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poner un coche de 2º mano a nombre de una S.L.

Tema en 'Circulación y Seguridad Vial' comenzado por boxero, 4/12/11.

  1. boxero

    boxero Senior

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    Hola a todos, tengo un señor interesado en mi boxster que me pregunta que tipo de impuesto tendría que pagar si pusiese el coche a nombre se su empresa....:[question] yo lo tengo puesto a mi nombre.

    Yo tengo entendido que si es una compraventa es entre particulares se paga el impuesto de transmisiónes que es un 4% del valor del coche más la tasa de trafico, y que si el particular compra un coche que está a nombre de una empresa solo pagaría la tasa de trafico, unos 50€
     
  2. Lastleader

    Lastleader Soloporschista

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    mUMM!!

    Si el coche está a nombre de una persona jurídica ( empresa) deberá repercutir el I.V.A. al tipo vigente.

    Last
     
  3. kinby

    kinby Soloporschista

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    Si tu no puedes emitir factura con IVA, tiene que pagar transmisiones, aunque compre una S.L. Ojo, que si el coche tiene más de 14 CV fiscales (ó 15, que no me acuerdo ahora), se paga el 8% de Transmisiones (en Andalucía).
     
  4. delmonte

    delmonte Highway to hell

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    nada especial, sencillamente se paga la tasa del impuesto de transmisiones, que en casi toda españa (alucino con andalucía) es el 4% del valor en tablas (en madrid, el 4% del valor en tablas o del que figura en contrato, el mayor... alucino con madrid también)

    yo acabo de comprar el 993 y lo he puesto a nombre de mi empresa, SL también, y así lo he hecho
     
  5. AMR928

    AMR928 Soloporschista veterano

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    OJO


    OJO con estas cosas, que se asegure que puede hacerlo, luego vienen sorpresas desagradables de parte de esa agencia que todo lo sabe y todo lo ve y que por tanto todo lo quiere. saludos.
     
  6. kinby

    kinby Soloporschista

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    Exacto. Una cosa es poner un coche a nombre de una empresa y otra muy distinta querer deducirselo como gasto (incluso el 50%). Se pueden deducir aquellos bienes o servicios que afecten, directa y exclusivamente, a la actividad empresarial o profesional, y esto, en un Boxster, se me antoja complicado. Yo he tenido coches a nombre de mis empresas y solo me he deducido como gasto casos puntuales (diesel, precio medio, etc.), que permitan la justificacion. Nunca me he deducido ninguno de los Porsches, ni Mercedes SL, ni cosas por el estilo, porque ya me "engancharon" hace tiempo en una inspeccion con un Range de gasolina (a principios de los '90).
     
  7. cesarsim

    cesarsim Soloporschista

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    Pues si, es cierto. Pero sobre todo no les gusta que compres un ferrari, o un yate y empieces a repercutir IVAs y esas cosas. En un boxster de 2ª mano no se pondrán muy pesados.

    En todo caso, el problema es del comprador.
     
  8. Lastleader

    Lastleader Soloporschista

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    Así es..!!


    Así es, estás en lo cierto.Yo he tenido en el despacho varios requerimientos de clientes referidos a la deducción de vehículos de gama media y alta y al no poder acreditar el estar afectos al 100% a la actividad ni guardar relación con los ingresos ni gastos...pués eso.... complementarias, sanciones y etcss y no en todas nos hemos allanado sino que hemos recurrido al TEAR y TEAC.... nada que hacer ... " Cualquiera puede poner el coche del tipo que sea a nombre de su empresa , eso , no se puede evitar y es un derecho intrínsico de la propia sociedad pero harina de otro costal es la deducibilidad de los gastos que conlleva aparejados la compra, utilización y mantenimiento del mismo, si bién contablemente serán anotados en los registros contables al igual que cualquier otro tipo de bien ó gasto, no olvidemos que ,contablemente será un bién amortizable y su dotación a la amortización un gasto del ejercicio juntamente con los gastos corrientes de mantenimiento , pero al final , habrá que hacer los correspondientes ajustes extracontables en los impuestos a que este obligada la persona jurídica titular del bién ( I.S.) y otros...
    Last:White Frowning Face::White Frowning Face::malabares::hmm::hmm::hmm:
     
  9. Alberto66

    Alberto66 Soloporschista

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    Gracias por la inforr:Thumb:

    Yo soy un poco burro para estas cosas, cuando dices:

    "no olvidemos que ,contablemente será un bién amortizable y su dotación a la amortización un gasto del ejercicio juntamente con los gastos corrientes de mantenimiento , pero al final , habrá que hacer los correspondientes ajustes extracontables en los impuestos a que este obligada la persona jurídica titular del bién ( I.S.) y otros..."

    ¿a qué te refieres con los correspondientes ajustes extracontables?:[question]:rojo:

    Gracias de nuevo
     
  10. AMR928

    AMR928 Soloporschista veterano

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    pesados



    ¿Pesados?, si ven de donde trincar te dejan mas seco que la mojama. repito QUE SE ASEGURE QUE SE PUEDE. saludos.
     
  11. Lastleader

    Lastleader Soloporschista

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    Pués...

    Las cantidades consideradas gastos contables que no tienen la condición de gastos fiscales y que deberán adicionarse a la base imponible sujeta al impuesto . Estas sumas ( para que lo entiendas ) y operaciones , se llaman ajustes extracontables.....no entro en temas de otros tipos de ajustes extracontables, por amortización acelerada, leasing..etcs..).
    No se si te he aclarado ó complicado el asunto...?¿

    Last
     
  12. Leblanc

    Leblanc Nuevo Usuario

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    IVA deducible

    Yo tengo un turismo que me he comprado el año pasado ( soy una sl)y me deduzco el 50% del IVA, ahora lo vendo a otra empresa lo cual tengo que emitir una factura de la venta al comprador. Pero a su vez quiero comprar ahora uno de segunda mano y el vehículo que me gusta no tiene IVA deducible. Si no compensó la compra con otro vehículo desgrsvandome el IVA me pegaran el palo con la venta del primero teniendo en cuenta que lo vendo por34000€? Hay algunos vehículos de segunda mano q tiene. IVA deducible tendría solo que recurrir a estos?
    Saludos