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Os presento a mi nuevo 996 en estado de colección. Museo Porsche?

Tema en 'Presentaciones' comenzado por Chuspido, 23/5/20.

?

Le quito el park sensor?

  1. si, queda horrible y no es de origen Porsche

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  2. No, es de origen, me lo contó mi cuñao.

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  1. oscar 4S

    oscar 4S Soloporschista Real Estate

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    No es ese azul que comentas, parece que eso ya quedó aclarado.
     
  2. Javier 917

    Javier 917 Senior +

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    Recapitulemos. Esto pone nuestro compañero en su primer post.

    Contacto con un señor, empresario andalúz, que tras la quiebra de su negocio tras la crisis de la burbuja inmobiliara del 2007, se ve "obligado" a esconder su Porsche 911 Carrera 2 en el garaje, debido a importantes embargos de hacienda.

    El coche lo compró nuevo en Porsche Madrid de Carretera de Burgos, matriculándolo en el año 2005. Si señores, su primera matrícula siendo un mk1. Donde lo tenían escondido hasta ese año? ni idea, pero la cuestión es cojonuda. Desde la compra hasta que lo mete en el garaje, pasan dos años y le hace menos de 20 mil kilómetros.


    Le contó una milonga pero de campeonato!
     
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  3. Garbie

    Garbie Soloporschista Gentleman

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    Entonces es o no es TC?

     
  4. _eurotec_

    _eurotec_ 996

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    Echando de comer al cerdito, a ver si revienta ya.

    [​IMG]

    Sublime.
     
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  5. jmv

    jmv Soloporschista veterano

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    Pues si le contó la milonga vaya usted a saber los km que porta el animalito....
     
  6. Javier 917

    Javier 917 Senior +

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    El tema del precio yo sólo le encuentro sentido a que el propietario anterior no fuese consciente de que el tema de los embargos tenía solución por estar prescritos. Puede ser eso, o puede ser que fuese consciente de que no fuese tan fácil quitarlos... Esperemos que el compañero no se encuentre ahora con ninguna sorpresa desagradable. También lógicamente después de tantos años parado, también pensaría que el coche requería una inversión considerable para volver a ponerlo en marcha...

    Centro Porsche Marbella no tiene nada que ver con Sportwagen. Centro Porsche Marbella lleva muchos años abierto siendo servicio oficial, pero es que ese coche no ha pasado por allí nunca. De toda la fantástica información que nos dio nuestro compañero Martin80, se refirió a Centro Porsche Marbella, pero fue su único error, ya que no fue por allí por donde pasó, sino por Sportwagen como más adelante nos enseñó su nuevo propietario. Mirad las imágenes.

    Esto nos dijo Martin80.

    En 2005 lo quiso vender y así lo hizo vendiendo el coche a CP Marbella, estos lo matricularon con matricula normal, la ordinaria, el 29 de agosto del 2005 y se lo vendieron a su nuevo propietario el 12 de septiembre del 2005, el coche aún no figura a tu nombre por lo que no hay cambio de nombre realizado, no he podido ver historial de nada de taller por lo que no ha pasado por servicios oficiales.

    En este documento que colgó su nuevo propietario se ve el C.I.F. de la empresa propietaria. Y en el siguiente podéis ver que ese C.I.F. es de Sportwagen.

    La verdad es que hemos dado mucha forma entre unos y otros a una historia inicialmente muy extraña, jejeje. CSI Soloporsche forever.

    Captura de pantalla 2020-06-02 22.31.06.png Captura de pantalla 2020-06-02 22.35.20.png
     
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  7. Javier 917

    Javier 917 Senior +

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    Toda la razón. Si hay algo que tengo claro, es que de toda esta historia, el menos de fiar es ese señor... que es por culpa de quien nace una historia muy rara. Así que esperemos que de cara a nuestro nuevo compañero de foro, se quede todo en la película de que compró un coche nuevo en 2005 y el resto sea todo tan positivo como espera.

    El resto de la historia no tiene nada de raro. Un tío extranjero que lo usa cuatro días al año con placa turística desde 1997 a 2005, se lo entrega a Sportwagen en 2005, que lo matricula y lo vende. Nada raro bajo mi punto de vista.
     
  8. Javier 917

    Javier 917 Senior +

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    Perdón que he duplicado sin querer.
     
  9. soloturbo

    soloturbo Senior +

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    Ojala me equivoque pero "nadie da duros a pesetas", y mas en este mundillo que es de los que mas picaresca hay, a mi me cuentan esa historia y me dicen ese precio y desconfiaria pero que bastante, peeeero nunca se sabe........
     
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  10. Javier 917

    Javier 917 Senior +

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    Sí pero no nos olvidemos de una cosa que puede justificar un precio bajo... No deja de ser una compra completamente "a ciegas". Tienes que comprar el coche, llevártelo en grúa y a partir de ahí empezar con la puesta en marcha después de un montón de años parado.

    Yo he comprado coches también con muchos años habiendo estado parados y que se han ido directos al taller sin intentar por supuesto ni arrancarlos. Y por el camino siempre piensas cosas como... ¿y si lo dejaron de utilizar porque se había roto algo y ahora me la quieren colar diciéndome que se paró estando perfecto?. Y muchas otras cosas se piensan que no vienen al caso.

    Yo creo que si quieres defender el precio del coche, lo primero es ponerlo en marcha y meter dinero en él. Si no lo haces... pues difícilmente te lo pagarán bien después de 15 años parado.

    Cuánto habríais pagado vosotros por ese coche así, a ciegas, sin saber si va a arrancar y si va a sonar en condiciones cuando en principio el mecánico ponga todo en orden? Yo os aseguro que el proceso hasta que ves que funciona te genera cierta tensión incluso habiendo pagado un precio bajo "por lo que pudiera pasar imprevisto".

    Saludos.
     
  11. Tripille

    Tripille Soloporschista

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    De todas formas, a mi sigue sin quedarme una cosa clara aunque se hablara anteriormente, una deuda a Hacienda preescribe?
    A mi no me suena que eso sea asi y mucho menos que Hacienda se la olvide ir renovando para que no se expire.
    Tengo clarísimo que como denuncia particular y de empresa eso es asi, porque ya lo he vivido, pero olvidaba que era Hacienda, tengo más intriga por las cargas del coche que de las horas que tiene el motor
     
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  12. soloturbo

    soloturbo Senior +

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    Tambien lo digo por el tema de los km, si lo han estado usando desde 1996 hasta el 2005 me sale a unos 2200 km al año, que puede ser, pero bien pocos me parecen, como ya he dicho nunca se sabe y ojala me equivoque pero tiendo a ser desconfiado en estos asuntos ya que he visto cada cosa que......:Face Screaming:
     
  13. Motorsport

    Motorsport Senior +

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    Yo a lo que me refiero es que, bajo mi punto de vista, hay más componentes de los que comentas que deberían ser cambiados. Al igual que las ruedas de “corcho” que nombras, los amortiguadores también estarán deteriorados internamente. La no actividad afecta a los componentes internos a no ser que estén guardados en buenas condiciones.


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  14. Javier 917

    Javier 917 Senior +

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    Hace poco se ha comentado el tema en un grupo en el que estoy, y varios compañeros que saben más del tema, gestores administrativos algunos, han confirmado que si los embargos que están anotados tienen una antigüedad mayor a cuatro años se pueden quitar del informe de tráfico. Haciendo una búsqueda rápida en google...

    Entonces a la pregunta de cuándo prescribe un embargo la respuesta es que los embargos prescriben a los cuatro años de su fecha de anotación registral y que la cancelación de un embargo por caducidad puede evitarse solicitando la prórroga del embargo, pero para que esto sea así, la petición debe hacerse antes de que se haya producido la cancelación del embargo por caducidad.

    Estaría bien que el compañero nos siga informando hasta el final de su camino con su 996 para ver cuánto tarda en salir airoso del berenjenal en el que al fin y al cabo se ha metido...
     
  15. Motorsport

    Motorsport Senior +

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    Comprar un coche nuevo de ese calibre, para hacerle 2.000km-tros año.... igual tenía tanta pasta el dueño que no sabía que hacer con ella. Pero vamos, poquísimos coches habrá con ese km-traje por año de media.


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  16. EMODETO

    EMODETO Nuevo Usuario

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    Efectivamente, el plazo de caducidad de los embargos es de 4 años, no obstante antes de que llegue este plazo, y siempre que el expediente pueda tener visos de cobro, se prorroga por otro periodo igual siempre que las deudas no estén prescritas. Esto se lleva a cabo con la intención de subastar el vehículo en cuestión, siempre claro está que el mismo se pueda localizar para su inmovilización y envío al depositario autorizado, o para el caso de su transmisión, la deuda “acompañe“ al vehículo
     
  17. Tripille

    Tripille Soloporschista

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    Y vuelvo a formular la pregunta, eso es asi aunque el acreedor sea Hacienda?
     
  18. oli

    oli Soloporschista

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    Yo estoy tieso pero a la mayoría de mis coches les hago menos de 2000 kms/año. Generalmente voy en moto/metro/andando, y si viajo muchas veces voy en avión + coche de alquiler.
     
  19. loloviz

    loloviz Soloporschista

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    Sí, Tripille, todo prescribe, hasta los delitos (salvo genocidio, lesa humanidad, terrorismo), la salud....

    Según el artículo 66 de la Ley General Tributaria, el plazo de prescripción de las deudas tributarias es de 4 años:

    Artículo 66. Plazos de prescripción.

    Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:

    a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.

    b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.

    c) El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

    d) El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

    Por contra, el plazo de prescripción de los delitos contra la Hacienda Pública es de 5 años (artículo 131 del Código Penal):

    Artículo 131

    1. Los delitos prescriben:

    A los veinte años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.

    A los quince, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.

    A los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.

    A los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año.

    2. Cuando la pena señalada por la ley fuere compuesta, se estará, para la aplicación de las reglas comprendidas en este artículo, a la que exija mayor tiempo para la prescripción.

    3. Los delitos de lesa humanidad y de genocidio y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el artículo 614, no prescribirán en ningún caso.

    Tampoco prescribirán los delitos de terrorismo, si hubieren causado la muerte de una persona.

    4. En los supuestos de concurso de infracciones o de infracciones conexas, el plazo de prescripción será el que corresponda al delito más grave.


    :Amen:

     
  20. Tripille

    Tripille Soloporschista

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    Duda resuelta, Gracias

    P.D y las multas de trafico?:Silbar:
     
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