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Conductor Extranjero Y Puntos

Tema en 'Circulación y Seguridad Vial' comenzado por loloviz, 18/12/07.

  1. loloviz

    loloviz Soloporschista

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    Tengo entendido que si el conductor de un vehículo que comete una infracción merecedora de pérdida de puntos es un extranjero (comunitario o no), los puntos no se le quitan. Vamos, que para que te quiten puntos debes ser poseedor de un carnet de conducir español.

    Y las sanciones económicas a un extranjero, ¿se le persiguen?. Pensando que no tenga cuentas corrientes en España.

    Lo que estoy pensando es un caso que consiste en que el conductor del vehículo era un extranjero, inglés por más señas; comete una infracción merecedora de pérdida de puntos (exceso de velocidad), pero no le paran; al titular del coche le llega la multa con pérdida de puntos; y que su defensa sea identificar a ese extranjero, que si sale como presumo, no tendrá consecuencias ninguna (ni le quitarán puntos ni le embargarán cuentas o similares).

    ¿Podéis confirmarme que es así?.

    :[amen]
     
  2. JULIO BORJA

    JULIO BORJA Usuario ++

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    Efectivamente, lo que ocurre es que si comete una "delito" es decir, se tipifica como una via penal, si lo pueden llevar al "hotel rejas"; pero nada más.

    En España no pasa como en el caso de Francia por ejemplo; en Francia te quitan unos puntos "teóricos" para CIRCULAR POR FRANCIA, pero no te quitan nada; en España no te quitan puntos de ningún tipo a un extranjero y te dejan seguir circulando.

    Caso de Hamilton hace unos días; solo le han quitado puntos PARA CIRCULAR POR FRANCIA.

    Esa es la diferencia.

    Salu2
     
  3. Usuario Archivado 01

    Usuario Archivado 01 Usuario archivado

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    Hola!
    Yo soy Portugués pero trabajo en una empresa Española.
    Por las experiencias que tengo pasado yo y algunos amigos te puedo comentar.
    Si estamos hablando de un extranjero residente en España, este tiene que tener una tarjeta de extranjero para estar legal. Al final de 6 meses en España el extranjero tiene que cambiar el carnet de su país por la Española. En este caso cuentan los puntos.

    Cuando es un extranjero que le pega una foto de radar hay varias situaciones.
    1 – Lo paran y tiene que pagar la multa en el momento. Y va a depender si esta en España hace mas de 6 meses o no.

    2 -o entonces le salta la foto y no lo paran. En este caso la multa va para el propietario del coche. Si el propietario del coche (también extranjero) no reside en España no va a pasar nada. La multa no es enviada a fuera de España. Pero si el coche es Español entonces tenemos problemas. El primer problema es la identificación del conductor por parte del propietario. Se supone que el coche Español no puede ser conducido por un extranjero no residente. Esta claro que puede ser una forma de no sacar puntos. Si el carnet del conductor no es Española no se le puede sacar puntos. Pero el problema es la legalidad del conductor poder o no conducir el coche, resultando una multa más grave (esto no lo sé).

    Espero que te tenga ayudado

    Un saludo
     
  4. BelMa

    BelMa Administrador Miembro del Equipo

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    Algunos conceptos útiles:

    1).- Nunca se pueden quitar puntos al propietario de un vehiculo como tal: los puntos sólo se quitan al conductor, y si éste no se llega a identificar por cualquier circuntancia, el expediente sancionador (multa y puntos) queda archivado, aunque en ese caso el propietario puede ser sancionado -y casi siempre lo es- económicamente por la no identificación.

    2).- Identificar a un no residente (este concepto es más adecuado aquí que el de "extranjero") es perfectamente posible, si bien tengo entendido que frecuentemente Tráfico exige que se acredite de algún modo que el sujeto en cuestión estaba en España cuando se cometió la infracción.

    3).- Se puede perfectamente conducir un vehículo con matrícula extranjera: yo lo hago en ocasiones con el coche de un familiar, y he investigado si hay alguna restricción en ese sentido: no la hay, es perfectamente legal.

    4).- Ahora ya no es necesario canjear el carné de conducir al adquirir nueva residencia en cualquier Estado de la UE: el carné original vale en toda la Unión.

    Saludos.
     
  5. 993S

    993S Soloporschista

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    jolines Maseto!! estas puesto en el tema!:[applause]:[applause]
     
  6. esteban911

    esteban911 Senior +

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    Una pregunta respecto a este punto:

    1) - No existe ningun supuesto en el que tengas derecho a no identificar a la persona que conducía? Digamos por ejemplo en caso que un familiar directo hubiese cometido una infracción grave, penable... Podría el propietario "proteger" al familiar (hijos, hermanos, padres, esposa)?

    Sería sancionable para el propietario?

    Graicas y saludos
     
  7. BelMa

    BelMa Administrador Miembro del Equipo

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    Si el titular es una empresa, hay una sentencia del Supremo que dice claramente que ésta debe tener siempre y en todo caso control efectivo en todo momento sobre cuál de sus empleados se encuentra al volante en un momento dado.

    Si el titular es un particular, y no habiendo -que yo sepa- jurisprudencia al respecto, el tema es más complicado, puesto que es dificil que esas exigencias de control y supervisión le sean exigibles a una persona física en su ámbito familiar.

    En cualquier caso, Tráfico aplicará la sanción por no identificar, que es de 301 a 1.500 Euros, siendo el criterio habitual el de imponer el doble de la sanción original, con esos mínimos y máximos.

    Criterio que, por cierto, es maninifestamente contrario al principio de proporcionalidad del derecho administrativo sancionador...pero eso ya es otra historia.

    Saludos.