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Compra 997 mk2

Tema en '911' comenzado por mylomola, 25/12/23.

  1. Kalamero

    Kalamero Soloporschista

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    Lo sé aunque algún agente se me ha quejado de ello, de que lo mismo luego no tienen acceso y tal. Pero es legal. En la moto ya hace años que llevo fotocopia y de esa no me dijeron nada. Voy a hacer lo mismo en el resto.
     
  2. loloviz

    loloviz Soloporschista

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    Mandelo, coincido contigo plenamente, con un solo matiz, del tema indemnizatorio, que soy todavía más agorero: del amigo, que será insolvente seguro, no espere nada; del CV, como no demuestre que era cómplice o colaborador necesario en la trama, puede ser que tampoco; del tercero comprador ya me olvido, porque será más difícil demostrar su implicación (si es que de verdad estaba en el ajo y no era un tercero de buena fe).

    :Amen:

     
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  3. berki

    berki Antiradar expert

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    Menuda liada y menudo pancho.

    Que o mucho me equivoco o no tendrá final feliz para todos los intervinientes.

    Te voy a dar mi opinión desde la barra de un bar (baja) con un carajillo y una de bravas (es decir, en términos llanos)

    Ahí va:

    Desconozco de dónde eres o dónde tenía tu “amigo” el coche cuando se lo entregaste. Y lo digo de cara al fuero competencial para instruir el procedimiento penal que se ha iniciado como consecuencia de haber “tomado” tu vehículo para una posible venta. Esto es importante, ya que por mucho que se diga no se tratan igual unos hechos aparentemente delictivos en unos lugares de España que en otros. P, ej: en Madrid, capital, la aplicación del principio de mínima intervención del derecho penal se lleva mas a rajatabla que p,ej, en Zaragoza, Asturias... ¿Qué quiere decir esto? Que hay hechos que pueden tener o no encaje en un tipo delictivo (solo es delito lo que dice el C.P. que lo es, matiz del contrabando aparte) pero hay que tener en cuenta una serie de principios y el de ellos está el de mínima intervención, que implica que solo los ataques más “graves” a los bienes jurídicos protegidos deben de ser amparados por el derecho penal.

    Como bien te ha apuntado un forero, es posible, no lo sabemos, que la contienda se entienda que es puramente civil, cosa que te perjudicaría enormemente por la “losa” que implica un procedimiento penal para los encausados y por los plazos del procedimiento que, a priori” son más rápidos en la jurisdicción criminal (territorios aparte).

    Dicho lo anterior, hay otros foreros (juristas que siempre que hablan de temas técnicos dan opiniones muy fundadas, y en mi opinión, muy acertadas, como ha sido este caso) que te han indicado cosas muy importantes como son las medidas cautelares y el riesgo de no recuperar el bien por que hay un 3º adquirente de buena fé.

    “Grosso modo” yo lo que veo que es que tu “amigo” te ha engañado para “quedarse” con el coche y venderlo a un tercero que lo ha adquirido a un precio muy por debajo del valor de mercado. Habría que estudiar, irrelevante en este momento, si es una apropiación, una estafa, etc…. (al valer el coche más de 50k, ambos tipos cualificados y con penas superiores a 5 años, lo que implica enjuiciamiento en Audiencia Provincial, cosa que te viene bien por lo que te expondré).

    Xulangues te lo ha indicado, la acción penal debe de dirigirse si o sí contra tu amigo y ese comprador a bajo precio (ya se dirimirá si conocía, no conocía, podía haber conocido, si lo sabía, no lo sabía) pero de antemano hay indicios que pudo haberlo conocido/sabido, entre ellos precio, poco tiempo de venta entre que tu se lo depositas a tu amigo y, además, que es un profesional. Habría que ver el contrato (lo que otro forero habla de la falsificación…)

    Digamos que esta sería la parte 1 de la “operación”, que tiene dos individuos contra los que ir: a. Tu “amigo” y b. Compraventa adquirente a bajo precio. O mucho me equivoco o a tu “amigo” (sujeto a)le va a dar igual lo que suceda. Alguien que ha pretendido quitarse la vida va a ser inmune a las consecuencias penales o civiles que en su día se acuerdan por lo que a los efectos de una negociación dalo por perdido. Respecto del primer comprador, compraventa (sujeto b), es dónde va a estar la clave, para poder “rascar” algo pronto.

    En cuanto a la parte 2 de todo lo sucedido, estaría el sujeto b y los consiguientes adquirientes (sujetos 3 o 4). Mucho me temo que el comprador final ha sido un comprador de buena fe completamente ajeno a todo esto. Habría que ver si realmente esa última transmisión del dominio es nula o no al haberse transmitido el “cuerpo del delito” con muchas connotaciones civiles que no es necesario reseñar en este momento. Un pancho en toda regla que, en su caso, siempre que siga la vía penal abierta, habrá que esperar hasta Sentencia firme a encontrar respuesta

    En un sitio como Madrid, esto puede llevar medio año mínimo en instruirse, fase intermedia de otro tanto y otro tanto para enjuiciamiento. Siendo muy optimista, podría haber un juicio en la instancia dentro de un año y medio (siempre que, insisto, se entienda que el órgano de enjuiciamiento sea la Audiencia, porque como sea un Juzgado Penal te puedes eternizar). Recursos aparte… En el peor de los casos y por experiencia te puedes tirar 3 o 4 años hasta sentencia firme.

    ¿Qué es lo que te quiero decir? Que como esperes al final del procedimiento el coche no lo vas a ver ni en pintura. Y a saber la indemnización que se acuerde, y tras ello que se materialice y que no sean insolventes.

    Entiendo desde un punto de vista personal lo que dice otro forero que él no esperaría a todo este tinglado y “recuperaría” el coche. Yo no lo haría porque te puedes meter en más problemas legales (incluso penales) con dicha conducta.

    Resumiendo, aunque hay muchos matices y podía estar escribiendo toda la mañana:

    1º Asesoramiento de un profesional que quiera resolver problemas y no celebrar pleitos y sepa lo que lleva entre manos (acusar es más complicado que defender, sobre todo en delitos patrimoniales).

    2º Que dirija la acción penal contra los presuntos responsables y/o terceros intervinientes que se han beneficiado del delito (lo pueden ser, en este momento como presuntos partícipes a título lucrativo). TEMA IMPORTANTE.

    3º Solicitud de medidas cautelares de distinta índole. Habrá que justificar el riesgo de la mora procesal (del retraso del procedimiento) y la apariencia del buen derecho (que existen indicios de que los hechos son como tu dices) Recuerda que el vehículo es “el cuerpo del delito” y durante la instrucción el juez no permite “tercerías de dominio” ni reclamaciones de devolución de dicho cuerpo. Ojo con esto que, al menos, a mi me suele dar mucho juego con los terceros adquirentes de buena fé.

    Una vez encauzado el procedimiento y sacado el arsenal con los “aprietes” oportunos sobre todo en el sujeto b, intentar recuperar el coche, para lo que tendrás que negociar con el último adquirente (tendrás que valerte de lo que hayas hecho en el procedimiento penal) y buscar la solución menos mala.

    Ya lo siento.

    Un saludo
     
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  4. berki

    berki Antiradar expert

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    No vi tu mensaje y es lo que vengo a poner en mi "tocho". Gran síntesis.
    Saludos
     
  5. delmonte

    delmonte Highway to hell

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    y añado: salvo que por algún motivo no le interese, contrata a berki que es un máquina
     
  6. JohanQ

    JohanQ Senior

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    Entonces va con IVA.. entiendo ya incluido en el precio final…

    El tema es que entre particulares aquí en Valencia para ese tipo de coches es un 8% el ITP … una barbaridad si se aplica sobre el valor del contrato.. como esto no está tan regulado como los pisos… mi duda es si se puede declarar el valor venal como base… porque sino a 80k sumale 6400 de itp… hachazo!
     
  7. delmonte

    delmonte Highway to hell

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    o con IVA en régimen REBU, que para ti es como si no existiera
     
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  8. JohanQ

    JohanQ Senior

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    Entonces ante el mismo modelo de pongamos 50k si lo compro de CV serían 0 de impuestos extra y a particular 4k de ITP?

    Es un tema a tener en cuenta de ser así... no?
     
  9. delmonte

    delmonte Highway to hell

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    en madrid sí

    digo en madrid, porque aquí el tipo aplicable es el 4%, en otras comunidades es mucho más, y se tributa según la comunidad autónoma donde resida el comprador
     
  10. JohanQ

    JohanQ Senior

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    Gracias, en mi caso en Valencia es el 8% .. pues es un detalle nada baladí

    Pd: Matizo que habrás leído 4% en vez de 4k, en madrid serían 2.000 en ese caso el 4% de 50k.. gracias!
     
  11. Mandelo

    Mandelo Soloporschista volcánico.

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    Al CV le puede afectar el coste reputacional. No es buena publicidad vender coches robados. Al margen de los tipos en que haya podido incurrir si estaba en el ajo.
     
  12. delmonte

    delmonte Highway to hell

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    cierto, leí mal

    pero serás feliz no? más dinero para concejales y put... digo.... para hospitales y colegios
     
  13. xulangues

    xulangues Soloporschista

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    Todavía entiendo menos que siendo penalista se pueda, ya no sugerir, sino mínimamente orientar a alguien hacia una determinada dirección que sólo le va a traer mayores complicaciones desde el momento en que denuncias ser conocedor de la situación y que el coche ha pasado por tres propietarios entre tanto. No es ni mínimamente discutible jurídicamente (en realidad que sea punible sí lo es), pues sabes que te han presuntamente engañado, has denunciado, y te tomas la justicia por tu mano. Así nos ha relatado los hechos el compañero y por fortuna parece que tiene buen asesoramiento para no complicarse innecesariamente la vida.

    En un supuesto como este, el concepto de llaves falsas se podría aplicar por analogía y derivar en robo con fuerza, empezando porque si no tienes ni la titularidad ni la posesión del bien, no sé por qué un juez va a entender que son "tus llaves" como indicas, máxime cuando has denunciado la situación y eres conocedor de la misma. Dicho lo cual, me parece razonable que discutas la fuerza. Y volviendo al tema de la segunda llave, aquí es por donde se le puede complicar y mucho la situación al compraventa y por donde mayores probabilidades hay de entrarle al asunto, en la posibilidad de connivencia entre compraventa y amigo estafador. Me ha gustado lo que ha señalado @berki respecto de la diferencia entre un abogado que sepa de qué va el asunto, y un pleiteador. Salir lo menos mal parado posible, incluyendo el factor emocional del asunto, vista la situación actual.

    Y reactivar una póliza no significa que llegado el suceso la compañía aseguradora te cubra, partiendo de la base que media mala fe en el momento de la reactivación de la misma, pero bueno, el tema es muy accesorio.

    Y esta claro que el tema de la incitación es un aviso para no juristas con nulos visos de prosperar, pero con la suficiente fuerza para que un adulto entienda que no se puedan dar consejos con alegría en ciertos temas; en el caso de un penalista, la virtud de la prudencia debería extremarse, y más, como es el caso, desconociendo el tema con profundidad. Precisamente por dedicarse uno profesionalmente, el consejo debería ser acudir a un profesional si no se ha hecho todavía, y en todo caso orientar en la dirección que uno tomaría con la información aportada.
     
    Última modificación: 7/3/24
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  14. Aitor57

    Aitor57 Senior +

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    yo soy un pleiteador, vosotros unos grandes abogados, claro que sí. He dicho que depende de muchos factores que no tenemos claros como si son de buena fe los terceros que información tiene quien denuncia primero la estafa, etc etc.. yo no ye indicado que aconsejaría a un cliente hiciera eso, sino que es controvertido que el 'robe' su propio coche u otras cosas que he leído, discutible lo es y mucho. Ahora bien, lo que si apunté es que pudiera tener encaje en una realización arbitraria del propio derecho.

    Pero que los comentarios y alusiones de barra de bar y menospreciando a otros compañeros por no aplaudir el quédate de brazos cruzados.. considero que sobran, no hablo para el caso del compañero sino casos similares como se comentaba por otros foreros..

    Ale compañeros a seguir dando lecciones, que yo seguiré siendo un picapleitos que nada puede opinar ante tanta toga de oro, nuevamente el foro menos para hablar de motor y a veces ni para eso me parece un entorno poco respetuoso. Aqui dejo tb este hilo.. hay demasiada soberbia y ego y rápidamente se va al plano personal y en este caso profesional sin saber ni con quien hablas, antes de hacerle comentarios y alusiones irrespetuosas
     
    Última modificación: 7/3/24
  15. sergio997

    sergio997 Soloporschista

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  16. cyaque

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  17. alexpin.

    alexpin. Soloporschista

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  18. sergio997

    sergio997 Soloporschista

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    Me quitaste el 997 s cabrio manual??



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  19. Aitor57

    Aitor57 Senior +

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    eso eso hablemos de coches y buenas noticias...
     
  20. cyaque

    cyaque Senior

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    Así es, el de Iconic, los de 911Madrid son socios y venden los mismos coches, el día que se quitó de la venta un jueves creo, el domingo aparece por la noche de nuevo y casualmente estaba yo en Madrid, así que lunes por la mañana fuí a verlo y lo he cerrado, me hubiera encantado un mk2, pero se van de madre, así que en breve iré a por el, lo están preparando y demás, así que ya haré presentanción
     
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