pues eso tengo un duda...no es para cometer el delito si no para saber las consecuencias y no cometerlo... suposicion...tengo carnet de moto a2 y me pillan en una 1200 con su seguro y sus cosas pero evidentemente si carnet para esa cilindrada...¿¿¿que me cuenta el amable señor guardia si me para????:[angel]
hola , yo me preocuparia mas por no tener un accidente , porque el seguro no te cubre ,dios quiera que no pase nada , podria ser tu ruina economica :rolleyes::rolleyes: p.d: sacate el otro carnet :[amen]
No cometerías un delito por que el delito sería si no tuviese ningún tipo de permiso o tuvieses el carnet retirado por puntos. Si bien una infracción administrativa creo que le denuncia 450 E. Como bien te dicen el problema gordo es en caso de accidente. Limita la moto con su debida anotación en la ficha tecnica y no te la juegues. Ah... Si un guardia te para y ve que la moto no está limitada aparte es muy posible que veas como se la lleva la grua. Un saludo
Yo creo que lo que te puede ocurrir es que realmente circulas SIN CARNET, no tienes el carnet que se precisa para ese vehiculo, sea moto, camión o lo que sea, pero vamos, mejor sácate el carnet y dejate de lios, solo son dos años....
a ver, ya se la gravedad del tema sobre todo en caso de accidente...logicamente...mi idea no es coger esa moto..tengo suficiente sentido..pero lo que no se es que tipo de sancion acarrea algo asi...multa, retirada de carnet de coche,inhabilitacion para sacar el A, retencion del vehiculo..etc...a ver normalmente, no tenemos un guardia civil en casa para saber que tipo de sancion acarrea cada cosa que hacemos...no os preocupeis que no me la pienso jugar..en un tema asi. pero aveces aparentemente no parece un tema tan grave a priori que si tienes carnet para llevar una moto de 400 cc..puedas coger en un momento dado una 600 y eso es lo que quiero saber...lo realmente grave que puede ser..
La sanción es la siguiente " Conducir un vehículo a motor o ciclomotor inclumpiendo las condiciones restrictivas o menciones especial" Rgt. General de Conductores art. 3. Importe 200 euros. Si tienes carnet pero limitado.
A mi una vez me dejaron una scoopy sh que yo creía de 125 (como la mía) y resultó ser de 150. Me paró la urbana y no me multaron, aunque claro, no era una 1200!
Yo estoy en ese caso también. Me compré una 1150 y busqué un kit de limitación específico. Aparece en la ficha técnica de la moto y así no hay ningún problema.