin visibilidad o provocar deslumbramientos.
    - Conducir hablando por el móvil.
    - Rebasar los límites de velocidad entre 31 y 40km/h (autopista, más de 151 km/h, carretera, más de 121 km/h y ciudad más de 81km/h).

    Perdida de 4 Puntos

    - Circular por una autopista o autovía con un vehículo con el que está expresamente prohíbido circular por ellas.
    - Conducir con un exceso del 50% o más en el número de plazas autorizadas.
    - Conducir un vehículo sin llevar el permiso o la licencia adecuada.
    - Conducir ebrio (entre 0,25 y 0,50 mg/l).
    - Arrojar objetos peligrosos a la vía (que puedan provocar incendios, accidentes...).
    - Conducir de manera negligente.
    - No respetar el stop, ceda el paso, paso de peatones, semáforos o señales del agente.
    - Adelantamientos peligrosos.
    - Aumentar la velocidad o maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento.
    - Maniobras de marcha atras en autopistas o autovias.
    - Poner en peligro a los ciclistas.
    - Rebasar los límites de velocidad más de 40km/h siempre que no suponga ademas un exceso del 50% (autopista, más de 161 km/h, carretera, más de 131 km/h).

    Perdida de 6 Puntos

    - Conducir ebrio (más de 0,50 mg/l), o bajo los efectos de drogas y estimulantes.
    - No someterse a la prueba de alcoholemia o drogas.
    - Circular en sentido contrario.
    - Conducción temeraria.
    - Conductor profesional que excede en más del 50% los tiempos de conducción o minoras en más del 50% los tiempos de descanso.
    - Rebasar los límites de velocidad en más del 50% (autopista 181 km/h, carretera 136 km/h y ciudad 81 km/h).


    Nota adicional:
    Además de la disminución de puntos para el conductor, todas las sanciones vendran acompañadas de la correspondiente multa en función de la infracción y gravedad.

    :[blah] :[blah] :[blah] :[blah] :[blah] :[blah] :[blah] :[blah] :[blah] :[blah] :[blah]
     
  2. AsdePicas

    AsdePicas Soloporschista

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    Bueno, yo saco en claro que cuando vea algo sospechoso en autovía frenazo hasta 150 km/h, 100 eurillos de propina para la dgt así se le atraganten.
     
  3. Asturcon

    Asturcon Soloporschista

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    Interesante tabla recaudatoria, no olvides q no solo se quedan con la propina.
    Alguien sabe cuanto tardan en notificar las sanciones por exceso de velocidad y el tiempo de "caducidad"? je
     
  4. carlos C4

    carlos C4 Senior +

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    - Me gustaría saber exactamente donde va todo ese dinero...Porqué visto lo visto yo no me fío de ningún político, teníamos que pedir total transpariencia con los dineros recaudados :[blah] :[blah] :[blah] :White Frowning Face: Luego hay cenas, coches oficiales de muchos euros, viajes en avión privado ( que no vienen a cuento) etc,etc...
     
  5. Enzo

    Enzo Gran Experto Porschista

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    Interesante ;)
     
  6. delmonte

    delmonte Highway to hell

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    Por desgracia, y para cubrir su incompetencia, creo que subieron a nada menos que un año el tiempo de prescripción, desde dos meses que era antes. Se saltaron un principio muy importante, de correspondencia entre la diligencia exigida a la administración y al ciudadano, pues los dos meses de antes se correspondían con los dos meses que tienes para meter recurso por vía contencioso-administrativa :(

    Como siempre, a joderse ante la prepotencia política.

    jm
     
  7. BelMa

    BelMa Administrador Miembro del Equipo

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    Hierros diversos...
    El plazo de prescripción es de tres, seis meses y un año para las infracciones leves, graves, y muy graves, respectivamente (art. 81 de la Ley sobre Tráfico, circulación y Seg. Vial).

    Un apunte: yo no tengo nada claro de dónde sale la diferencia de 12 km/h entre los 120 y los 132 sancionables que consta en el cuadro...

    S2.
     
  8. delmonte

    delmonte Highway to hell

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    Un 10% de margen por posibles errores del velocímetro del infractor

    jm
     
  9. Asturcon

    Asturcon Soloporschista

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    Entonces en un año puedes tener varias sanciones por comunicar. Vamos que puedes estar en banca rota con mumeros negativos (puntos del carnet) y sin saberlo, que incompetencia.
    Salu2
     
  10. BelMa

    BelMa Administrador Miembro del Equipo

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    Hierros diversos...
    Según tengo entendido, la única tolerancia legalmente válida es la establecida en la homologación obligatoria de los cinemómetros que, es, para los estáticos, de 5 km/h o de un 5%, y para los instalados en un vehiculo en movimiento, de 10 km/h o del 10%, según la velocidad a medir sea inferior o no a 100 km/h, respectivamente. (Orden Ministerial del 11 de febrero de 1994)

    Según eso, en un radar móvil si que es pertinente fijar una franja inferior de 132 km/h, pero con un fijo, podrían establecerla en 126 km/h.

    Si se aplican otros criterios, será por tolerancia, pero ojo: cualquier día pueden volver a ajustar la máquina...los muy cab*****.

    S2.
     
  11. Tabuchi

    Tabuchi Senior

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    Miedo me da pasar de 140 k/hr......:(
     
  12. Sergio Fuentes

    Sergio Fuentes Usuario +

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    Un poco liosa la tabla no?. Me explico.

    Por ejemplo si vas a 165 por autopista en la tabla pone que te quitan 3 puntos y en la explicacion de abajo son 4 puntos en que quedamos, estos politicos los muy......no se enteran.
     
  13. delmonte

    delmonte Highway to hell

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    Pues sí... pero si sacas de dónde salían los 141... ahí sí que hay premio. Era algo así como: vale, la velocidad máxima es de 120, pero como no nos lo creemos, sólo te multo a partir de 140. Para eso, mejor poner el límite oficialmente en 140... pero entonces no parecería que nos perdonan la vida, cosa muy del gusto de ciertos estúpidos con cargo público. Además, así se pueden poner duros, como ahora :[blah]

    Ayer había una noticia en el periódico de un atropello en Madrid: un tío ante un semáforo en ámbar había acelerado, llegó al semáforo en rojo y se llevó por delante a un par de ancianas que ya se habían echado a la calzada. Encima se dio a la fuga el muy cabrón. Vale hasta aquí. Ahora bien, ¿qué es lo primero que remarcan los periodistas?: que el tío iba a 100 por hora, porque así lo afirmaban los transeúntes... que se ve que tienen un radar en la punta del nabo, claro. Eso sí, ya toda la información giraba en torno a que el tío iba a 100, y no a que hizo el gilipollas intentando pasar un semáforo en ambar cuando ya otros dos carriles estaban totalmente detenidos ante el semáforo (vamos, todas las papeletas para una tragedia como la ocurrida).

    Recuerdo un episodio de aquellos de "Alfred Hitchcock presenta" que giraba en torno, precisamente, a un juicio a un automovilista, donde se le acusaba de haber causado un accidente por ir a "x" millas por hora. El Hitchcock se dedicaba a desmontar la teoría de que iba a esa velocidad, demostrando que nadie puede saber a ciencia cierta a cuánto va un coche por la calle cuando le ve pasar, mucho más si es de refilón.

    Eso sí, menos mal que el atropello fue con una C-15, porque si llega a ser con un Porsche, entonces es que iba como poco a 150 :White Frowning Face:

    jm
     
  14. JULIO BORJA

    JULIO BORJA Usuario ++

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    Ver Cuadro De Velocidades En Pagina 1
     
  15. RhCarrera4S

    RhCarrera4S Soloporschista

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    pues a mi este verano (que llegó la multa la semana pasada), me han puesto 180 euros de multa por ir a 81km/h, cuando lo máximo era de 60.
    ¿porque 180 y en la tabla pone 100 euros?

    saludos
     
  16. 993S

    993S Soloporschista

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    si te engancharan a mas de 220 que pasaria??

    no era detencion directa??