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Valoracion de un 993 Turbo

Discussion in 'Foro general Porsche' started by ANTONIO1949, Apr 21, 2016.

  1. WuenosWuelos

    WuenosWuelos Senior +

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    Una vez más la asimetría de poder impuesta. Si vendes por 3.000 y ellos lo valoran en 10.000, debes pagar sobre lo que ellos te dicen o placa-placa :cabezazo:
    Si ellos dicen que vale 10.000, yo soy partidario de poner 10.000 y si hubiera o hubiese resto, debe ser en ñaka ñaka [pastagansa]:
    En un supuesto, hacer un descuento y cobrar billetes es mejor que "fichar" y que se lo lleve uno de los que luego salen por la tele.
    Ya me perdonaréis, pero llevo más de 40 años pagando impuestos cantidubi-dubi-da y si os digo lo que voy a cobrar de jubilación os dá un pasmo. Mientras tanto se han llevado la parte del pato a Andorra, Panamá, Isla de Man, Virgenes holandesas, etc. etc.
    He votado, he pagado y me han dado :diablo:
     
  2. petotf

    petotf Soloporschista

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    Alberto, esnel mismo impuesto en todas las cc.aa?
     
  3. Porschistacanario

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    A eso mismo me refiero Garbie, pero que hay que declarar la ganancia y pagar por una ganancia que no es real.. No se si me explico..

    Yo vendo un coche en 120.000€ (que me costó años antes 60.000€) pero pongo en el contrato 10.000€ (valor de tablas). Para hacienda voy a tener que tributar por una supuesta ganancia patrimonial de 110.000€ que no es real... Lo lógico sería hacer la venta BIEN, poniendo en el contrato de venta 60.000€ y luego declarar la ganancia real. Saldrá mucho más barato.. tributarás un 5,5% (ITP)por los primeros 60.000€ (el coste del traspaso vamos..) y luego los otros 60.000€ al 20% por ganancia patrimonial. De la otra forma te harán pagar un 20% sobre 110.000€ que no has ganado...

    Si, aquí funciona igual!
     
  4. PorscheSG

    PorscheSG Senior +

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    Yo he realizado alguna transferencia de vehículo sin poner valor de compra y/o venta en el contrato. Pagas costes según tablas y listo. Luego no tienes problemas en justificar la diferencia de dinero que figure entre el contrato y lo que recibas, porque no la hay, si has de dar explicaciones, pues todo el dinero que recibes viene de la venta del coche.
     
  5. Garbie

    Garbie Soloporschista Gentleman

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    No, no te harán pagar un 20% sobre 110k. Si detectan esa historia, tendrás que pagar el 20% sobre 60.000 (plusvalía real), siempre que puedas acreditar que el coste de adquisición fue de 60.000.

    Lo único que puede pasar, es que te cuestionen que el pago por transmisiones lo has hecho sobre una base inadecuada y tengas que pagar la diferencia mas los posibles recargos.

    Son dos temas ligados pero "independientes".

     
  6. Alberto66

    Alberto66 Soloporschista

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    Gracias a todos por vuestros consejos. :beer::beer:
     
  7. 9oncero

    9oncero Usuario ++

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    Hola,

    El calculo del impuesto que hay que pagar por la trasferencia del vehiculo varia entre comunidades y mucho.....aqui en Galicia tenemos "la suerte" de pagar el 8% del valor de tablas de hacienda (en la mayoria de comunidades es el 4%), hay webs que te hacen el calculo y la variable mas importante es la comunidad autonoma del comprador, el precio de venta ni te lo piden. En cuanto a que importe poner, hace ya años que en el contrato privado no se exige poner el importe y se pone "valor pactado" o "precio convenido", al poner eso, hacienda lo calcula por tablas y 0 problemas.....

    El gravamen dependiendo de la Comunidad Autónoma:

    Andalucía: 4%
    Aragón: 4%
    Asturias: 4%
    Cantabria: 4%
    Castilla la Mancha: 6%
    Castilla y León: 5%
    Cataluña: 5%
    Ceuta: 4% (2% residentes)
    Comunidad Valenciana: 6%
    Extremadura: 6%
    Galicia: 8%
    Islas Baleares: Cuota fija + variable(5-10%)
    Islas Canarias: 5,5%
    La Rioja: 4%
    Madrid: 4%
    Melilla: 4% (2% residentes)
    Murcia: 4%
    Navarra: 4%
    País Vasco: 4%



    Esta es la tabla generica de devaluacion por la edad del vehiculo

    Años de uso Porcentajes
    Menos de 1 año 100%
    Más de 1 año, menos de 2 84%
    Más de 2 años, menos de 3 67%
    Más de 3 años, menos de 4 56%
    Más de 4 años, menos de 5 47%
    Más de 5 años, menos de 6 39%
    Más de 6 años, menos de 7 34%
    Más de 7 años, menos de 8 28%
    Más de 8 años, menos de 9 24%
    Más de 9 años, menos de 10 19%
    Más de 10 años, menos de 11 17%
    Más de 11 años, menos de 12 13%
    Más de 12 años 10%


    Y cada comunidad autonoma tiene ademas otros pequeños condicionantes en cuanto al valor dependiendo de la antigüedad del vehiculo, potencia o cilindrada.

    Logicamente si el vehiculo esta a nombre de empresa, tiene que emitir factura con IVA y este impuesto no se aplica.


    Respecto al tema de la plusvalia es bastante claro, si la plusvalia es menor de 6.000€, pagas el 19%, entre 6.001€ y 50.000€, pagas el 21%, si es mayor de 50.000€ el 23%. Otra cosa es que entre particulares hay mil formas de "solucionarlo" amistosamente, ya que esta permitido el pago en efectivo.....si hay una empresa de por medio la cosa cambia, ya que si el comprador o el vendedor es una empresa, el importe maximo a pagar en efectivo son 2500€, esta limitacion entre particulares no existe.

    Saludos,
     
    Last edited: Apr 22, 2016
  8. Alberto66

    Alberto66 Soloporschista

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    Gracias 9oncero!!:Thumb:
     
  9. Garbie

    Garbie Soloporschista Gentleman

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    Perfecta explicación, 9oncero.
     
  10. Usuario archivado 36

    Usuario archivado 36 Soloporschista

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    En Valencia, hablando del itp de transferencias de vehículos con antiguedad superior a 12 años, pagas por cilindrada; en tramos con cantidad fija, siendo 140€ el pago máximo si tiene más de 2.000 cc, independientemente del importe de venta en contrato o valor de tablas.

    Solo estoy hablando del itp.
     
  11. DAVID40

    DAVID40 Senior

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    a menos que el importe de la compraventa sea igual o superior a 20.000 euros que se paga el 8% del importe de la venta.

    Con lo cual un coche de mas de 2000cc con mas de 12 años y que se venda por 19.999 pagara un importe de 140 euros.

    El mismo coche lo vendes por 20.000 euros y pagas 1.600 euros.

    Para mear y no echar gota, luego dicen que no hay que defraudar, y si un coche cambia de titular 10 veces en su vida al final legalmente pagas mas de IATP que lo que vale el coche.
    Que mal hecho que esta este impuesto y en la comunidad valenciana con la crisis le pegaron subida del 4% al 6% y 8% en algunos casos, y encima la tasa fija de mas de 12 años que antes salia mucho menos a pagar.
    Y ahora la renta que han quitado muchas desgravaciones y han subido los rendimientos de los inmuebles a disposicion de los titulares del 1.10% al 2% del valor catastral, etc etc etc
     
  12. coperfil

    coperfil Usuario +

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    Ya que veo que controlais el tema mas de uno os pongo una duda, me proponen comprar el coche un chico de canarias por 28.000 y poner el el papel que va para aduana el valor fiscal de las tablas unos 7000 luego hacer un papel de compraventa de valor pactado, de aqui el coche lo compre nuevo por 42.000 tiene 9 años, haciendo esto tendria algun problema con hacienda por no declarar el valor total de la venta o tendria que pagar luego impuesto sobre ese dinero?

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  13. quinto

    quinto Soloporschista

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    Soy inspector de Hacienda.
    Vais a flipar.


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  14. Rabbit

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  15. PorscheSG

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  16. quinto

    quinto Soloporschista

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    Coperfil, no sé si he entendido bien la operación. Te compran un coche a tí que irá de la península a Canarias, no?

    Yo diría que el chico no tendría que pagar el impuesto de aduanas sobre los 7.000. Se tendría que pagar si fuese al revés, un coche comprado nuevo en su día en Canarias que fuese a la península.

    Por otro lado, si el coche lo compraste tú por 42 y lo vendes figuradamente por 7 no tienes que pagar nada. El problema lo tendrá el comprador cuando en un futuro lo venda por más de 7, si se da el caso, pagaría el 20% del beneficio. Si oficialmente lo vendiese por 30, por ejemplo, pagaría el 20% de 23.

    Me gustaría que alguien lo confirmara.

    Y perdonad por la broma, pero es que lo habéis puesto a huevo!
     
  17. coperfil

    coperfil Usuario +

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    Pues si lo venderia a canarias, y en la aduana para ponerlo a su nombre tiene que pagar sobre valor de compra, que claro no quiere poner 28 sino 7 que es lo que marca el valor fiscal. Lo que no tengo claro es que si el pone 7 y me ingresa 28 pueda pasar algo y si luego de esos 28 tendria que pagar impuestos. De todos modos estoy en manos de un abogado consultandolo porque no quiero tener problemas con usted señor inspector
    Haber si lo vendo y puedo comprar ya el 911!

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  18. Porschistacanario

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    En principio, has tenido una perdida patrimonial lo vendas en 7 o en 28. El tema es que si te transfiere 28k y te preguntan, no tienes forma de justificar ese dinero.. Por que tu contrato de CV pone 7.. Pero ya me pillas..
     
  19. quinto

    quinto Soloporschista

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    Exacto, sólo puedes ingresar 7, el resto no.
     
  20. Porschistacanario

    Porschistacanario Soloporschista veterano

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    Aquí el inspector te lo explica en cristiano :Smiling Face With Open Mouth::Smiling Face With Open Mouth::Smiling Face With Open Mouth: