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Alguien tiene referencias de este 997 Turbo

Tema en '911' comenzado por satrees, 2/2/15.

  1. satrees

    satrees Senior

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  2. kimster

    kimster Senior

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    La combinación de colores es preciosa...

    No te interesará más un GTS PDK...? :[yahoo]
     
  3. satrees

    satrees Senior

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    si estuviera dentro de mi presupuesto, porque no
     
  4. josepjimper

    josepjimper Usuario +

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    Yo me decantaría por un turbo PDK, y perdona mi intromisión, un conocido mío, tiene una discapacidad o minusvalía mayor del 33 % pero menor del 60% y con movilidad reducida. Tiene un 997turbo con cambio automático PDK que no se si se lo compro nuevo o de ocasión ni tampoco se si lo compro en España o Alemania, pero quiero recordar que aparte de no pagar el impuesto de matriculación ya que esta exento por dicha minusvalía, también tubo una ayuda en el IVA, es decir, por la compra de un vehículo solo pagó el IVA súper reducido, un 4% en vez del 21 %, y esto supone una pasta.

    Si algún forero sabe del tema, lo podría decir (hace unos años hable por teléfono con un administrador de este, nuestro foro, recuerdo que me dijo que era abogado, lo menciono, ya que todos los letrados saben mucho de este tema, repito, todo aquel que sepa algo del tema, lo podría explicar.

    Saludos, força i gas....:[applause]:beer::beer2:
     
  5. Mayweather

    Mayweather Usuario ++

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    Si tiene una minusvalía "normal", sólo paga el IVA. Estaría exento del impuesto de matriculación.
    Si además tiene movilidad reducida, sólo paga un 4% de IVA. Ojo que el minusválido no puede tener un coche a su nombre en el momento de la matriculación del nuevo.

    Por otro lado, se entiende por minusválido con movilidad reducida aquellas personas que necesitan de un tercero para poder realizar sus funciones básicas. Digo esto porque un 911 es un 2+2, y un boxster es un biplaza. Sé que parece una tontería, pero conozco mucho minusválido que ha tenido que hacer un recurso a Hacienda porque el concepto "tercero" no significa que sean 3, sino que pueden ser el minusválido y dicho tercero, y por tanto entran en el coche perfectamente.
     
  6. Mayweather

    Mayweather Usuario ++

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    Disculpa por desviarme del tema; si el coche tiene los discos de freno cambiados (estaban fundidos) y las ruedas, ese coche está para comprar.
     
  7. keny3

    keny3 Soloporschista

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    A que te refieres con que el minusválido no puede tener otro coche a su nombre?... Eso no lo he leído, tengo entendido que no puedes matricular otro coche a tu nombre ni venderlo en un plazo mínimo de 4 años ya que en caso contrario pagaras la integridad del impuesto de matriculación, por tanto pasado ese plazo mínimo puedes comprar perfectamente otro coche.
     
  8. mick600

    mick600 Usuario ++

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    Hola,
    Entiendo que ha querido decir exactamente eso, que para ahorrarte el impuesto de matriculación, no debes tener un coche con menos de cuatro años en la que hayas ejercido esa misma exención. Ni que decir tiene que el impuesto de circulación también te lo puedes ahorrar, pero sólo a un vehículo que esté a tu nombre.

    Saludos
     
  9. Mayweather

    Mayweather Usuario ++

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    No.

    Si el minusválido tiene además movilidad reducida (exención de impuesto y 4% de IVA), no puede tener ningún coche a su nombre en el momento de la matriculación del Porsche.
    Si es un minusválido normal, se aplica vuestro caso.
     
  10. risi74

    risi74 Soloporschista

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    Te respondo sobre el tema de minusvalía, yo tengo un 78% y movilidad reducida.
    Puedes tener otro vehículo a tu nombre sin problemas, el único requisito es no haber solicitado el iva súper reducido en los 4 años anteriores, antes este tipo de iva solo se aplicaba a coches nuevos, en la actualidad también vale para usados, yo mismo hice los tramites el año pasado para un 996 turbo, aunque al final no lo adquirí.
    Tienes que ir a tu delegación de hacienda y solicitar el impreso correspondiente, el cual tendrás que rellenar con los datos del vehículo. En cuestión de unos 15 días te llega la resolución a casa, tienes si no recuerdo mal tres meses para presentar la documentación, en caso de finalmente no adquirir el vehículo debes comunicarlo en hacienda para poder volver a solicitarlo antes de los 4 años.
    Respecto al impuesto municipal, mas de lo mismo, tienes que solicitarlo en tu ayuntamiento lo antes posible, de esta medida solo te puedes beneficiar con un solo vehículo.
     
  11. risi74

    risi74 Soloporschista

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    Puede tener cualquier vehículo a tu nombre, el único requisito es no haber solicitado estas ayudas para otro vehículo en los últimos 4 años, si vendes el coche antes de los 4 años tendrás que pagar la diferencia de iva.
    No hay mas. Si alguien quiere mas información que me lo diga, tengo el tema muy empollado.
     
  12. risi74

    risi74 Soloporschista

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    Creo que estas en un error, cualquier usuario de silla de ruedas tiene movilidad reducida y muchos son independiente totalmente. Movilidad reducida puede tener alguien con problemas de artrosis, respiratorios,corazón, ictus( que les impiden andar largas distancias. El tribunal medico es el que dictamina si una dolencia es calificada como movilidad reducida.
    Confu des movilidad reducida con términos de la ley de dependencia cuando es calificada como dependencia total,grave,ect...
     
  13. Mayweather

    Mayweather Usuario ++

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    Yo no confundo nada; de hecho, y si lees mi post verás que simplemente aviso de la interpretación que en un momento dado realice Hacienda, lo cual no significa que sea correcta, ya que con recurso posterior se soluciona. El ejemplo claro era el de la silla de ruedas, pero una persona con afección en el corazón puede tener movilidad reducida, y caminar perfectamente. He puesto un ejemplo visual y extremo.
    Simplemente no lo has leído, y das por sentado que yo opino así; he expuesto varios casos que suceden, y posteriormente hay que corregir.
     
  14. Mayweather

    Mayweather Usuario ++

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    Vuelves a no leer el post.

    Con minusvalía normal, puedes tener otro coche. Con movilidad reducida, no puedes. Lo he explicado antes.
     
  15. risi74

    risi74 Soloporschista

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    Yo tengo movilidad reducida y tengo 6 vehículos a mi nombre.
    Si puedes tener vehículo a tu nombre, no hay problema. El problema viene si ya te has acogido al iva del 4%


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  16. Mayweather

    Mayweather Usuario ++

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    Hombre, pero estamos hablando de acogerse a la movilidad reducida, o de tener vehículos porque si?
     
  17. risi74

    risi74 Soloporschista

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    Ahora nos entendemos!!


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  18. josepjimper

    josepjimper Usuario +

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    Sabes como funciona en el caso de comprar un Porsche de segunda mano, por ejemplo, en Alemania. Tengo entendido que Alemania del precio neto le aplican el 19 % de IVA que sumado es el precio bruto o total de la factura a pagar (en España base imponible mas el 21 % igual al total de la factura).

    Mi pregunta es, también puedes pedir que te apliquen el IVA super reducido, para la compra de un vehículo de segunda mano en Alemania, o bien solo funciona en España:hmm:

    Gracias de antemano y salud para todos:Thumb:
    Abrigaros mucho que el frio y la nieve hasta el domingo estará presente:beer::beer2:
     
  19. josepjimper

    josepjimper Usuario +

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    Saludos cordiales a todos, especialmente, para Risi 74,

    El próximo martes 10 de febrero, hará un año que me operaron del corazón, motivo por el cual tengo reconocida una discapacidad del 33 %, mejor dicho me la han concedido, por la incapacidad permanente para poder seguir trabajando, es decir, soy un jubilado por incapacidad.

    Hace unos días me dirigí a mi Ayuntamiento para solicitar dejar de pagar el impuesto de circulación de mi coche, previamente, me informe por parte del organismo de gestión tributaria, resumiendo, tan solo puedes solicitar la exención del impuesto municipal de un SOLO vehículo.

    Un abrazo:[yahoo]:Thumb::amiguitos:
     
  20. risi74

    risi74 Soloporschista

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    Al iva súper reducido solo te podrías acoger si compraras un coche precio netto con iva deducible.
    Al comprar un coche a un particular o distribuidor en Alemania, el iva se paga en origen, por lo que en un principio no podrias acogerte a este beneficio, no obstante yo llamaría a la delegación de hacienda y hablaría con un supervisor.( la mitad de los funcionarios no tienen muy claro como va el tema, me pasó a mi en su momento).
    Al comprar netto te encuentras con otro problema, la compra en neto es valida para autónomos y empresas con cif intra comunitario, pero este escollo se puede salvar pagando una comisión a un intermediario y gestionando ellos la compra como empresa. De este modo el iva se paga en España y te beneficias del 4%.

    Si quieres te puedo facilitar algún contacto.
    Un saludo
     
    Última modificación: 5/2/15