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ALCOHOLEMIA Qué debes saber, qué debes hacer.

Tema en 'Circulación y Seguridad Vial' comenzado por JOSCHE, 12/10/07.

  1. alex74

    alex74 Usuario ++

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    Eso no es correcto, pues implica la prohibición de que recaigan duplicidad de sanciones en los casos en que se aprecia identidad del sujeto, hecho y fundamento (STC 2/1.981, de 30 de Enero). Esta interdicción abarca tanto la imposición de una duplicidad de sanciones en procedimientos sancionadores correspondientes a órdenes jurídicos diversos (penal y administrativo) como la imposibilidad de imponer una doble sanción principal en la misma clase de procedimiento (penal o administrativo), según reza la Sentencia 154/1.990, de 15 de Octubre del Tribunal Constitucional.
     
  2. edudelage

    edudelage Nuevo Usuario

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    Perdona JOSCHE te quería hacer una pregunta. ¿En caso de un accidente te puede la policía obligar a montarte en el coche patrulla y llevarte a comisaría diciendo que no tienen el alcolimetro?.
    Tienen que llevar el alcolimetro o te pueden trasladar sin ser detenido y otro pregunta más en caso de negarte al traslado y decir que traigan el alcolimetro al lugar del accidente (leve sin heridos), ¿qué consecuencias tendría?
    El resultado de la prueba dio negativo
    Saludos y muchas gracias :):)
     
  3. samugtmadrid

    samugtmadrid Soloporschista

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    Igual ya se puso pero he leido en la primera pagina que delito es mas de 0,60 o por accidente.



    Quiero puntualizar que tambien es delito la influencia, si por ejemplo rebasas un semaforo en fase roja y das positivo se da por hecho que lo que ha hecho que rebases el semaforo es el haber bebido, con lo que es delito.


    Si hablas por el movil bebido no seria delito porque no es influencia.



    De ahi que el qccidente sea delito, provocas un accidente por haber bebido, hay influencia.



    Aunq luego en la practica no sea asi, yo puedo saltarme semaforos bebido o no y darme o no cuenta, la ley estima que en este tipo de faltas al menos graves existe influencia del alcohol lonque determina el delito de la falta.



    Si ya se explico esto mis disculpas, no me leido todo el post.



    Por cierto, buena aportacion al foro este post!
     
  4. Capitan Trueno

    Capitan Trueno Soloporschista

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    llevarse a alguien detenido por este tema, sin haber causado accidente alguno, me parece un abuso más de las administraciones que nos desgobiernan. Control si, multa si toca si, pero detención?? , dormir en el calabozo? que pais.
     
  5. MARGAS

    MARGAS Senior +

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    Mi opinion salvo superior criterio del maestro Josche es el siguiente:
    No te pueden obligar a trasladarte a realizar las pruebas No estando detenido, debe ser de forma voluntaria que tu accedas a trasladarte, porque se entiende que es la admon la que debe de disponer de los medios necesarios para hacerte las pruebas en el lugar.

    Samu, conducir bajo la influencia es delito pero no por saltarse un semaforo habiendo bebido es delito.
    La influencia se fundamenta en el Parte Sintomatologico o similar que hace la patrulla que interviene.
    Tambien puede ser delito 0.45 mg/l de alcohol si hay influencia y accidente o infraccion.

    Capitán, como norma general no se queda la gente en los calabozos, se instruye el Atestado, se cita al denunciado para Juicio y se va a casa aunque si que hay casos concretos que la persona no puede ponerse en libertad.
     
  6. GTx

    GTx Usuario

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  7. ATM

    ATM Soloporschista

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    Quizás es que me estoy volviendo "mayor", o como se denomina a alguien mínimamente responsable, pero últimamente cuando salgo de tascas, (tengo 22 años), me sigo encontrando con que la educación en cuanto al consumo de alcohol en sí ha ido mejorando en cuanto a los jóvenes, pero que aún hay gente que le da por beber medio o un litro de cerveza u otras copas, y siguen conduciendo entre risas.

    La verdad es que me sorprende lo inneducados que pueden haber al volante, y no solo eso, sino que posteriormente si les ocurre algún accidente, dirán que solo son dos copas y que es el único día que habían bebido tanto.
     
  8. JOSCHE

    JOSCHE Maximum Trolling

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    Ex 955, 986(6), 996, 964, 944(3), 931, 924 (2)...
    Ya no recordaba ni haber escrito este hilo.

    El primer post tiene ya unos años, las cosas han cambiado algo desde entonces. Muchas de las situaciones descritas están en vigor, pero hay variaciones significativas.

    Edudelage, preguntaba si se puede obligar a un usuario a trasladarse a comisaría para realizar la prueba de detección alcoholíca en caso de accidente. La respuesta la ha dado Margas, y es no.

    Pero como todo, esto tiene muchos matices. Hay aquí un importante número de letrados que seguro darían diferentes puntos de vista y serían muy enriquecedores. Estas cosas siempre hay que interpretarlas como lo que son. Estamos en un foro y se escribe rápido y sin coherencia y precisión total.

    En caso de accidente, incluso de infracción, la administración debe disponer de los medios para realizar la prueba in situ, pero ocurre que, caso de accidente, por ejemplo. Puede no haber disponibilidad de etilómetro de aproximación (El pequeño) ni de precisión, entonces se puede invitar al usuario a acompañar a los agentes a la comisaría de policía o acuartelamiento. Esto es voluntario, y el usario se puede negar a desplazarse, lo que no significa que esté negándose a realizar la prueba, lo cual sería directamente un delito (Hace años la negativa no era delito) Por tanto, habría de buscarse la forma de disponer de un medio de detección de tasa alcohólica. (Solicitar a una patrulla que traiga uno o pedir colaboración a otro cuerpo policial si lo hubiere)

    Sin embargo, imaginemos que el usuario implicado en el accidente o en la infracción grave (Que afecte a la conducción) tiene síntomas evidentes de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas y existe imposibilidad de realizar la prueba in situ, entonces la cosa cambia. Se le invitaría igual a acompañar a los agentes, pero la obligación de desplazarse sería ya en calidad de investigado (El anterior concepto de imputado), si así lo decidieran los instructores, para la confección de las diligencias judiciales y la realización de la prueba, y siempre como digo con la preceptiva lectura de derechos y siempre que no se puedan practicar en el lugar del siniestro las diligencias pertinentes o las condiciones para ello no fueran adecuadas. (No olvidemos que en este caso se ha cometido un delito)

    No me extiendo demasiado, pero esto es como todo en la vida, sentido común. Se puede dar el caso de que no sea posible hacer la prueba, será raro, pero se puede dar. Si no existe sintomatología, no tendremos ningún problema, pero si conducimos bajo influencia de alcohol o drogas, la cosa cambia bastante.

    Me dejo muchas cosas, voy muy rápido que no tengo tiempo últimamente ni para escribir tres letras juntas, pero a este tema podemos contribuir todos desde muchos puntos de vista. Aquí hay abogados, hay técnicos, médicos, policías... Y sobre todo, usuarios. Podemos hacer hilos de seguridad vial muy interesantes entre todos y resolver dudas.

    Hablaremos de las pruebas de drogas también, si queréis.
     
  9. JOSCHE

    JOSCHE Maximum Trolling

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    Ex 955, 986(6), 996, 964, 944(3), 931, 924 (2)...
    A día de hoy, nadie pasa la noche en dependencias policiales salvo que la autoridad judicial disponga lo contrario o que sea extranjero, no ofrezca fianza bastante o sea persona sin domicilio conocido.

    No obstante, y esto es mi opinión particular, una persona que lleva una tasa de alcohol de 1,20mg/l por ejemplo, va conduciendo, aunque no haya producido un accidente, y se le detiene para instruirle diligencias, ha cometido un DELITO, sí un delito. Y no ha matado a nadie o lo ha dejado herido, por fruto del mero azar, y por mi, pasaría la noche y alguna más, en una cárcel directamente.

    Lo que no es serio es que haya personas acumulando denuncia tras denuncia, detención tras detención, juicio rápido tras juicio rápido, permiso retirado cinco veces y siga conduciendo sin que pase absolutamente nada más que otra multa y otra retirada de carné.

    Luego, si matan a alguien, nos llevamos todos las manos a la cabeza.

    Es como si preparo una bomba pero explota sin matar a nadie ni romper nada porque se me ha detonado en un descampado, pues entonces ¿Qué propones? ¿Una multa?

    Igual querías expresar otra idea y yo te he comprendido mal. Si es así, te pido disculpas. Pero creo que en España, el alcohol al volante se tolera demasiado y aunque los delitos en infracciones por alcoholemia han bajado muchísimo, aún se siguen detectando demasiados conductores ébrios.
     
  10. arizon

    arizon Senior +

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    Pues yo recordaba haberlo leído hacia tiempo, y hoy gracias al reflote me he releído parte.

    Solo puedo decir, gracias, es un placer tenerte por aquí.
     
  11. berki

    berki Antiradar expert

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    Es interesante este tema que planteas, porque aquí la gente discrepa y una vez que se le ha otorgado el rol de investigado y por tanto le amparan todos los derechos del detenido, en mi opinión no tiene obligación de soplar hasta que su abogado estuviera presente, y pueden pasar hasta tres horas....

    Si bien un acta de síntomas y las declaraciones de los policías pueden servir y sirven de prueba de cargo para condenar por conducir bajo la influencia de bebidas alcoholícas, no es menos cierto que también es posible que ambas contegan fisuras y por el aforismo "indubio pro reo" se absuelva al individuo. Por contra una prueba de etilómetro con sus verificaciones en vigor es muy complicado tumbarla.

    tenemos para hablar días y días con estos temas.
     
  12. pakemesigan

    pakemesigan Usuario ++

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    Siempre acompañado de él acta de sintomalogia y de dicho tiket,pero y si no hay ni tiket ni acta?


    Enviado desde mi iPhone con Tapatalk
     
  13. samugtmadrid

    samugtmadrid Soloporschista

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    Pues no te ofendas pero si por mi fuera ponia delito a todo el que de mas de 0,25, a todo.



    La tasa varia mucho dependiendo de la persona, del peso.....



    Yo lo tengo claro.


    Demasiados inocentes muertos por desgraciados que beben al volante.
     
  14. samugtmadrid

    samugtmadrid Soloporschista

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    Ok se salta el semaforo y tiene sintomas, eso es.



    Pero vams ya te digo q el q se lo salta y da positivo va detenido el 100 por cien de los casos.
     
  15. porsche 996 4

    porsche 996 4 Senior

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    Lo mejor solución si bebes no cojas vehículo. Un saludo.