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ME HE DECIDIDO 991

Tema en '911' comenzado por Flopy, 19/8/14.

  1. iptac

    iptac Soloporschista

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    Joder, con lo de intracomunitario, por lo visto es algo mas que rellenar un papel...

    Por lo demas, gracias por tus aclaraciones roads, es tal y como me lo habian explicado en Hacienda pero viene bien aclararlo con alguien de primera mano.

    Lo dicho, un saludo y voy a darle un par de vueltas al tema...
     
  2. MIGUEL ANGEL MARTiNEZ

    MIGUEL ANGEL MARTiNEZ Soloporschista

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    +1, gracias Roads por tus clara explicación que no puede ser más explícita, yo tenía hace tiempo las mismas dudas y después de hacer varias consultas a mi gestores y hacienda está es la explicación que me dieron.

    Un Cayenne es más o menos creíble y de hecho yo lo tengo a nombre de empresa, un 911 es muy "escandaloso" ponerlo a nombre de empresa (salvo que sea patrimonial y no se desgrave el IVA), otra cosa es que la empresa lo quiera para venderlo por que se dedique a la compra-venta o al rent-car de vehículos.

    En cuanto a la exención por compra intracomunitaria como muy bien habéis citado no tiene sentido ahorrarse allí y no pagar el 19% de IVA para pagar aquí el 21%, es cierto que se deduce si el IVA lo vas a deducir por cumplir los requisitos pero no se ahorra.

    El I.M. se calcula sobre la factura de compra o el valor de tablas de hacienda al 9,75% si tiene PDK y es el carrera, y al 14,75% si no lo tiene o es un S (tanto con PDK como sin él), de esto ya se hablado en diversos foros pero no hay más que meterse en el configurador y te desglosa el i.M. creo o si pedís presupuesto en un C.O. lo veréis.

     
  3. serie

    serie Senior

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    Roads muchas gracias por la acalaración.

    Para confirmar lo que has dicho, comentaré que yo he vivido ambos casos :

    Hace unos años siendo autónomo me dí de alta como operador intracomunitario, no hubo inspección alguna, hice mis compras fuera (muchas empresas comprueban si estás dado de alta en la base de datos VIES antes de venderte sin cobrarte el iva).

    Años más tarde monté una sl y solicité de nuevo hacerme operador intracomunitario, a la semana me vino una inspección de hacienda, me pidieron que justificara la solicitud, para lo cual presenté las facturas de compras fuera de España y ventas en España para justificarlo (las que tenía de mi actividad anterior como autónomo), la inspectora no me preguntó nada más, al poco tenía el trámite listo.

    PD visto lo visto, no sale a cuenta irse a Alemania a comprarse un porsche nuevo.

    Un saludo
     
  4. Roads

    Roads Soloporschista

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    Antes no había inspecciones, pero a raíz del fraude fiscal de las truchas y salmones, Hacienda mira las entradas en el ROI y VIES prácticamente en todos los casos.
     
  5. MIGUEL ANGEL MARTiNEZ

    MIGUEL ANGEL MARTiNEZ Soloporschista

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    A ver ese 991 ya debiera estar rodando por España, ¡estamos deseosos de ver fotos y leer experiencias y consejos!.......:pompones
     
  6. Luxecars

    Luxecars Senior +

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    Eso digo yo!!!


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  7. MIGUEL ANGEL MARTiNEZ

    MIGUEL ANGEL MARTiNEZ Soloporschista

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    A ver ese 991 ya debiera estar rodando por España, ¡estamos deseosos de ver fotos y leer experiencias y consejos!......., ¡cuéntanos algo!, ¿cómo te ha ido?, alguna fotitooooooo :[question]
     
  8. John the Revelator

    John the Revelator Usuario +

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    a ver si lo han tangao¡¡¡¡¡:boxed.
     
  9. 9elf

    9elf Senior

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  10. ATM

    ATM Soloporschista

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    El día 3 de Septiembre se conectó por última vez, ¿habemus troll? :hmm:

    [​IMG]
     

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    Última modificación: 8/9/14
  11. BlackDenim

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    Correcto, si te das de alta en el ROI, te vienen a ver rápidamente aunque hagas una compra de 100 euros.
     
  12. MIGUEL ANGEL MARTiNEZ

    MIGUEL ANGEL MARTiNEZ Soloporschista

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    Me hacía mucha ilusión ver ese 991, :boxed., no sé que ha podido pasar :[question], espero y deseo que esté bien, lo cierto que su ausencia es extraña, pero también lo son circunstancias de marchar en autobús a Alemania como en los 70 (no creo que sea más económica que el avión :hmm:), tomar un hotel por 38€ :hmm: para recoger un coche de 73000€ más impuestos.... :confused:.

    En cualquier caso no sé como acabará este post, pero doy las gracias a ATM puesto que he aprendido una palabra nueva "Trol", no sabía que viniese de "Trola", es un término utilizado en internet y en los foros, si alguno os ha pasado lo mismo os dejo la definición más concreta para vuestra ilustración:

    http://es.m.wikipedia.org/wiki/Trol_(Internet):[amen]

     
  13. DAVID40

    DAVID40 Senior

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    IVA

    - Deducibles al 100%: Se puede deducir el 100% de la cuota de IVA soportada en la adquisición de los siguientes vehículos:

    Vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías o de viajeros.
    Utilizados en la prestación del servicio de enseñanza de conductores o pilotos.
    Utilizados por sus fabricantes para ensayos o demostraciones.
    Utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
    Utilizados en servicios de vigilancia.
    - Parcialmente deducibles: En los demás casos en que se utilice el vehículo en su actividad económica, la Ley permite, de entrada, deducir el 50% del IVA soportado en la adquisición.No obstante:

    Podrá deducir un porcentaje mayor si se prueba una utilización empresarial superior.
    Hacienda podrá reducir el porcentaje si considera que la utilización empresarial es inferior,pero no podrá sancionar por ello.
    - Requisitos formales: Lógicamente lo primero es disponer de la factura y que cumpla con todos los requisitos formales y recoger la adquisición en la contabilidad.

    - Prueba de uso: Para deducir cualquier gasto en IVA es necesario que esté afectado directa y exclusivamente a la actividad económica, y esto significa que se use exclusivamente para su negocio.

    Si conseguimos probar que el turismo, remolque, ciclomotor o motocicleta la usamos sólo para el trabajo (los desplazamientos hacia el trabajo no cuentan) podremos deducir el 100% pero habrá que probarlo, y es muy difícil viendo los criterios restrictivos que aplica en este asunto la Dirección General de Tributos, avalado por los Tribunales de Justicia conseguir incrementar ese 50% inicial.

    Dependerá las posibilidades del tipo de actividad económica que desarrollemos, si implica la
    necesidad de un vehículo para los desplazamientos, y las pruebas que aportemos de su uso: tickets de aparcamientos, partes de trabajo, parking propio en la empresa con vigilancia 24 horas, sistemas de rastreo del vehículo…que tengamos dos vehículos, uno para uso doméstico y otro laboral no lo consideran prueba suficiente de su afectación exclusiva.

    - Gastos accesorios: El porcentaje que deduzcamos en la adquisición del vehículo también será aplicable a los gastos accesorios, como combustible, reparaciones, mantenimiento, aparcamientos, peaje…, independientemente de si lo hemos adquirido mediante compra, renting o leasing.

    Recientemente la Dirección General de Tributos ha desvinculado la deducción del IVA de la
    adquisición del vehículo de la deducción de las cuotas soportadas en el combustible, iempre que ese combustible se vaya a emplear en el ejercicio de la actividad económica y no para otros usos. Es decir, aunque nos deduzcamos el 50% del IVA del vehículo, podemos deducirnos el 100% de la gasolina.

    IRPF

    La adquisición de un vehículo será una inversión y por tanto supondrá un gasto vía amortización, pero debe cumplir unos requisitos.

    - Requisitos: Que sean necesarios para el ejercicio de la actividad y la obtención de rendimientos y que se utilicen exclusivamente en el desarrollo de la misma. Si no se utilizan exclusivamente para el negocio no será gasto deducible ni su adquisición ni los
    gastos accesorios que conllevan.

    - Excepciones: En los siguientes casos si se considera totalmente afectos a la actividad que desarrollemos, aunque también se utilicen para necesidades privadas en días u horas inhábiles:

    Vehículos mixtos usados en el transporte de mercancías.
    Vehículos utilizados en el transporte de viajeros mediante contraprestación.
    Vehículos utilizados en la enseñanza de conductores, mediante contraprestación.
    Vehículos utilizados en desplazamientos profesionales de los representantes o agentes
    comerciales.
    Vehículos destinados a ser objeto de cesión de uso con habitualidad y onerosidad.
    IMPUESTO DE SOCIEDADES

    En el Impuesto de Sociedades no se exige el requisito de la afectación exclusiva a la actividad, sólo se requiere disponer de la factura y que se registre en la contabilidad de la empresa, para que su amortización sea gasto deducible (también las cuotas en caso leasing o renting), así como los gastos accesorios.
     
  14. DAVID40

    DAVID40 Senior

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    con lo cual si se compra a través de una persona jurídica tendremos menos problemas y pocas probabilidades de una inspección además si se devenga un importe de iva que pueda absorver el iva a deducir mucho mejor, pues la agencia tributaria enseguida levanrta las orejas en cuanto le pides una devolución de iva o un iva a compensar elevado.
     
  15. Sapphire

    Sapphire F1 Competition Expert

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    ex997 S '10 - exCayenne D'11-exCayenne S'05
    Troll - Suele vincularse más a la gente que intenta sembrar discordia iniciando discusiones o temas escabrosos con el objetivo de ofender a la gente aventajándose de su anonimato en la red !

    De todas formas y volviendo al hilo - dejémosle tiempo pobrecito. Si yo volviera de Alemania tras tal paliza y con un 991 ... no se si tendría el cuerpo para poner un mensajito en el foro el primer día !
     
  16. CreativeOPC

    CreativeOPC Usuario +

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    Buenas tardes.

    He estado leyendo este post. Entonces lo mejor es comprar coche a Partcular en Alemania verdad? Así no paga IVA ? Es correcto?

    Un saludo.
     
  17. Flopy

    Flopy Nuevo Usuario

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    Hola a todos ya estoy de vuelta haber si saco tiempo y pongo unas fotos del coche .
     
  18. Flopy

    Flopy Nuevo Usuario

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    Hola perdonar por la ausencia pero he estado trabajando y no he tenido tiempo de entrar en el foro .

    Ya lo siento
     
  19. Flopy

    Flopy Nuevo Usuario

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    Foto hecha en alemania me la hizo el del concesionario .
    Haber si saco tiempo y pongo fotos en condiciones.
     

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  20. yamismo911

    yamismo911 Usuario ++

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    Precioso Flopy¡¡
    Ya sabes como somos por aquí... un poco impacientes y deseosos de más fotos¡¡ :D
    Ya de paso cuenta que tal te ha salido la gestión y tus impresiones con esa maquina.
    Un saludo y enhorabuena¡¡