Amigos, Seguro que algunos ya lo habréis visto, pero me ha llegado esto. Interpreto que es obligatorio llevar la matrícula original + distintivo de histórico. En mi caso, me lleva a quitar las placas H y volver a poner las originales de Alicante. ¿Lo estoy entendiendo bien? Saludos a todos
Eso no es nuevo...siempre ha sido así. a) llevas tus placas originales con la VH en la parte trasera B) Llevas las placas H xxxx y te evitas la pegatina o placa que es más fea que pegar a un padre. Eso si...te aconsejo que la que lleves sea la misma que aparezca en tu póliza de seguro para evitarte más problemas.
El reglamento es claro; se conserva la matrícula provincial + VH. En cambio, puede ponerse la matrícula histórica si no tiene matrícula provincial (si fue rematriculado ya con las letras modernas no provinciales).
Yo vendí un vehículo histórico con la matrícula original+VH y el nuevo dueño prefirió montar las placas con el nº histórico. Desde entonces, en la app mi DGT me reclaman que "mi" vehículo (matrícula provincial) no ha pasado la ITV.
Se tendrán que aclarar la cabeza. Pudiendo optar por una u otra, la provincial le da un toque más auténtico y añejo.
Es un lío todo, en el que chocan en ocasiones las directrices de la DGT, con las de algún ayuntamiento. El de Madrid, por ejemplo, en su sistema de cámaras a efectos de multas por acceso a zonas no permitidas, sólo reconoce la placa " de histórico" y no la provincial. Te llega la multa y has de recurrir. Se les ha informado desde FEVA y otras asociaciones y dicen que la informática sólo permite una matrícula y ha de ser la de "H-111-XXX"
es acojonante lo del ayuntamiento de madrid en muchos aspectos, éste es sólo uno más de su habitual desprecio a los ciudadanos un amigo me comentaba que el otro día paró a preguntar a una dotación de municipales y le contestaron que ni puta idea, que mejor dejara el coche en parking por si acaso, y sobre la matrícula, ni idea de qué era una H vamos a acabar con un sistema tipo james bond de matrícula rotatoria a todo esto, en ninguna parte dice que la matrícula delantera y la trasera tengan que ser iguales, estoy por poner una de cada...
Imagino que bien eso, o bien habrá cámaras en puntos críticos como los parking. Aquí quieren permitir la entrada a la ZBE de cualquier vehiculo que vaya a un taller mecánico ubicado dentro de la zona...no me quiero imaginar las notificaciones de Talleres Paco que funcionan en negro...
Las 2 placas de cualquier vehículo deben tener los mismos caracteres,salvedad de dimensiones, por tipo de vehículos y lugar de colocación. Real Decreto 885/2020
ese RD regula la fabricación... no veo que la colocación pero vamos, es sólo por marear la perdiz, es que estoy hasta las pelotas de que me tomen el pelo desde las administraciones públicas
Delmon, eso se regula en el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (Reglamento General de Vehículos), y de forma detallada en su Anexo XVIII.
Circular DGT. Instrucción PROT 2022/16 El artículo 9 del Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, regula el número y placas de matrícula de estos vehículos, establece lo siguiente: “1. Todo vehículo histórico que circule por las vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial debe tener asignado un número de matrícula. 2. Ese número de matrícula será el ordinario provincial que ya tuviere asignado o, en su defecto, la matrícula de vehículo histórico que le corresponda. 3. Si el vehículo dispusiese de su placa de matrícula original, deberá llevar además un distintivo consistente en una placa complementaria circular de 12 centímetros de diámetro en la que, con caracteres de 1 centímetro de grueso y 8 centímetros de alto, de color negro mate sobre fondo amarillo reflectante, figure la inscripción VH, siguiéndose las normas de elaboración vigentes para las placas de matrícula. 4. La respectiva Jefatura Provincial de Tráfico asignará el número de vehículo histórico que le corresponda a los vehículos históricos que circulen con su número de matrícula provincial ordinaria.” En aplicación de dicho precepto, todos los vehículos históricos que tengan matrícula provincial ordinaria conocida deberán circular con ella y llevar colocado un distintivo consistente en una placa complementaria circular de 12 centímetros de diámetro en la que, con caracteres de 1 centímetro de grueso y 8 centímetros de alto, de color negro mate sobre fondo amarillo reflectante, figure la inscripción VH, ello con independencia de que la Jefatura de Tráfico les asigne también un número de matrícula de vehículo histórico. A pesar de la claridad con la que expresa el citado precepto no resulta infrecuente observar vehículos históricos que teniendo asignada matrícula provincial ordinaria conocida, circulan ostentando la placa de matrícula de vehículo histórico en su actual formato consistente en una letra H seguida de cuatro dígitos y tres letras, circunstancia que el reglamento de Vehículos históricos contempla solo y exclusivamente para los vehículos históricos que no tuvieran matrícula ordinaria provincial conocida, como sucede con los vehículos importados para ser matriculados como históricos. No se trata, por tanto, de una opción o alternativa que el titular del vehículo histórico tenga de elegir si circular con la matrícula provincial ordinaria o con la matrícula histórica, creencia relativamente extendida a juzgar por algunas consultas formuladas a la Unidad de normativa derivadas muy probablemente de una mala interpretación de la expresión “o, en su defecto” recogida en el artículo 9.2 del citado reglamento. Como señala el artículo 8.2 del Reglamento de Vehículos Históricos, el permiso de circulación de vehículo histórico recoge tanto la matrícula provincial ordinaria como la matrícula histórica asignada por la Jefatura. En consecuencia, el vehículo histórico que tiene matricula provincial ordinaria y circula con ella está perfectamente identificado por su documentación y ambas matrículas, la ordinaria y la histórica están vinculadas en el Registro de vehículos a efectos, entre otras comprobaciones, de vigencia de ITV y SOA. Aun no tratándose de una pieza o un componente original del vehículo, la matrícula ordinaria provincial adjudicada al vehículo histórico en el momento de su primera matriculación ordinaria en España es un elemento que le confiere indudable valor histórico y como tal debe ser preservado y mantenido en el vehículo en circulación, así lo entendió el legislador y parece oportuno recordarlo por medio de la presente instrucción. En consecuencia, se informará a los solicitantes de matrícula histórica de que si el vehículo matriculado como histórico tiene matricula provincial ordinaria conocida, deberá circular con dicha matrícula y con un distintivo consistente en una placa complementaria circular de 12 centímetros de diámetro en la que, con caracteres de 1 centímetro de grueso y 8 centímetros de alto, de color negro mate sobre fondo amarillo reflectante, figure la inscripción VH, colocado en la parte trasera del vehículo. De la misma manera se actuará por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico cuando se detecte a un vehículo histórico que tiene matricula ordinaria conocida circulando con placa de matrícula de vehículo histórico, informando al conductor de que deberá utilizar la placa de matrícula ordinaria que se asignó originalmente al vehículo así como el distintivo de VH que se describe en el párrafo anterior.
por cierto que ya le vale a la dgt: si la matricula original es la de tres letras, cual prevalece? leed, leed y me contais son unos putos gañanes y nos quieren pasar el muerto a los ciud... a los subditos