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Impuesto de la Gene +200 CV

Discussion in 'Foro general Porsche' started by Usuario Archivado 56, Nov 29, 2016.

  1. Usuario Archivado 56

    Usuario Archivado 56 Senior +

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  2. 1969.carrera

    1969.carrera Historiador Porsche.

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    Es para bienes de lujo puestos a nombre de sociedades, no particulares, de más de 100.000 € y 200 cv.

    Eso significa que si por ejemplo tienes un 993 TT puesto a nombre de una sociedad aquí en Catalunya puede suponer 1000 o 1200€ al año?

    Otra incógnita es que pasa con los matrícula histórica, no cuentan los 200 cv porque son patrimonio nacional? Quien los va a tasar y definir si son de un valor superior a 100k? Hacienda? La Generalitat? En base a tablas de Motor Clásico o Flat-6? Estarán exentos por ser patrimonio y te podrás pasear con un Daytona sin pagar?? Ni idea.

    Saludos.
     
  3. Kiterjos

    Kiterjos Usuario +

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    Lo llevamos claro.


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  4. GTx

    GTx Usuario

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    Exacto.

    Sé que mi opinión no será popular pero es un impuesto que me parece más que razonable en su espíritu (aunque probablemente de difícil aplicación práctica). Si miráis el artículo 3 de la proposición de ley de ayer veréis que tampoco es un disparate de extrema izquierda:
    http://www.ara.cat/2016/11/28/PLL_A...hash=6b2e93271349b647f224a2d3cbb8112bbe4cd324

    Parece una ley de cara a la galería. Yo apretaría un poco más!

    [​IMG]
     
  5. BelMa

    BelMa Administrador Staff Member

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    Desde un punto de vista jurídico, el Estado debería llevarla al Constitucional, ya que redefine el concepto de afección a una actividad económica que es exclusivo de la legislación mercantil, del IVA y del ISOC, materias reservada al Estado.

    Por otra parte, me hace bastante gracia lo de considerar a priori que un vehículo se entiende improductivo en base únicamente a superar determinada potencia. Ya puestos, que tal si gravan también los smartphones de más de 400 Euros ? Es obvio que uno de 300 es lo suficientemente productivo y todo lo que supere esa cifra es ostentación pequeño-burguesa.

    Se les ve claramente el plumero rojo-populista. Veremos cómo termina todo esto.
     
  6. Javier 917

    Javier 917 Senior +

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    No te falta razón...
     
  7. 993c4s

    993c4s Repostando

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    Lo más fácil y rápido será trasladar el domicilio social fuera de Cataluña y a correr, es que si les hacen un torneo de inteligencia el premio queda "desierto".
     
  8. BelMa

    BelMa Administrador Staff Member

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    Por si alguien tiene dudas del verdadero propósito del impuesto, traduzco parte del artículo 1, que define su objeto.

    Art. 1.- Objeto del impuesto

    "El impuesto...tiene por objeto gravar los bienes no productivos...que forman parte, o que deberían hacerlo, del activo de las personas jurídicas y sociedades civiles con objeto mercantil, considerando que su tenencia contraviene la función social de la propiedad y interfiere negativamente en la asignación eficiente de recursos en el progreso social y económico y en la distribución equitativa de la renta."

    Es decir, tener un coche con X características contraviene la función social de la propiedad, que en su particular interpretación debe querer decir aquello de "si yo no puedo tenerlo, que se joda el que lo tenga".

    Con dos cojones, si señor.
     
  9. BelMa

    BelMa Administrador Staff Member

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    Y lo de los barcos y aviones es de nota: pretenden someter al impuesto los que estén amarrados/estacionados más de 183 días en territorio catalán con independencia de la residencia fiscal del titular efectivo.

    Magnífico planteamiento para el sector naval y aéreo, sí señor. Estarán encantados.

    Y de paso, mira por donde van a encontrar una ocupación estable al Aeropuerto de Castellón...
     
  10. JJT

    JJT Eterno aprendiz

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    Preveo cientos de sociedades trasladando el domicilio fiscal fuera del control de estos manipuladores controlados por los antisistema.

    Pena me da ver donde nos están llevando.
     
  11. GTx

    GTx Usuario

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    Totalmente de acuerdo.

    Creo que quieren que parezca que hacen algo pero en realidad no creo que la ley acabe teniendo muchas consecuencias prácticas.

    Yo no lo interpreto así. Para mi la clave está en lo de "bienes no productivos". Si tienes un vehículo de motor de 400 cv que está produciendo para la empresa (por ejemplo un camión) este no tributa. En cambio un 959 aparcado en el garaje y no afectado directamente a la actividad de la empresa si que tributaría.
     
  12. oscar 4S

    oscar 4S Soloporschista Real Estate

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    Yo ahora me voy a hacer un par de visitas con mi improductivo coche de 420 cv. ¿Paso antes de la visita a liquidar el impuesto? ¿O le digo a la visita que me retraso un poco que vengo con uno de menos de 200 cv? [almohadazos]:[almohadazos]:

    Que asco de gente.......

    S2.
     
  13. oli

    oli Soloporschista

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    Ya lo dije otro día, esto solo es de cara a la galería. Es un impuesto incobrable en la práctica. Todo el mundo que tiene un vehículo a nombre de la empresa lo usa para ella, nadie dirá lo contrario. Este tipo de gestos son mejor que no que nos suban en IRPF o un superbollo a la italiana, eso sí que acojona. Esto es solo para la foto, después no cobrarán ni uno.
     
  14. porsche 996 4

    porsche 996 4 Senior

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    Oli, no les des ideas, que esta gentuza se pasa todo el día tramando-legislando para ver por donde nos pueden joder.:[blah]. Un saludo.
     
  15. BelMa

    BelMa Administrador Staff Member

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    El problema es quién y con base a qué criterios decide cuándo un bien es productivo en una empresa y cuando deja de serlo. Hasta ahora era la AEAT.

    Dejando aparte el ejemplo del 959 -del que podría predicarse que es una inversión, sin ir más lejos, y es obvio que se trataría en tal caso de un bien productivo, ya que produciría renta, que es objetivo empresarial- se me ocurren múltiples circunstancias en que un vehículo de más de 200 cv puede ser plenamente productivo en una empresa, siempre en relación con su actividad, su operativa y su dimensión.

    En todo caso, NO les compete juzgarlo a ellos.
     
  16. BelMa

    BelMa Administrador Staff Member

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    Yo también lo pensaba, pero la técnica tributaria será simple: la ley establece obligación de declarar, luego se limitarán a cruzar datos con Tráfico, que ya los tienen, y a partir de aquí, notificación a todo aquél que no haya declarado, que desde luego alegará después, aunque no le harán ni puto caso.

    Por cierto, ni siquiera han previsto la no sujeción para los profesionales del automóvil. Unos genios, oiga.
     
  17. GTx

    GTx Usuario

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    Totalmente de acuerdo: una colección de coches se podría considerar una inversión en bienes tangibles del mismo modo que si fuesen sellos. Pero a no ser que les tumben la ley me imagino que habrá que pelearse para justificarlo.
     
  18. WuenosWuelos

    WuenosWuelos Senior +

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    Esta frase es de la carta de Herr Birnbaum que, desde Berlin calmaba a su tío residente en Checoeslovaquia, en 1.936.
    :White Frowning Face::cabezazo:
     
  19. GTx

    GTx Usuario

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    qué?
    _____________
     
  20. WuenosWuelos

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    "... atès que la seva tinença contravé la funció social
    de la propietat i interfereix negativament en l'assignació eficient dels recursos..."
    Y esta la podría haber firmado el inefable Carlos Marx... La propiedad es una función social; no un derecho individual !!!!! :diablo:
    Vamos aviados.

    (GTX, no te lo tomes a mal. Lo mio es puro sarcasmo.)
     
    Last edited: Nov 29, 2016