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Privación del derecho a conducir por sentencia judicial.

Tema en 'Circulación y Seguridad Vial' comenzado por rpmolina, 17/11/12.

  1. xulangues

    xulangues Soloporschista

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    Estando de acuerdo, la solución fácil al día siguiente es llamar a la comisaría, cuartel, etc. a la que correspondan... por otros temas lo he hecho. De una sé a ciencia cierta que el superior de turno les cantó las cuarenta a los agentes; en otra se me comentó que lo hablarían con el individuo en cuestión y unos días más tarde se me contactó para comentarme el intercambio de impresiones. De otras cuantas ni una noticia más... que no todo es flor colorida...
     
  2. porscheaddicted

    porscheaddicted Soloporschista

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    Pues mira, no se me ocurrió hacerlo. Pero tampoco hubiera pensado que tendría efecto alguno :Thumb:
     
  3. xulangues

    xulangues Soloporschista

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    Como te decía, muchas veces no me han hecho ni caso e ir a denunciar y demás salvo que sea muy gordo... da palo. Pero una llamadita de queja... por lo menos se desahoga uno :Thumb:
     
  4. cesarsim

    cesarsim Soloporschista

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    Entonces entre el 50 y el 70% van sobrios ¿Son más peligrosos; que haremos con ellos?

    Una cosa es provocar un accidente por ir bebido, donde se aplica el código penal con rigor, pudiendo ser acusado de homicidio y otra muy diferente dar positivo en un control y que quieran meterte entre rejas. Creo yo....y como comentaban antes, nadie está libre, salvo algún superhéroe que lo hace todo bien.
     
  5. xxavier

    xxavier Soloporschista

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    Meter a alguien en la cárcel debe estar reservado para acciones muy graves. Conducir bajo los efectos del alcohol o de otras drogas es, qué duda cabe, una conducta lesiva para la comunidad, pero la cárcel parece un castigo desmesurado, salvo casos puntuales. En cambio, la retirada perpetua del carnet de conducir 'sacaría de la circulación' para siempre al infractor, y siendo un castigo duro, resulta adecuado.

    ¿Que se puede uno descuidar y tomar unas copas sabiendo que no debe hacerlo porque va a conducir? Pues eso tiene fácil remedio: dejar de beber alcohol siempre, en todo tiempo y circunstancia. Para los amantes de la cerveza, está la 'sin alcohol'.
     
  6. Rickyhomer

    Rickyhomer Experto F1 documentalista

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    Buenas noches:Thumb:

    "AQUELLOS LABIOS QUE PRUEBEN EL ALCOHOL, NO PROBARÁN LOS NUESTROS"

    [​IMG]
    http://2.bp.blogspot.com/-A-a0qSPokco/TWLBN49ghCI/AAAAAAAAEds/jCPY7DSmA3w/s1600/temperanceab32.jpg

    Fijaros bien en ellas.

    Desde principios del siglo veinte se intentó prohibir por todos los medios el alcohol, prohibirlo de forma absoluta, para todos los mortales, sin distinción, ni proporcionalidad alguna.

    Los habituales adalides de entonces están en parte reflejados en la foto superior, leyes, cárcel, chantajes emocionales... todo valía para prohibirlo de forma ABSOLUTA.

    Hubo seres entrañables que no lo pudieron soportar, no la bebida, convivir con semejantes zutanos y zutanas, se dieron a la bebida y no llegaron ni a sus bugas ...

    [​IMG]
    http://img545.imageshack.us/img545/2127/af7d36f6c3f47a01294c5ce.gif


    ... lo siento, escribo al teclado bajo los efectos de un estupendo mojito celebrando que estas modas cíclicas intentan soslayar lo fundamental que falla en nuestra sociedad: la educación, la formación...el pecado de unos cuantos que no saben beber, no saben circular, no saben... perdón, lo saben y les importa un carajo, conducen bebidos, van permanentemente por el carril de la izquierda, adelantan sin mirar por el retrovisor... prohibamos conducir ya que sin la máquina no pasaría nada y todos felices en trasporte público.

    ¿Felices? ... desde entonces va en transporte público :pompones

    [​IMG]
    http://i1221.photobucket.com/albums/dd462/juckal/papa-noel-borrachoo.jpg

    Saludos y perdón Míster rpmolina :beer:
     
  7. danielin

    danielin Gran Experto Porschista

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    Lo que desde luego no es proporcional es que por ir a 230km/h por una autovía vacía, tú sólo, en una recta y te pillen te esposen, te enchironen y al día siguiente a juicio mientras que porque alguien no paga una factura que obliga a cerrar una empresa de 10 trabajadores o porque alguien a dado una paliza mortal a otro o porque le has prendido fuego a la casa de tu vecino habiendo encerrado antes a los inquilinos no pase, al menos, lo mismo, siendo infinitamente más graves los tres supuestos expuestos.

    Eso si que no es proporcional... pero así está montado. Lectura: haz lo que te de la gana, pero no con el coche... Y así nos va.
     
  8. israelyepes10

    israelyepes10 Nuevo Usuario

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    Hola Rp Molina yo estoy en la misma situación que otros compañeros,
    me retiraron el carnet 8 meses y ya me ha cumplido y me mandan la maldita carta.
    Tengo pensado hacer lo que tu mandar un escrito,
    si me pudieras responder donde mandar el escrito
    y como redactarlo.

    Espero tu respuesta
     
  9. rpmolina

    rpmolina Soloporschista

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    Tengo novedades, pero no concluyentes..

    Ahora mismo estoy se viaje y escribo desde un telefono, lo que me resulta tremendamente incomodo.
    En resumen:
    Se presenta el escrito en la dgt.
    En mi caso, la respuesta es el Sobreseimiento del expediente administrativo, sin declaración de responsabilidad.
    La ley dice que el expediente debe Archivarse (en vez de Sobreseerse).
    No tengo muy clara la diferencia, pero yo tengo la resolucion de Sobreseimiento.

    Recientemente, me ha parado la GC, con intención de denunciarme, por circular con el alumbrado de niebla encendido, una noche de perros, con lluvia, bajando una carretera de montaña :eek:, porque, según me explicaron, deslumbran a los otros conductores :confused: y la niebla desapareció kilometros atras, pero yo no las apague hasta terminar el trazado de curvas y entrar en el tramo con arcen y cuneta, NO LO PODÍA CREER, pero estaba ocurriendo, el agente coge mi carne y se va con el para rellenar la denuncia.
    Al minuto vuelve con el compañero y me informa, de que consta la retirada, y que aparezco en un listado de los que no han hecho el curso de sensibilización en "la autoescuela Servando"(nombre real, y transcripción textual de las palabras del agente :eek:), que por lo tanto me van a sancionar por conducir con un permiso no valido en España, por no haber hecho el curso...
    Reglamento de conductores, art.1, 200€, 100 con descuento :White Frowning Face:
    NO por el art. 65 de la Ley de circulacio y seguridad vial, segùn indica "la carta" :confused:
    Además me informan amablemente, de que no van a inmovilizarme ni a denunciarme por lo de los antinieblas...

    Entonces, les informo de que realicé el curso de sensibilizacion, aunque a través de Instituciones Penitenciarias, en vez de en La Autoescuela Servando, y que por si me ocurria algo asi, habia presentado el escrito, al respecto y me habian notificado el Sobreseimiento del expediente administrativo, y les muestro la documentacion que precavidamente, llevo siempre, el documento del curso de Penitenciarias, el escrito a la DGT y la Resolucion de Sobreseimiento...

    La cara de los agentes... un poema... me indican que debe de haber algun error, porque aunque he actuado correctamente con el escrito, como figuro en "la lista", me tienen que denunciar, que lo comunique y presente alegaciones en la DGT, porque a la vista del escrito y la resolucion "algun funcionario de la DGT, se ha equivocado y o no debería estar en "la lista" o no deberian haberme contestado con el Sobreseimiento. .." entrecomillo porque vuelvo a citar palabras textuales del agente...

    Y en esas estamos, al dia siguiente presenté alegaciones y esperando respuesta...
     
  10. rpmolina

    rpmolina Soloporschista

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    Tengo novedades, pero no concluyentes..

    Ahora mismo estoy se viaje y escribo desde un telefono, lo que me resulta tremendamente incomodo.
    En resumen:
    Se presenta el escrito en la dgt.
    En mi caso, la respuesta es el Sobreseimiento del expediente administrativo, sin declaración de responsabilidad.
    La ley dice que el expediente debe Archivarse (en vez de Sobreseerse).
    No tengo muy clara la diferencia, pero yo tengo la resolucion de Sobreseimiento.

    Recientemente, me ha parado la GC, con intención de denunciarme, por circular con el alumbrado de niebla encendido, una noche de perros, con lluvia, bajando una carretera de montaña :eek:, porque, según me explicaron, deslumbran a los otros conductores :confused: y la niebla desapareció kilometros atras, pero yo no las apague hasta terminar el trazado de curvas y entrar en el tramo con arcen y cuneta, NO LO PODÍA CREER, pero estaba ocurriendo, el agente coge mi carne y se va con el para rellenar la denuncia.
    Al minuto vuelve con el compañero y me informa, de que consta la retirada, y que aparezco en un listado de los que no han hecho el curso de sensibilización en "la autoescuela Servando"(nombre real, y transcripción textual de las palabras del agente :eek:), que por lo tanto me van a sancionar por conducir con un permiso no valido en España, por no haber hecho el curso...
    Reglamento de conductores, art.1, 200€, 100 con descuento :White Frowning Face:
    NO por el art. 65 de la Ley de circulacio y seguridad vial, segùn indica "la carta" :confused:
    Además me informan amablemente, de que no van a inmovilizarme ni a denunciarme por lo de los antinieblas...

    Entonces, les informo de que realicé el curso de sensibilizacion, aunque a través de Instituciones Penitenciarias, en vez de en La Autoescuela Servando, y que por si me ocurria algo asi, habia presentado el escrito, al respecto y me habian notificado el Sobreseimiento del expediente administrativo, y les muestro la documentacion que precavidamente, llevo siempre, el documento del curso de Penitenciarias, el escrito a la DGT y la Resolucion de Sobreseimiento...

    La cara de los agentes... un poema... me indican que debe de haber algun error, porque aunque he actuado correctamente con el escrito, como figuro en "la lista", me tienen que denunciar, que lo comunique y presente alegaciones en la DGT, porque a la vista del escrito y la resolucion "algun funcionario de la DGT, se ha equivocado y o no debería estar en "la lista" o no deberian haberme contestado con el Sobreseimiento. .." entrecomillo porque vuelvo a citar palabras textuales del agente...

    Y en esas estamos, al dia siguiente presenté alegaciones y esperando respuesta...
     
  11. anonadada

    anonadada Nuevo Usuario

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    Tengo una duda..

    Pierdes el permiso de conducir por una condena superior a 2 años, pero si eres conductor profesional ¿pierdes las vigencia de todos los permisos de conducir o solo del B?:[question]
     
  12. 1969.carrera

    1969.carrera Historiador Porsche.

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    Evidentemente todos, pierdes el permiso en si, dá igual las autorizaciones que tengas en él...

    Saludos

    PD. Si eres conductor/a profesional, lo siento...porque pierdes también tu trabajo.
     
  13. rpmolina

    rpmolina Soloporschista

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    Había olvidado actualizar este hilo!

    http://www.elmundo.es/motor/2016/07/08/577f8b94e5fdea11538b4666.html

    Han pasado dos años y sigo esperando que liberalicen el sector, para hacer el curso...:[angel]
     
  14. Gori911

    Gori911 Usuario ++

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    Rpmolina, yo estoy igual.
    Hace más de 2 años que conduzco sin el curso por retirada penal de Carnet y mi dinero no va a financiar una trama mafiosa..y asumo multa y puntos si hace falta.
     
  15. rpmolina

    rpmolina Soloporschista

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    Que va!!!!

    Te explico como va la movida...

    Como se trata de un trapicheo que hicieron, con lo de la disposicion adicional decimotercera...lo que hacen es lo siguiente...

    El carné no tiene pérdida de vigencia, porque no se realiza el procedimiento correspondiente necesario, descrito en el Reglamento, entre otras cosas porque es ilegalisimo iniciar una acción administrativa habiendo una sentencia penal de por medio...el funcionario que firnase el procedimiento administrativo incurriria en una Prevaricación de libro...

    Lo que hacen, es cuando te van a denunciar por algo, los agentes tienen orden de consultar una lista que les facilita la Confederación de Autoescuelas y si has tenido retirada penal y no aparece que has hecho el curso...te denuncian por conducir con un permiso no valido en España (invocando la disposición adicional) y te sancionan por el Aticulo 2 del Reglamento, con una sancion administrativa de 200€, 100 con descuento).

    En la DGT, saben que no es legal, pero desestiman cualquier alegación en base a que ya informaron con la carta, que tambien saben que al no ir certificada, tampoco tiene validez como notificación...y entonces, si se lo afeas, te invitan con todo descaro a que recurras con un contencioso de 500€ una sanción de 200...
     
    Última modificación: 3/9/16
  16. djtopgun

    djtopgun Senior +

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    Menudo hilo largo, pero toca materia en la que tengo experiencia, espero poder responder a vuesttas dudas cuando saque tiempo de leerlo todo.
     
  17. JJT

    JJT Eterno aprendiz

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    ¿Estais conduciendo sin puntos y sin carnet?
     
  18. rpmolina

    rpmolina Soloporschista

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    Te has leido el post :[question]

    Básicamente trata sobre, que cuando a un procedimiento, se le aplica la legislación penal, en vez de la administrativa, no hay sancion, ni perdida de puntos, ni suspension de vigencia, salvo la que el juez imponga en la sentencia...

    Y que se inventaron un parche en una ley para hacer un chanchullo con la Confederación de autoescuelas, que de momento, le ha costado el puesto a una alto cargo de la Dgt.

    Y mientras terminan de enterrarlo, están retorciendo una situacion, imponiendo sanciones económicas discretas, que al suponer menos coste, pagarlas que llevarlas a contencioso, ninguno hacemos nada, y ellos siguen recaudando.
     
  19. Gori911

    Gori911 Usuario ++

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    Ni más ni menos, así es.
    A mí el juez me devolvió el Carnet cumplida la pena ( nunca perdí puntos )y me llegó la carta de la
    DGT para hacer el Curso de Sensibilización, correo ordinario, pero sólo en las Autoescuelas que ellos indican...
    Si nadie cayera en la trampa, nos iría mejor..
     
  20. rpmolina

    rpmolina Soloporschista

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    Pues lo mio tiene guasa...

    En mi sentencia, aparte de la retirada del permiso, el juez me condenó a hacer el curso de sensibilización, obviamente, en una institucion vinculada al Ministerio de Justicia, que son las que se reconocen desde el ámbito penal...y obviamente lo hice...cumpli la pena, me devolvieron el carne...y luego va la DGT y dice que como el curso no lo hice en la Confederación de autoescuelas, que no lo reconocen!!!:eek: