Pero hasta donde yo se, el tax free depende de tu residencia fiscal, es decir, si vives en NY y pagas allí tus impuestos no tienes tax free allí, lo tendrías en España en este caso.
Si vives fuera de la UE tienes derecho al taxfree en cualquier pais de la UE porque tienen acuerdos de doble imposición en casi todo el mundo, otro tema es que en el pais de residencia te exijan que liquides el IVA de importación, por eso siempre es preferible cobrar directamente en el aeropuerto en Cash aunque te cobren comisión, y evitar que el fisco de tu residencia indague en pagos por tarjeta. Hablamos que un reloj ya "polluo" de 50k te ahorras minimo 7500 eurazos Cuando UK salga de la UE no va a quedar un reloj vivo en UK, media UE haciendo pedidos y recogiéndolos en escapadas de fin de semana.
Lo digo porqué tengo una muy buena amiga que es española pero reside en Zurich (Suiza), y la última vez que nos vimos la acompañé al aeropuerto a solicitar el retorno de IVA de varias compras que hizo. La sorpresa vino cuando el guardia civil le dijo que tenía todavía residencia fiscal en España y no nos metió en el calabozo de milagro Actualmente ya tiene residencia fiscal en Suiza y puede reclamar su tax free si no estoy equivocado.
Las personas fisicas tenemos residencia fuera de España si pasamos mas de 6 meses y 1 dia fuera, a todos los efectos. Pero es viable hacerlo antes siempre que se tramite el alta en el consulado de tu residencia en cuyo caso en el pasaporte se le pone el sello de matricula consular. En el tema Tax Free hay un cambio por el que ahora tienen que hacer un documento que va directamente a hacienda con todos los datos y en el aeropuerto se valida en una maquina sin necesidad de ir al guardia, salvo que salgo denegado y pases por la aduana. En el caso de Suiza lo que suelen hacer los mas avezados es sellarlo posteriormente en la frontera terrestre normalmente con Italia que son mas "salaos" y se evitan pasar por la aduana española y la validez legal es la misma.
Salvo que tengas el centro de intereses economicos en España, o tu mujer e hijos tambien esten en España, no se perderia l residencia fiscal solo por el hecho de trabajar fuera mas de 181 dias. Llevo muchos años de expatriado, pasando 2-3-4-5 años en Paises, trabajando para una empresa española, y solo piso España unos pocos dias al año. Sigo siendo residente fiscal en España. Espero haber podido aclarar tambien el asunto. Saludos
Según establece el art. 9.1 de la Ley del IRPF, se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias: 1) Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas, salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios considerados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en éste durante 183 días en el año natural. 2) Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando, de acuerdo con los criterios anteriores, resida habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aquél. Se trata de una presunción iuris tantum, que admite prueba en contrario. De esta forma, cualquier interesado puede aportar pruebas para excluir su condición de residente fiscal español, aun cuando su núcleo familiar lo sea. Si se dan cualquiera de estas dos circunstancias, la Agencia Tributaria no debería exigir la tributación por IRPF, pero aún así Hacienda exige un requisito adicional: que se aporte un certificado de residencia emitido por las autoridades del país de destino. La AEAT puede solicitarte que demuestres que tu residencia esta fuera con documentación relativa a contratos de trabajo, de arrendamiento de viviendas, al pago del IRPF en otro pais... cuando lo deniegan es porque no lo has podido acreditar.
VAYA, de verdad me estais diciendo que el sub lv bisel verde (hulk) que compre hace unos 5 años por 6.600 euros ahora vale 10.000 euros?
Lo pides en la tienda cuando compras, lo sellas en la aduana de la Farga de Moles y lo cobras en Credit Andorrá. :)
A raíz de la compra de un reloj para mi hijo, he analizando profundamente el mercado relojero de todos los niveles y veo realmente difícil encontrar un Hulk por los precios que dices.
Por menos de 10.000€ no lo encuentras. https://www.chrono24.es/search/inde...+Hulk&searchexplain=1&sortorder=1&watchTypes=
Si es el modelo del aniversario que solo tiene bisel verde y esfera en negro esta muy solicitado y por encima de los 10k, eso ahora que se han disparado los precios en los últimos meses