Buenas a todos , nose donde poner esto y pido perdon si no va aqui . Bueno mi duda es que si podria poner un maserati quattroporte a nombre de mi hijo de 22 años sin tener problemas con hacienda ni nada. Y se lo quiero poner a su nombre como regalo de cumpleaños y porque tengo muchos vehiculos y no quiero tener mas a mi nombre , tambien tengo que decir que el no a trabajado nunca ni tiene ingresos . Un saludo y muchas gracias
Bueno si no trabaja ni nada no hara la declaracion de la renta; no veo ningun problema Unicamente que le paren pensando que lo ha robado
Es una donación, en mi opinión si te pillan (aunque es poco probable) te harán pagar el impuesto de donaciones (alrededor del 30% creo) y una sanción.
no hay ningún problema , vas a trafico y cambias la titularidad y bien en una gestoría, aunque desconozco si al ser cesion tendras que pagar la misma tasa que cuando es una compraventa
Muchas gracias a todos ,pero lo que quiero es comprarlo usado y ponerlo a el como titular del vehiculo sin pasar por mi
Eso es otra cosa. En este caso, pagas el impuesto de transmisiones patrimoniales, tasas y gestoría. De imp de trans, si tiene más de 12 años de antiguedad, pagarás 140 €, debido a su cilindrada.
Es una donación y deberá tributar por ella, en este caso al 5% sobre la totalidad. Además se ha de informar de ella a Hacienda (salvo error u omisión). Da igual sea dinero o un hierro
Enri, he leído las respuestas y es una donación en toda regla. Supongamos que el vehículo cuesta usado 24.000€, pues son 1200 en concepto de impuesto de donaciones. Supón que le regala un apartamento valorado en 100.000€ ¿no pagaría el citado impuesto?. ¿o por ser un coche deja de ser una donación?. Sino recuerdo mal, se tributa al 5% hasta los 200.000€ de ahí en adelante, aumenta el tanto %
Como dice Durban, es una donación, se adquiera lo que se adquiera, lo que se grava es la cesión de metálico de una persona a otra sin contraprestación, no lo que se compra con ella. Ps: lo que se adquiera lo tributará el adquirente por un impuesto u otro en función del bien. Tributa por donaciones el trasvase de [pastagansa]: de padre a hijo. Tributa la adquisición del vehículo por el hijo.
Todos sabemos como freir un huevo. Si alteramos el orden, ya no lo fries. Vierto el aceite, dejo caer el huevo sobre la encimera, pongo la sartén encima, enciendo el "fuego" y echo algo de sal en la sartén vacia ... Así no sale, ¿verdad? Todos sabemos como hacerlo para no tributar. Otra cosa es que no queramos. Yo soy de los que les gusta pagar, pero entiendo que otros no lo hagan. :D
El padre le hace un préstamo de XXXX €€€ a su hijo. Se hace un contrato de préstamo en regla, a devolver cuando empiece a trabajar, en cómodos plazos y sin intereses. En fín, un "chollo". El padre se deduce el préstamo en la siguiente declaración de patrimonio. Ya tenemos un beneficio. El hijo, con su préstamo, se compra el coche de sus sueños, y se lo pone a su nombre. Ya está el huevo frito. Todos contentos. A comer. PD. es un caso práctico que conozco en primera persona :conduciendo: RE PD. Cuidado con lo que escribís. Acabo de leer en el pié de página, que entre los nicks que están siguiendo este tema, se encuentra un tal "montoro, el papá"
En toda regla, a notaría, por supuesto. Busca alguno que te lo haga por lo que cuesta, vamos, 50 "pavos".