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Las garantías y sus lagunas

Tema en 'Foro general Porsche' comenzado por Juankimalo, 7/5/07.

  1. Juankimalo

    Juankimalo Administrador Miembro del Equipo

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    Pensando en la gran cantidad de tiendas de compra-venta e importadores, veo que hay un stock inmenso de Porsche de segunda mano. Todas estas casas anuncian garantía. Como desconozco de que va el contrato me gustaría por curiosidad saber en que consisten y qué realmente te pueden cubrir cuando vienen mal dadas.
    Por citar un ejemplo extremo , ya sabemos que si motor de aircooled (ejemplo 996 Carrera) puede llegar a tener la desgracia de romperse (extraño pero puede pasar). Si el coche se ha comprado de segunda mano en la Porsche con garantia de re-estreno Porsche Approved, este asunto se soluciona. Pero, ¿nos lo cambiarian igualmente con una garantia de usado en un compraventa?

    ¿alguien tiene conocimiento de las prestaciones de estas garantias?
    Por otro lado, si el coche se compra usado a un concesionario oficial NO Porsche y con garantia, ¿en que caso estamos?
     
  2. JuanMa

    JuanMa Soloporschista

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    Buenas noches,

    a ver si algún experto nos da luz sobre el tema.

    El otro día escuchando la radio (sí, ¿Qué pasa?, escucho la radio y no música precisamente), oí que tienen que darte el mínimo de tiempo de garantía establecido por ley para cualquier desperfecto del vehículo. Que no valen milongas de pieza por desgaste o temas parecidos. Y que, como siempre, lo que manda es la ley por encima de la letra pequeña del contrato.

    Saludos.

    JuanMa.
     
  3. joaboima

    joaboima Soloporschista

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    No se porqué, pero creo que si no es Porsche Approved, a tragar!!!!!!!!
     
  4. DAWE

    DAWE Gran Experto Porschista

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    Por si puede interesar, adjunto modelo de contrato de Garantía de un COMPRA-VENTA.


    Saludos,
     

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  5. TITAN

    TITAN Soloporschista

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    el tema d eun compraventa es mejor rezar
     
  6. josejavier

    josejavier Gran Experto Porschista

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    Yo, en las que utilizo en los vehiculos industriales, viene un perito a ver el vehiculo, y hace un parte del mismo. TODO lo que no sean desgastes y/o mal uso o falta de mantenimiento lo tienen que pagar. Está claro que un rodamiento de rueda o un embrague no lo pagan, has comprado un vehiculo que ya ha rodado y tiene ciertos desgastes, en muchos casos de más de 100000 km... Pero un motor roto como es el caso de Porsche, no tiene por qué haber problemas. Eso sí, hay que cerciorarse de que la garantía que te ofrecen es certificada (hay infinidad de ellas...)
     
  7. Vig

    Vig Usuario ++

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    Pues no se que decir, la garantía que da Porsche "tambien" tiene letra pequeña, o al menos cosas incomprensibles.
    Os recuerdo mi caso.
    PCM nuevo instalado, se avería al año, me instalan otro "en garantía" y me dicen que "recuerda que te queda solo un año de garantía y no dos".
    Según me explican, la garantía cuenta desde que se compra el primer equipo.
    Así que, si hoy pongo un PCM nuevo y mañana cumple la garantía del primero que me instalaron, pasado mañana no tengo garantía aunque le PCM tenga solo un día.
    Incomprensible.
     
  8. Jorge

    Jorge Soloporschista

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    El tema de los compraventas es como todo, yo he comprado el 964 en un compra venta que lleva en la zona desde hace 25 años, y que ma da una gran "garantía psicológica", probablemente podría habe comprado el coche más barato en otro sitio, pero......:[question]
     
  9. Usuario archivado 06

    Usuario archivado 06 Senior +

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    No estoy deacuerdo.
    Por que si te lo ponen otro y te dan factura, en la parte de abajo pone :

    Esta reparación está garantizada por un año.

    A parte de que si te montan un PCN nuevo, este tiene 2 años de garantia por ley.
     
  10. Porsa Dani

    Porsa Dani Soloporschista

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    En transacciones de compra-venta de vehículos la ley obliga a dar un año de garantía. Las cláusulas de cada garantía varían según la marca...y según lo que pagues por ella. Es como el seguro. No es lo mismo por cobertura, la garantía Mercedes Jahreswagen ésa o como se llame, que la que puedes contratar con compañías tipo mapfre o HDI por ejemplo...

    En cualquier caso, las piezas de desgaste NO están cubiertas por ninguna garantía. Ni de Porsche, ni de ninguna otra marca.....ni de ningún otro artículo...siempre y cuando se trate de un desgaste normal y no provocado por alguna deficiencia previa.

    Si alguien no oficial te monta algo, la garantía la da quién lo monta, no Porsche, a no ser que la pieza misma esté defectuosa. Pero por la misma regla de tres, puede que quién lo haya montado lo haya hecho mal...que eso también ocurre...y trate de decir que está defectuoso...es la pescadilla que se muerde la cola.
     
  11. mac911

    mac911 Usuario +

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    El problema ya no es solamente el clausulado de la garantía, que variará de un sitio a otro, sino la respuesta que puedes esperar cuando tienes un problema gordo. Me refiero a que si la cosa es importante, aunque esté claro que la garantía lo cubre, más de una vez conocidos me han contado que tuvieron que hacer intervenir a terceros (abogados, por ejemplo) para que el contrato se respetase.

    Y es que un contrato solamente es efectivo si las partes quieren cumplirlo. Si una parte no hace honor a su compromiso, solamente nos quedaría someter el conflicto a un juez (o a un árbitro, en caso de que se hubiese pactado el arbitraje en sustitución de juzgados y tribunales), lo cual NO es una buena solución.

    Si iniciamos un "post" con las historias para no dormir relacionadas con la Justicia, vamos a alucinar.

    Definitivamente, el problema es si vas a poder ejecutar la garantía fácilmente o vas a tener que meter un pleito para hacerla cumplir.

    De todo hay en el mundo, pero me temo que es más fácil que un concesionario oficial respete una garantía, aunque es injusto generalizar. Porque de compra-ventas hay de todos los niveles, calidades y ética. Supongo que como más teman por las consecuencias de un conflicto, sea quien sea, más fácil será conseguir que hagan honor a sus compromisos contractuales derivados de una garantía.

    Saludos
     
  12. Cesar986

    Cesar986 Usuario ++

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    Hola. En septiembre compré un boxter en un compraventa y me dieron una garantia del grupo Red Europea de Garantia de Vehiculos.
    Es un contrato de garantia de un año pero con una clausula muy curiosa que te enteras cuando llamas por telefono para activar la garantia, que ellos entienden que te cubre esa garantia si haces un mantenimiento adecuado del coche y ellos entienden por adecuado 10000 km o 6 meses, aunque te falte un año para pasar la revision si no pasas una con sus condiciones supongo que te negaran la garantia si pasa algo.
    Hay varios tipos de contrato en el panfleto que me dieron. Plata oro y platino y pasa de 900 euros de limite maximo por reclamacion a que el maximo reclamable sea el valor venal del vehiculo. Pero como dice Porsa Dani nada de piezas de desgaste.
     
  13. farry

    farry Senior +

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    Hoy mismo hemos ampliado la Garantía de Porsche en el Boxster S de mi señora, ya que la oficial de 2 años acaba de vencer, y pienso que por 1200€ al año duermo muy tranquilito pensando que está a salvo de cualquier incidencia., que haberlas haylas (no se si se ecribe con h in h con y o sin y, Word no traga con ninguna combinación)

    ¿que pensáis??


    Un saludo

    Jaime
     
  14. Porschaco

    Porschaco Soloporschista

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    Pero el motor es "una pieza" de desgaste, ¿no?:[question] O sea, que si te peta el motor, te pueden decir que ha sido por un uso indebido, y aunque tengas el Approved de Porsche, pueden pasar de tí, ¿no?. Me acabo de quedar perplejo. ¿Y qué no hay de desgaste en un vehículo?.:[question] Los cristales, quizá :D, ah!, ya sé: el espejo "ritriovisol".

    Ahora en serio, a elementos de desgaste se referirá a gomas, pastillas de freno, embrague, aceites, líquidos, etc. ¿no?. Porque si no es así, no le veo la gracia a comprarlo de Reestreno en la Porsche por 10.000 euros más.
     
    Última modificación: 10/5/07
  15. gerber

    gerber Senior +

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    ex-lugo ahora en Madrid
    La garantía del coche usado.


    Hay dos garantías, la legal y la comercial. La primera, que siempre existe -por ser el coche, aun usado, un bien duradero-, se deriva de la normativa y del contrato de compraventa. La garantía comercial es ofrecida voluntariamente por el vendedor. Como consecuencia de esta garantía, el vendedor responde del buen estado y de las cualidades del vehículo vendido, de modo que si presentase algún defecto, el consumidor podría recurrir contra el vendedor. Según el Código Civil, el comprador tiene seis meses para recurrir judicialmente y obtener una rebaja del precio pagado por un bien de uso duradero (en este caso, el coche), que permita compensar los defectos o repararlos a costa del vendedor.

    Ahora bien, aunque el vendedor no ofrezca garantía escrita, el consumidor tiene derecho a la reparación gratuita de los defectos originarios, sustitución del coche por otro de idénticas características, o devolución del precio pagado.

    Tres sentencias sobre defectos y averías.


    No hay mucha jurisprudencia sobre garantías de coches usados. CONSUMER ha recogido tres sentencias que tratan de defectos graves del vehículo, por lo que la resolución del contrato se basa en el Código Civil. Otra opción del usuario, dependiendo de la importancia de los defectos, es pedir una rebaja proporcional del precio con el fin de reparar el vehículo o de obtener una compensación.

    Primer caso.

    Un consumidor plantea ante los tribunales la rescisión del contrato de compraventa. Su coche fue vendido con vicios o defectos ocultos que lo hacían inservible para su uso normal. El vehículo tuvo que ser reparado a los tres días de su compra. Tras un mes, el coche era inservible, por lo que el usuario se dio de baja en el seguro. Para el juez, el escaso espacio de tiempo desde la compra y la aparición de averías, además de la cuantía de los daños cuya reparación suponía la mitad del precio total abonado por la compra, facultaba a este consumidor a resolver el contrato al amparo del Código Civil y de la Ley de Consumidores y Usuarios. La sentencia de la Audiencia de Orense del 19 de marzo de 1996 reconoce el derecho del consumidor que adquiere un vehículo de segunda mano, a obtener la devolución del precio pagado.

    Segundo caso.

    Un ciudadano compró un vehículo de segunda mano al que tuvo que reparar en primer lugar la dirección y el sistema de frenado. Pocos días después, a consecuencia de un golpe o accidente anterior a la venta, el coche presentaba nuevas averías en la culata del motor. Para el tribunal se había vendido un vehículo con defectos ocultos de tal entidad que sin una reparación adecuada su uso resultaba imposible. La Audiencia de Valladolid,el 26 de abril de 1991, reconoce el derecho del usuario -a la vista de las averías- a rescindir el contrato, añadiendo una indemnización por daños y perjuicios (gastos de transferencia, coste del seguro, servicio de grúa, reparaciones, etc).

    Tercer caso.

    La sentencia de la Audiencia de Alicante del 15 de noviembre de 1993 permite la rescisión de la venta por tener el vehículo usado un defecto grave debido a un accidente anterior. No es obstáculo que "en el contrato figurara una cláusula por la que el comprador declara haber probado el vehículo y encontrarse éste en perfectas condiciones, pues el uso del mismo permitió comprobar que ello no era así".

    Se puede comprar bien un coche usado



    Decídase por el establecimiento que le inspire la mayor confianza. Pregunte a conocidos.
    No se deje impresionar por el aspecto del vehículo. Una impecable carrocería puede esconder defectos de funcionamiento.
    Solicite llevar el vehículo elegido a que sea examinado por un mecánico de su confianza. Si no se lo consienten, no compre.
    Exija garantía por escrito. Que sea lo más amplia posible. Compare con la que ofrecen, para el modelo que piensa comprar (modelo y año de matriculación), otros establecimientos.
    Revise la documentación del coche. Asegúrese que ha pasado la ITV, y que está al corriente del Impuesto Municipal de Circulación.
    Averigüe si ha circulado como coche de auto-escuela o taxi. Si fuera así, busque coches con menos kilómetros.
    Asegúrese de que el coche no tiene una orden de embargo o multas pendientes.
    Exija que la compra, la garantía y la factura se reflejen por escrito.

    esto esta en la web

    ub saludo
     
  16. mac911

    mac911 Usuario +

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    Muy interesante, gracias gerber.

    El problema es que los compradores tuvieron que recurrir a la justicia para hacer valer sus derechos. Es decir, la garantía contractual les sirvió de poco, al menos hasta que no gastaron tiempo y dinero reclamando. Éste es el tema.

    No digo que no vayas a demandar nunca a un concesionario oficial (lo he visto en varias ocasiones, aunque no por temas de garantías) pero a nivel de posibilidades diría que es más fácil estar protegido por la "marca" que por una compañía de seguros (o un compra-venta) más o menos desconocida. El que tiene un concesionario oficial tiene mucho que perder ante la propia marca si hace las cosas mal.

    No es que yo sea un apologeta del sistema de concesionarios oficiales. No lo que no soy es un apologeta de los tribunales, visto cómo van.

    Saludos