Hola a tod@s: Hace algun tiempo, me ronda la posibilidad de puntear a la dgt. Compramos el coche a nombre de una sociedad mercantil, en los documentos no aparece ninguna persona fisica. Nos obligán a identificar al conductor de una infracción y nos negamos en redondo. En estos casos, me comentan que duplicán el importe de la sanción, ahora los puntos se quedán en su sitio, la sociedad propietaria asumiria su sanción. Toda sociedad mercantil, tiene personas fisicas detras, si cargan contra ellas, la pongo a nombre de mi madre, no tiene carnet de conducir. Esto es posible? Si es asi, solo es cuestión de pasta, "solo" un saludo gracias masca:)
No toda sociedad mercantil tiene que tener personas físicas, pueden estar administrada por una persona jurídica y ser propiedad de una tercera o infinidad de ellas, ademas tambien puede pertenecer a una sociedad domiciliada off shore. Pero todo vehiculo debe tener un seguro al que se le debe vincular una persona física vinculada.
O sea, que es a traves del seguro, pero los datos del seguro estan en tu poder, o ellos, (el seguro), tienen obligación de dar información. Bueno si asi no se puede, a seguir pensando. gracias masca:)
Si la infracción tuviera transcendencia penal el juez podia solicitar al asegurador los datos del conductor habitual declarado en la póliza.
Eso es cuando media un accidente o rebasas los limites de velocidad con demasia, si fuera una sanción mas normal. Pueden pedir datos al seguro ante cualquier infracción? gracias masca:)
Si te denuncian y no te paran, te llegará la receta a tu casa.Si eres una sociedad, lo mismo.Te pedirán en ambos casos que identifiques al conductor.Si no lo haces, te descontarán la pasta de tu cuenta personal o de la sociedad.....Si no identificas al conductor, no habrá pérdida de puntos, seas sociedad o particular.Si no identificas, te cáen, creo, 500€ para empezar a hablar. En caso de daños y esas cosas, ya entramos en el tema de delitos y aquí no hay gaitas: se busca al rasponsable a través de la policía judicial/guardia civil.No necesitan preguntar a la compañía de seguros, entre otras cosas, porque no la conocen.
Si es posible saber la compañía de seguros, pero realmente a las malas seria muy complicado conocer la identidad del conductor por ejemplo de un vehiculo propiedad de una S.L. cuyo administrador único fuera una sociedad de un tercer país no comunitario... entraría en liza el derecho internacional... pero vamos que eso en casos un de ilícito penal grave.
Vamos, que con pasta se arregla "todo". lo mejor que no te pillen, pero algun remedio tenemos que poner a nuestro favor. Cuantos no habrá, creando sociedades con el nombre de la abuela "hay prisa" como la de la fabada. gracias masca:)
La no identificación del conductor es falta muy grave especialmente cualificada, que se sanciona con multa de 301 a 1.500 Euros (art. 67.2 Ley Tráfico, circulacion de vehiclos y seg. vial) La broma puede salir algo más cara... S2.