Nuestros Espónsors

Radar de la Policia Local de Granada

Tema en 'Circulación y Seguridad Vial' comenzado por kinby, 2/4/13.

  1. PabloReef

    PabloReef C.P.G

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  2. quiquedb

    quiquedb Soloporschista

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    Ayer atracaron a mi vecina cuando estaba esperando a su hija que venia en la ruta del colegio, ella estaba esperándola aparcada en su coche con todo cerrado y bueno, el miedo es libre, yo hubiera arrancado y listo, claro que si lo pasas por encima la denuncia por intento de homicidio que te cae es del siete, pero claro, la justicia de este país esta asi y tenemos que "jodernos"... Yo creo que no, que es hora de protestar, de movilizarse y de pedir mas libertad, porque a este paso nos van a decir cuando nos toca hacer el amor con nuestras mujeres, amantes, etc... (alguno saldría beneficiado seguro:[angel])

    Si la policía estuviera donde tienen que estar, muchas veces estos atracos se evitarían y si la justicia actuara como Dios manda, también, un poco de mano dura no vendría nada mal con la delincuencia.

    Eso si, la Guardia Civil, Policia Municipal, están para lo que están... me callo porque reviento!!!!!!!!!!! en fin, que desastre...

    Yo no veo ningún impedimento en que un ciudadano haciendo uso de su libertad grabe esta situación. Estare equivocado, pero lo veo normal. Hoy en dia en nuestro país estamos de un ñoño que no es aguantable.

    Hala, a seguir con mil ojos en los arcenes, cunetas, puentes, desvíos, etc... para que si vas a 2 km/h mas que el limite no te claven una multa... Lo importante es la seguridad, nuestra seguridad... a este paso ni coches, ni motos, ni bicicletas ni caballos ni burros... bueno, estos seguro que seguirán existiendo a mirriadas!!!!!!!!!!
     
  3. Carlos

    Carlos Administrador Miembro del Equipo

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    Les han sacado los colores a la policia de granada y ahora se quieren vengar...


    lo mejor de todo es esto:

    No se si reir o llorar, que unos responsables de nuestra seguridad y la de nuestras familias puedan decir algo asi y quedarse tan panchos... si no existe peligro para nadie aparcar ahi ¿porque existe una isleta pintada con señalizacion horizontal y no es una plaza de aparcamiento?

    si uno aparca ahí le cae una multa en dos minutos, ¿porque si no existe peligro para nadie?...

    pues PORQUE UN COCHE APARCADO AHI RESTA VISIBLIDIDAD A LOS QUE SE INCORPORAN A LA VIA POR ESA CALLE!!!!!!!!!!! Por eso existen las isletas!! :cabezazo::cabezazo::cabezazo: y lo de que pueden aparcar y que no existe peligro para nadie lo dice la propia POLICIA que luego te multa si tu aparcas ahi! :[blah]

    Increíble este pais...
     
  4. cesarsim

    cesarsim Soloporschista

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    Está claro: la ley de tráfico y seguridad vial no va con ellos, la cumplen si les va bien. Le van a dar collejas hasta que cansen, porque se atreve a interpelarles. Tienen un cutis sensible, para lo que les conviene. Para otras cosas, de papel de lija basta.

    Confieso que últimamente, les voy cogiendo un poco de miedo.
     
  5. roupafeita

    roupafeita Usuario ++

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    :diablo:Cada dia que pasa nos vamos pareciendo mas a latinoamerica, de no ser por el clima hay momentos donde nos podemos confundir.:White Frowning Face:
     
  6. ghekko

    ghekko Usuario ++

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    Pero de que nos extrañamos !!

    La mayoría de los radares camuflados en vehículos se colocan en los arcenes de las carreteras donde está prohibido aparcar o parar (salvo emergencia), en cunetas con medio coche en la calzada y otro medio en el campo, detrás de los puentes en las autopistas tapándose con los matorrales como si esto fuese Vietnam... y casi siempre con el agente de turno fumándose un cigarrito o hablando por el móvil... quiero saber yo que pasa si te pilla la guardia civil en el arcén de la carretera parado y hablando y fumando tan ricamente...

    Y ya lo máximo que he llegado a ver es el coche en la cuneta, con los triángulos de emergencia, los warnings encendidos y el capó del coche abierto como si tuviera una avería... eso es ser creativo coño, si es que les deberíamos dar un premio !:Rolling On The Floor Laughing::Rolling On The Floor Laughing::Rolling On The Floor Laughing:

    Pero claro, eso no es peligroso para la seguridad vial si el que lo hace es un coche de la policía...
     
  7. Porschis

    Porschis Soloporschista

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    Aquí le critican el personal
    [ame="http://www.youtube.com/watch?v=2oKLsXEzg4Q"]Vuelta en el hotel - YouTube[/ame]
     
  8. porsche9once

    porsche9once Soloporschista

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    Este párrafo es del club de la comedia

    El portavoz de la Policía Local ha calificado la difusión de la grabación como un hecho "inadmisible", ya que asegura que los agentes se encontraban trabajando "en beneficio de todos los ciudadanos, evitando accidentes y a petición de los vecinos de la zona". Al parecer, no es la primera vez que varios vecinos se quejan a la Policía Local de la velocidad a la que circulan muchos vehículos por la zona.
     
  9. Carlos

    Carlos Administrador Miembro del Equipo

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    Esa es la excusa que se sacan del bolsillo siempre, igual que los políticos corruptos (perdonar la redundancia juntando político y corrupto) se enteran de todo siempre por la prensa :rolleyes:
     
  10. AMR928

    AMR928 Soloporschista veterano

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    amenaza




    A mi me amenazaron en un macdonalds de barcelona por sacarme una foto en el interior del local, pero no la policía, sino un empleado. la gente está muy desquiciada. por cierto, en el paseo de los curas de málaga a veces se pone también un coche radar camuflado encima del seto divisorio de carriles. no se si es legal que te sancionen mientras ellos cometen una infracción. saludos.
     
  11. davquel

    davquel Senior

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    Vamos a ver. Pienso que hay que saber diferenciar.
    A pesar que opino que el señor del mobil se equivoca por la forma de actuar, hay que reconocer que por lo que se ve en el video, el agente municipal actua de forma mas o menos "correcta".
    Si esta misma situación se produce en Barcelona con los mossos, os aseguro que no acaba igual... y mejor me callo que estoy más guapo.
     
  12. AMR928

    AMR928 Soloporschista veterano

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    Mmm

    Por las noticias que proliferan en todos los medios de comunicación, los mossos tienen mala fama. si esa fala fama es cierta, ¿a que se deberá?, ¿les obligan a actuar así?, ¿en la academia los instruye el sargento de la chaqueta metálica?. ojo, si es que es cierta esa mala fama. yo nunca he tenido queja de ellos. saludos.:hmm:
     
  13. freefly

    freefly Senior

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    En mi ciudad las veces que algún listo ha grabado la actuación de la policia local, ha acabado con el móvil estrellado en la acera y un par de collejas.
     
  14. angel986S

    angel986S Soloporschista

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    movil?

    Vamos a ver : en el momento que uno esta en la via publica no puede ser grabado y fotografiado?

    Que se lo digan a los famosos.....¿ no?

    lo de que " te cojo el movil " suena a patio de colegio o a tiempos afortunadamente pasados ( al menos, esol creia yo)

    Un movil es un propiedad privada y como tal no se puede coger.

    Verguenza, eso es lo que es.....

    asi que : mas formacion para estos locales y menos chuleria
     
  15. angel986S

    angel986S Soloporschista

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    pues no

    mucha chuleria, mucha. Y mucha prepotencia, es como si a un periodista le quitan la camara por grabar algo inadecuado en la via publica.

    No comparto eso . Mi movil es mio y grabo lo que me da la gana en la via publicam, asi de claro

    Algun abogado por aqui para argumentar esto?

    gracias
     
  16. angel986S

    angel986S Soloporschista

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    grabar en la via publica

    aqui esta la respuesta:

    http://www.camaras-espias.com/content/38-legalidad-grabaciones-via-publica

    otros articulos de policias ( casos vividos)

    http://www.foropolicia.es/foros/se-puede-grabar-a-una-persona-en-la-calle-t78785.html

    por lo que estoy viendo si te pueden quitar el movil, curioso, pero no romperlo : solo depositarlo en comisaria y borrar la grabacion. Curioso

    mas de lo mismo:

    Grabar en la vía pública "sin intención" es libre en España.
    El problema es grabar a un particular: eso es violación del derecho a la intimidad Tampoco puedes grabar a la policía sin su previo conocimiento y autorización. También es delito

    (Esto es lo que he encontrado en internet....Alguien sabe mas del tema?

    gracias
     
    Última modificación: 10/4/13
  17. cesarsim

    cesarsim Soloporschista

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    Pues no es así, Angel. Parece que hay hasta jurisprudencia que contrapone el derecho a la información y el derecho a la intimidad y eso. Lo leí por encima en forocoches, a ver si lo encuentro....
     
  18. cesarsim

    cesarsim Soloporschista

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    Te pego unos ladrillazos, sorry...:



    http://www.foromontefrio.com/index.php?topic=719.0

    La STC 127/2.003, de 30 de junio, y demás que se han pronunciado al respecto, vienen a determinar que existe prevalencia del derecho de información frente al derecho a la propia imagen.

    El derecho a la información consagrado por el Art. 20CE no se limita a los profesionales de la información, sino que es un derecho reconocido a TODOS LOS CIUDADANOS.


    (...) Lo cierto es que ninguna ley ( LECiv art. 299, LRJS art. 90, C.P. art. 26, LRJPAC art. 45, LOPJ…), impide el uso de medios tecnológicos como medio de prueba, por lo cual el ciudadano en aras de acreditar la realidad de los hechos, puede aportar como prueba realmente objetiva las imágenes (ya sea por el propio sujeto que ha sufrido la denuncia o por tercero que haya grabado la actuación policial y que la incorpore o facilite mediante su difusión para que pueda ser utilizado como medio de prueba y de defensa) tomadas en atención a la actuación de los FCSE, siendo esta prueba eficaz que dotará de objetividad a la actuación policial, ya que de otro modo, y al ser estas actuaciones donde no existe un ser omnipresente que verifique dicha actuación, (ya que en la mayoría de casos la práctica jurídica de los tribunales deja prácticamente sin valor la aportación de testigos que desarman la denuncia o critican la actuación policial), vulneraría el derecho de defensa.

    El fin legítimo que persigue el ciudadano con la grabación de la actuación policial es garantizar que dicha actuación cumple con todas las garantías constitucionales y legales, sobre la actuación administrativa (uniéndose identificación del funcionario que ha realizado la actuación, lo cual son actos de relevancia para la defensa jurídica del ciudadano), y en caso contrario que la misma sirva de medio de prueba para que un juez entre a valorar la propia actuación administrativa, escalando este medio de prueba como el ideal (que no el único) para desvirtuar el principio de veracidad, ya que de otra manera la presunción de veracidad se colmaría como un privilegio injustificado de la Administración.


    (...) sentencia del Juzgado de Instrucción nº 2 de Segovia de 15 de Octubre de 2012 o la muy brillante del Juzgado de Instrucción Nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria, de 21 de julio de 2011.

    (...) de no permitirse que el ciudadano utilice este medio supervisor de la actuación policial, se encumbraría a las FCSE por encima de Jueces o Políticos, a los cuales o se les graba a diario en sala o se les graba en sus plenos.






    Extralimitación de los supuestos contemplados en el art. 19.2 L.O. 1/1992

    STSJ Navarra 14-09-1999 Rec núm. 1664/1996. Id Cendoj 31201330011999100435

    (...) queda sin explicar por qué se procedió a tal cacheo ni si concurrían o no las tasadas circunstancias en que la propia Ley en su art. 19.2 lo autoriza: "descubrimiento y detención de los partícipes en un hecho delictivo causante de grave alarma social...". Nuevamente, ello autoriza a pensar que no se investigaba ningún hecho delictivo o, lo que es lo mismo, que no concurrían al efectuarse el registro estas circunstancias que legalmente lo autorizan.

    (...) la referida doctrina jurisprudencial es aplicable en esencia al procedimiento administrativo sancionador es extremo que ambas partes admiten al admitir que son aplicable a éste en principios generales del Derecho penal sustantivo y procesal, máxime cuando se trata de vulneraciones que afectan a derechos fundamentales, como el de la intimidad de las personas (art. 18 CE [RCL 1978\2836 y ApNDL 2875]) y cuando el bien jurídico protegido es de menor relevancia en el ámbito administrativo que es el penal, por lo que si las consecuencias de tal doctrina se aplican en éste con más razón se ha de aplicar en aquél.


    Identificación y registro arbitrario

    TSJ Andalucía (Sev) , S 12-01-2000, rec. 1559/1997, Id Cendoj 41091330042000101513

    (...) los Agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir, en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuese necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente Ley, y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad". Y en el supuesto ahora enjuiciado se ha ido más allá de lo dispuesto en referido precepto

    falta de proporcionalidad entre el servicio de patrulla rural que efectuaba la pareja de la Guardia Civil denunciante (según el oficio dando cuenta de la denuncia al Capitán de la Compañía), y el "registro" que se hizo a las pertenencias recurrente, sin aparente causa que lo justificase




    Cacheo sin previos indicios de infracción, al margen de control preventivo establecido

    TSJ Cast-La Mancha , sec. 2ª , S 02-11-1999 rec. 995/1997. Id Cendoj 02003330021999100533

    La jurisprudencia de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, a partir de la sentada por el Tribunal Constitucional en relación con distintas medidas policiales de averiguación que suponen una inmovilización momentánea de las personas (por ejemplo, pruebas de detección alcohólica o identificaciones) ha sentado la doctrina de que este tipo de actuaciones no requieren de la adopción de las garantías a que se refiere el artículo 17 de la Constitución Española, no constituyendo verdaderas detenciones en sentido propio ( así sentencias de 15 de abril de 1993, 4 de febrero de 1994 u 11 de noviembre de 1997). Ahora bien, ello no obsta para que, en tanto que sí suponen una cierta agresión, aun momentáneas y leve, a la libertad de movimientos, y desde luego a la intimidad personal (piénsese que en el caso de autos se llegaron a registrar las carteras de los ocupantes del vehículo) sea preciso, según esa misma jurisprudencia, valorar con justeza la proporcionalidad de la medida en relación con los indicios de infracción que se posean.

    la contenida en el artículo 19.2 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, que exige, para la autorizar un control superficial de los efectos personales puramente preventivo, que el control preventivo esté establecido para el descubrimiento y detención de los partícipes en un hecho delictivo causante de grave alarma social, lo que no es el caso. Así pues, no nos hallamos en el marco de un control puramente preventivo que justifique el cacheo de acuerdo con la normativa mencionada, sino ante una medida de intervención personal no puramente preventiva, sino indagatoria, ante la existencia de indicios concretos de posible delito o infracción, y desde este punto de vista ha de ser analizada precisamente.



    TSJ Valencia , sec. 3ª , S 21-03-2001 rec. 2610/1997. Id Cendoj 46250330032001100547


    el control de los documentos y objetos que un ciudadano lleve en su cartera de objetos personales supone una actuación ajena a la órbita de potestades públicas que el ordenamiento jurídico, y a los efectos de la protección de la seguridad ciudadana, concede a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado.


    ............

    Podría ponerte más, a ver si alguien encuentra una en la que un ciudadano que estaba tranquilamente en la calle se negó a identificarse, y un policía lo detuvo, y se condenó al policía.


    Con independencia de lo que digan los Jueces, me inquieta el hecho de que haya personas que puedan estar a favor de que un sujeto, por el mero hecho de haber aprobado una oposición a policía, tenga derecho a privarte de libertad. De verdad que es preocupante la mentalidad de algunas personas hoy día, da miedo.


    Esta última está más en relación con la inveterada costumbre de cualquier uniformado de registrarte a ti y al coche porque sí. Esto viene de aquí:

    http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=3199878&highlight=radar+granada&page=10
     
  19. angel986S

    angel986S Soloporschista

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    una alegria

    Pues me alegro de que finalmente se pueda grabar en la via publica.

    Un saludo