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Impuestos Matriculacion Historico importado USA

Tema en 'Clásicos' comenzado por jotajota, 15/12/09.

  1. jotajota

    jotajota Usuario ++

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    Buenos dias,
    Igual el tema es recurrente pero he estado mirando con el buscador y no me aclaro del todo, el caso es que estoy en la recta final de matriculacion historica de un 911 venido de USA, el coche paso aduana, industria ya ha revisado y a resuelto favorable, la itv ya se ha pasado hace un par de semanas y ya solo faltan 4 fotos y ir a matricular a trafico.
    Alguien sabe con exactitud que impuesto de matriculacion hay que pagar si es un 4%, si esta exento o si hay que pagar iva.
    Que valor hay que usar para los calculos?, valos declarado en aduana o????, el coche lo he restaurado todo y ahora es evidente que vale mas que cuando llego y me sorprende que trafico me pidan 4 fotos del coche, ahora que reluce igual me dicen que el valor es muy alto.
    Por si es importante el tramite lo estoy haciendo en Barcelona.

    Gracias
     
  2. rpmolina

    rpmolina Soloporschista

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    Vamos a aclararnos.

    En primer lugar, lo de las fotos que pide Tráfico, no tiene nada que ver con el estado del coche ni con su fiscalidad (Impuesto de Matriculación), estate tranquilo que ellos no se van a chivar a la Agencia Tributaria :Thumb:

    Me sorprende la falta de cultura fiscal que tenemos en este país empezando por los propios funcionarios de la agencia tributaria :eek:

    Los automoviles, al igual que los inmuebles, debido a determinados abusos recurrentes por parte de los "profesionales" y de los "listos" de este pais a partir de un momento dado comenzaron a recibir un tratamiento fiscal "especial" por parte de la Agencia Tributaria, que en determinadas circunstancias en vez de aceptar las bases de cotización documentadas, es decir las que aparecen en los documentos legales de la operación, se presupone el fraude (en vez de la presunción de inocencia :eek: pero esta es una historia que deberá ser tratada en otra ocasión) y se impone su criterio de tasación, que en el caso de los automoviles, además estan recogidos en unas famosas tablas.
    AFORTUNADAMENTE ESTAS TABLAS SOLO ABARCAN HASTA FINALES DE LOS 80 :[yahoo]
    Es decir que salvo algun caso muy extraño donde requieran la intervención de un perito o algo así, dificilmente impugnaran la liquidación que les presentemos ;)

    La liquidación por tanto, correspondiente a un automovil histórico importado que no aparece en las tablas, será la siguiente:

    Inicialmente el valor del automovil, será el que aparece declarado en la documentación de importación (DUA), es decir el coste de compra declarado en el pais origen (contrato de compraventa), trasladado a euros con una ligera corrección (se supone que por el coste del transporte:[question]) + el 10% de Arancel nos arroja la PRIMERA BASE IMPONIBLE, sobre la que se aplicará el IVA del 16%, todo esto lo liquida (y nos lo cobra :() el agente de aduanas en el momento de la entrada en el pais, es decir que como artículo ya está debidamente fiscalizado con su correspondiente IVA y no pueden exigirnos ningun impuesto más :[amen]

    :eek:a mi en tráfico insitieron en pedirme, además, la transmisión patrimonial, pero esto es un burrada (doble imposición) debida a la incopetencia e ignorancia de la funcionaria de turno que se resolvió en el momento con la intervención de la Directora Provincial:eek:

    Ahora, otra cosa es que además queremos circular con él, y para eso hay que matricularlo y entoces la Agencia Tributaria nos pide el Impuesto de Matriculación (Impuesto Especial Sobre Determinados Medios de Transporte) el 12% (por ser antiguo, en vez del 14,95% que debería tributar por emitir un monton de CO2) que se aplicará sobre la PRIMERA BASE IMPONIBLE.

    ;) No obstante, podemos presentar la liquidación sobre la base imponible que queramos, porque el automovil no está en las tablas y no nos piden el documento DUA, en mi caso la funcionaria se equivocó y puso una BASE IMPONIBLE REDUCIDA que aunque no correspondía, coló, si nadie lo revisa y no cruzan la liquidación con la documentación de aduanas (DUA) me habrá salido de risa, pero lo más probable es que lo revisen, me reclamen y además me sancionen :[blah].

    Y finalmente está el tema de la leyenda de que la importación de Coches Históricos, está exenta de arancel y tributa con IVA reducido del 7% (por ser considerados como determinados artículos de colección), pero como la Resolución de Catalogacion Histórica se consigue muuuucho despues de el trámite de importación, lo que hay que hacer es reclamar posteriormente, impugnando la liquidación del DUA y si lo conseguimos obtenemos una PRIMERA BASE IMPONIBLE totalmente distinta sobre la que aplicar el IVA (ahora de sólo el 7%) y el impuesto de matriculación (este sigue siendo el 12%), con lo que además tendríamos que impugnar igualmente la liquidación del impuesto de matriculacion y reclamar la DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS INDEBIDOS :eek:
    :[question]A que este Pais es un descojono? :Smiling Face With Open Mouth:

    No tengo muy claro si te he ayudado o te he liado más :[angel]
     
  3. jotajota

    jotajota Usuario ++

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    Joderrrrrrrrrrr!!!!! pero si esta clariiiiiisimo, cuando se lo explique al que me esta hacendo los tramites????.....Muchas gracias de momento me queda claro por lo que hay que tributar y por lo que no, lo que no se si lo tienen tan claro los de trafico, bueno ahora tengo una reunión, ya os contare.
     
  4. Fon de Portago

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    Muchas gracias por la explicación.
    Al hilo de tu exlicación planteo dos dudas:

    - ¿Cuanto tiempo se tarda en obtener la resolución de catalogación como histótico de un vehículo, depende de las CCAA ?
    - ¿Sería posible importar un vehículo que en el momento de entrar a España no sea histórico, no cumpla la normativa anticontaminación y no se pueda matricular, por ejemplo un 993 TT, para utilizarlo sólamente en circuito y con el paso del tiempo, cuando cumpla los requisitos para ser considerado clásico, matricularlo como vehículo de calle?.
    Un saludo
     
  5. Napoleon

    Napoleon Usuario ++

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  6. rpmolina

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    Que pais!, no me canso...

     
    Última modificación: 15/12/09
  7. rpmolina

    rpmolina Soloporschista

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    Buff...

    En mi caso, http://www.soloporsche.com/showthread.php?t=30911, desde Marzo hasta finales de Noviembre, seguro que se puede tardar menos y seguro que se puede tardar muuucho más.

    Respecto a la segunda cuestión he oido decir a mucha gente que es imposible, pero en mi experiencia con el trámite que he abordado integra y personalmente en toda su dimensión :D, en ningun momento se me ha impuesto plazo alguno para ningun trámite y podría ser perfectamente abordable el ejemplo que planteas :Thumb:
     
  8. mr.porsche

    mr.porsche Senior

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    no me cuentes....no me cuentes!!!!!que me querian meter para matriular un 911 del 79 un valor de "mercado" ya que no existe en tablas y no te hacen un supuesto 10% ni del valor declarado de compra ni del precio de este vehiculo en dicho año...sino el valor de mercado mencionado......miran en internet y aparecen 911 sc de hasta 25mil €...dice : la media son unos 17mil€ ...pues a pagar el 12% de este valor.....osea haz los números!!!jajajaja no me pude reir más!!!!al final no aceptaron el precio de compra declarado y legamos a un acuerdo debido a que al pagar el imp. patrimonial transmisiones me pusieron en la junta un valor aprox en cilindrada(aunque mas caballos y mas moderno del 10% desu valor....y ahi si quedé conforme.
    si tienes dos o 3 mañanas libres,hazlo tú mismo...yo me he ahorrado respecto a lo que me queria cobrar una gestoria mas de 550-600€.
    suerte.
     
  9. Eolo

    Eolo Usuario +

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    Si el coche necesitaba restauración, lo ideal es que en la factura o contrato de compraventa se mencione (y si no la necesita también).
    Art.46.Base imponible.
    En los medios de transporte usados por su valor de mercado en la fecha de devengo del impuesto.
    Los sujetos pasivos PODRAN utilizar, para determinar el valor de mercado, las tablas....
    que estuviesen vigentes en la fecha de devengo del impuesto.

    [/U]
     
  10. Fon de Portago

    Fon de Portago Senior +

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  11. jotajota

    jotajota Usuario ++

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    Gracias a todos por los comentarios,

    En relacion al impueswto de matriculacion , la verdad es que ya me he encontrado con lios alguna vez, la ultima que lo hice, el funcionario en cuestion se enrollo mucho, pues no aparecia ningun 911S 2.4 en la tabla y como de los mas antiguos que aparecian en dicha tabla eran los 924S de 2500cc. pues le convenci que el coche era muy parecido, que "el 924S era un poco mas potente, pero que casi era igual" el caso es que cogimos el valor, con los coeficentes de reduccion que tienen los coches de las tablas, por lo que quedo un valor ridiculo. Pero ya veremos en este caso, como bien habeis dicho depende del funcionario, pues han pasado unos años, ya os contaré.