Hola, Tengo en mente adquirir un Taycan 4S Cross Turismo de ocasión ya que haciendo números con la empresa casi me sale gratis... entre lo que deduzco de intereses y amortización los primeros 5 años, cubre la cuota del préstamo. Total, que me he puesto a mirar costes de mantenimiento anual y no consigo ver nada, así como en las webs de seguros todas me dicen que llame. Alguien tiene datos aproximados de lo que paga de seguro (tengo 52 años, sin accidentes y buen historial) así como los costes de mantenimiento? Sé que un Jaguar iPace apenas gasta 300€ al año en el taller, pero siendo Porsche desconozco si también son "baratos" de mantener o si clavan a la más mínima aunque no haya motor de combustión. Gracias y saludos desde Barcelona!
Ojo con las deducciones que deberían ser del 50% y mas en un Porsche. No se si se puede aplicar alguna ventaja fiscal por ser eléctrico.
Hola! Puedes deducir un 16,5% del coche anualmente, lo cual queda en 6 años y poco su totalidad. Luego también puedes deducir los intereses del préstamo. En este caso, si el coche vale 75.000€, el primer año sale un "beneficio" de casi 3000€ ya que los intereses y la amortización son superiores al coste del préstamo en sí.
Entiendo que lo compras mediante financiera flexible, leasing..., o lo compras al contado? PD: saludos a Paco de hacienda
Si compras el coche con un préstamo y no tienes ningún tipo de ayuda o subvención, lo del "casi me sale gratis" está muy lejos de la realidad.
Una cosa son las amortizaciones contables y otro el % que puedes aplicar como gasto deducible, yo creo que no lo cuentas bien.
Entérate bien el tema del seguro, yo he adquirido recientemente un Turbo S y lo he pasado muy mal para conseguir asegurarlo. Tengo máxima bonificación sin accidentes y aún así ha sido muy difícil
¿Deducir o amortizar? Yo lo tengo por empresa y hago amortizaciones, y meto el 50% de iva de gasolina, y si va a taller, neumáticos etc pues es gasto, pero de ahí a decir que me sale gratis… He escuchado del corredor de seguros (primo mío), que los eléctricos no se los quieren asegurar, y el mío que es hibrido le costó bastante, con algunos NO en determinadas compañías, más por el valor del coche que por ser híbrido.
Creo que el Op se refiere a que se deduce el 50% del IVA, pero en los siguiente años, dice que el coche se ha devaluado respecto al precio de compra un 10% o lo que permita la ley, de forma que cada año si va a declarar beneficios resta el 10% del valor del coche de los impuestos a pagar de forma que en lugar de pagar digamos 50.000€ en impuestos paga 43500€, es un ahorro fiscal que puede deducirte alegando que el coche vale menos por los años, lo estudié en el MBA pero no soy fiscalista, pero a ver que dice la IA En España, al adquirir un Porsche Taycan para uso empresarial, puedes deducir el 50% del IVA soportado en la compra, siempre que el vehículo esté parcialmente afecto a la actividad económica. Esta deducción se basa en la presunción de afectación al 50% establecida por la Agencia Tributaria para vehículos que pueden tener un uso mixto, profesional y privado. Agencia Tributaria En cuanto a la amortización del vehículo, la normativa fiscal permite deducir anualmente una parte del coste del activo en función de su vida útil. Según las tablas de amortización oficiales, los elementos de transporte tienen un coeficiente de amortización lineal máximo del 16% y un período máximo de 14 años. Agencia Tributaria Esto implica que podrías amortizar el vehículo en un plazo mínimo de aproximadamente 6 años (100% / 16% = 6,25 años). Además, existe la posibilidad de aplicar una amortización acelerada para vehículos nuevos eléctricos, como el Porsche Taycan. La disposición adicional decimoctava de la Ley del Impuesto sobre Sociedades permite multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo para vehículos eléctricos nuevos adquiridos y puestos en funcionamiento entre 2023 y 2025. Agencia Tributaria Por lo tanto, podrías aplicar un coeficiente del 32% anual, reduciendo el período de amortización a aproximadamente 3 años. Es importante destacar que, para que estos beneficios fiscales sean aplicables, el vehículo debe estar afecto a la actividad económica de la empresa y se debe poder justificar su uso profesional. Además, la amortización se realiza sobre el valor de adquisición del vehículo, excluyendo el IVA deducible. En resumen, al adquirir un Porsche Taycan para la empresa, podrías deducir el 50% del IVA soportado y amortizar el valor del vehículo en un período de aproximadamente 3 años, aplicando la amortización acelerada prevista para vehículos eléctricos nuevos.
Por supuesto que no es gratis, de entrada tiene que pagar la mitad del IVA, luego todo ese dinero que hay que pagar de golpe o financiado para ese coche se podría invertir en cosas mas productivas con lo cual hay un coste de oportunidad mayor o menor en función del nivel al que se mueva, pero digo que es posible ir amortizando cosas.
Podrías poner esos números?. Me resultan curiosos Es más fácil engañar a alguien que demostrarle que le han engañado
Buenas tardes, yo soy autónomo y de profesión comercial y me puedo deducir el 100% del IVA. Sobre el seguro tengo un Panamera Diesel del 2014 y para la renovación ahora en diciembre voy a pagar 643€, tengo un todo riesgo con franquicia de 300€
Entiendo que ¿deduces el 100% del Panamera? ¿Has tenido alguna inspección alguna vez? ¿Tienes otro vehículo para uso personal? Porque el hecho de ser autónomo y comercial no es suficiente para justificar la afectación al 100% de tú actividad y menos en coches de ese tipo. Si nos puede ampliar más información, te lo agradeceremos.
¿Puedo deducirme el 100% del IVA de la compra? La ley y en diversas consultas vinculantes no hay duda sobre el 100% de deducibilidad en aquellos vehículos que se utilizan en las siguientes actividades: a) Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías y mensajería (furgonetas, camiones). b) Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación (taxis, VTC,). c) Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación (coches de autoescuela). d) Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas. e) Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales. f) Los utilizados en la actividad de servicios de vigilancia y o mantenimiento. (coches de ronda de seguridad, mantenimiento de obras, instalaciones, etc..) Pero luego...hacienda es hacienda. Primero te atiza y luego demuestra y gana
La verdad, tuve una inspección hace años y no tuve ningún problema al respecto, pero es cierto que tengo otro vehículo,
Respecto a la última frase, me hicieron una pequeña inspección porque me deducía como gasto al 100% y el IVA lo mismo, de 2 plazas de parking que tengo para la empresa destinadas a aparcamiento mío, de empleados y clientes. Me tumbaron dichas deducciones y obviamente me sancionaron, un mundo maravilloso
Joder. Entiendo que las plazas no están en el mismo edificio donde tienes la empresa? Si no, sería de traca