En fin, queridos, espero que este post de autocrítica sirva para el curso de "vuelve a sumar puntos" Resulta que de vuelta a Lleida desde Bcn me han hecho el reportaje de boda. Iba a unos 240 y creo que en la foto debo salir a cuatro patas... No me han identificado, pero mi mujer me ha dicho "que te lo comes tu solito, machito". Me la enviaran dedicada y firmada?
Ulises, no se puede ir a esa velocidad sin protección...y posiblemente, con protección, tampoco, porque no da tiempo a hacer nada... Lo siento por tus puntos, aunque no desesperes: a lo mejor, la foto ah salido movida...:D S2.
Vaya, pues entonces lo que te dicen pro ahi, contacta con un abogado por si las moscas. Lo malo de ir a tanta velocidad es eso. En fins saludos, y supongo que lo harias en totales condiciones de seguridad hacia los demas conductores, si es asi que supongo q si porque veo que aqui mas que cabras locas, sois amantes de los porsches, pero bueno todos les pisamos cuando un coche puede dar de si, asi que desearte suerte ;) Saludos :[porsche]
Padre he pecado. Lo cierto es que iba con el audi, y era de noche (hace una hora) pero en fin, que ya me veo quedandome 3 meses sin carnet, precisamente hoy que habia dado la paga y señal para el 997...
Recomendación: PAGA Y NO TE IDENTIFIQUES, aunque te salga un huevo porque te van a meter por lo penal con el nuevo reglamento, pasando de 192 carcel, que como es primera vez, negociando y tal, un tirón de orejas, manda cojones que te van a poner antecedentes por correr.
Aunque ahora que lo pienso no se si se aplica todavía, lo que si puede pasar que te denuncien por un delito contra la seguridad vial que es más de lo mismo.
Ya te vale, quien te manda ir a 240km/h? ... no sabes que a partir de 250km/h los radares no multan! :p tenias que pisarle un poquito mas! pero no quedarte en los 240... Ahora en serio, aun tienes una posibilidad, si el radar en cuestion era un RAI2002 de EYP-SCAP, estos solo estan homolgados hasta los 200km/h, pero si eran un Multanova (10 veces mas comun) entonces te han trincado porque llegan hasta los 250km/h. Supongo que no seria un laser porque entonces estamos habalndo de 320km/h. Algo mas de informacion sobre el radar que te pillo? era un portico? cabina? tripode en el arcen? coche camuflado? en donde? Como muy bien dice AsDePicas, la suerte que tienes es que no te han parado tras la infraccion e identificado, porque asi puedes negarte a identificar al conductor porque aunque la multa es bastante grande por negarte a identificar al condutor, te libras de que ademas de la multa y los puntos por tal exceso de velocidad, tambien te puedan procesar por atentado contra la seguridad vial, o lo que sea que se inventen para crujirte mas, sobretodo si son los mozos de cuadra, porque a 240km/h sales en el telediario. Aunque lo mejor seria indentificar a alguien que este en el extrangero y no le importe, eso seria lo mejor pero no siempre posible.
Tengo entendido que si no identificas al conductor, la sanción recae sobre el titular del vehiculo, asi que... Desde luego, ya es tener mala suerte!!!!! Animo, y que no sea nada!
Hola Carlos, En efecto, eran los mossos d'esquadra y era un coche camuflado. La aguja no llegaba a 240, así que en velocidad real era 220... En fin, manda cojones, si... Por que es posible intentar que expire a base de reclamaciones y reclamaciones?
Entonces era un Multanova asi que te trincaron. Eso si, era un coche patrulla (no un radar fijo) y no te pararon. Ellos tienen la obligacion de pararte e identificarte a no ser que haya una circumstacia especifica que se lo impida absolutamente. Lo que pasa es que eso se lo pasan por el forro de los... para no tener que parar a todos y asi poder poner mas multas y recaudar mas. Y lo que suelen hacer es poner en la multa como motivo de porque no te pararon el generico de "...por circumstacias del trafico". Pues bien, tengo entendido que eso no se aguanta bien en un juicio y se han retirado multas por ello, ya que el juez determina que segun la ley tienen que pararte y sino tienen que hacer constar la razon especifica y bien descrita de porque no te pararon. Asi que yo me pondria en manos de una empresa dedicada a recursos de multas porque eso puede ser una posible via de escape. Otra posibilidad es que parece ser que muchos de los GC que estan operando los radares no han hecho el requerido curso de operador de radares, y por lo tanto la multa no es valida. Y lo que hacen es poner el numero de otro GC que si tiene el curso hecho, asi que hay que mirar la hoja de servicio del numero que segun la multa operaba el radar y ver donde estaba ese dia, si no estab operando el radar, la multa no vale. Se han encontrado casos en los que el operario estaba a 100km de distancia en el momento de la infraccion. Pero eso es en cuanto a la GC, asi que no se si con los mossos pasa igual, pero tambien seria otra posibilidad. Pero ya te digo que la mejor via es la de no identificar al conductor o identificar a alguien el el extranjero porque asi tu unica infraccion es el no identificar al conductor, pero asi no pueden hacer responsable de lo que conlleva ir a 240km/h y para eso los Mossos son los peores y te pueden denunciar por atentado contra la seguridad vial, que no es la primera vez que lo hacen los Mossos.
Aix... Carlos, amigo, mañana mismo cambio el coche de nombre a una s.l. familiar para ejecutar mejor esa alternativa que me comentas, de no identificar. Luego una s.l. acabara pagando el tema pero no se le podran retirr ni puntos ni pedir responbsabilidad penal ni nada, segun dice mi abogada (le acabo de llamar) Se que eres un entendido del mundo radar... Supongo que la pregunta de cual es el mejor antiradar multiequipo está ya respuesta en el foro, asi que buscare el mejor antiradar posible y lo instalare la semana que viene...
Te iba a poner una posible solución, pero despues de leer a Carlos, solo queda elegir una opción y rezar. A mi me pusieron una multa el año pasado y me comentaron lo de las empresas que recurren las multas, la recurrieron y no se nada de ella. De paso me hice el seguro por si más adelante me quitan el carnet, que todo sea dicho no se si servirá para algo ahora.
En fin, sea como fuere, agradezco a todos vuestras respuestas y sibilina comprension, y quisiera comentar que mañana estaré en madrid (Matelec) todo el dia, asi que no podré conectarme tanto como desearia... Un abrazo de este convicto acojonado.
Para la multa de hoy no te servirá por la fecha de la sanción, ademas porque para tramitar en tráfico el cambio de titular de vehiculo te obligaran a pagar cualquier multa e impuesto pendiente. Por cierto si piensas seguir conduciendo a esas velocidades te recomiendo que el vehiculo lo metas en alguna sociedad instrumental (sin activos) pero no una patrimonial porque por responsabilidad civil en caso de accidente te la crujen en cuanto el seguro pueda desentenderse de la indemnización.
Animo y ya nos contaras compañero En cuanto al antiradar, pasate por www.todoradares.com, ahi tienes toda la informacion del mundo al respecto. Despues si tienes dudas sobre algo en especifico, puedes plantearlas y te hecharmos un cable entre todos y las experiencias que ha tenido cada uno.
Quién esté libre de pecado, que tire la primera piedra, pero tal como están las cosas ahora, te la has jugado macho......si vemos un "torito" en las noticias, ya sabemos de quién es.... Simplemente lo siento y que haya suerte!!!
Ulises, cambiar el coche de nombre o sirve de nada, puesto que la denuncia ha tenido lugar hoy. Según lo veo, si la denuncia te llega por vía administrativa, lo que debes hacer es negarte a identificar al conductor cuando te requieran. Esto es una falta muy grave según la Ley de Tráfico (art. 65.5.i), y está sancionada con multa de 300 a 1.500 Euros, según el art. 67.2 de la propia Ley. Lógicamente, como se le aplica al propietario del vehículo como tal, no existe pérdida alguna de puntos y aquí se acaba todo el tema. Otra cosa es si te abren diligencias por un presunto delito contra la seguridad del tráfico de art. 381 del Código Penal, cuyo texto literal es el siguiente: El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiera en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años. En todo caso, se considerará que existe temeridad manifiesta y concreto peligro para la vida o la integridad de las personas en los casos de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas con altas tasas de alcohol en sangre y con un exceso desproporcionado de velocidad respecto de los límites establecidos. Ahí el tema es más peludo, puesto que, por una parte -esta es la mala- contrariamente a lo que sucede en vía administrativa, el Juez, previa la oportuna investigación e instrucción, y a pesar de que te niegues a declarar, puede determinar que tú eras el responsable, y por otra -esta es la buena- el concepto de velocidad desproporcionada es subjetivo, y es objeto de diversas interpretaciones, así que da mucho juego: la desproporción es obviamente diferente según el tipo de vía, la hora, la densidad de circulación, etc. Ahora toca esperar. Cuando recibas la comunicación, según por dónde vayan los tiros, busca un buen letrado especialista. Y lo que dice Carlos respecto de los elementos formales de la denuncia es cierto: en su momento deberá comprobarse si el mosso tenía el curso de operador de radar, si realmente estaba allí, etc. Además, ten presente que entre tu margen de error de velocímetro (cuenta un 10-15%) y el legalmente admitido para el cinemómetro (5%), tus 240 de marcador pueden ser algunos menos, incluso, con un poco de fortuna, por debajo de la barrera mítica de los 200 km/h. S2 y suerte.
Ufff Ulises te deseo mucha suerte... Creo que la vas a necesitar por varios motivos que ya se han expuesto suficientemente en las respuestas previas. En todo caso y como te han comentado en tu lugar me buscaba mañana mismo un buen abogado especializado en el tema. Tal y como está actualmente el tema en esta materia, y en Cataluña - no soy de allí, pero conozco la situación- especialmente, estás en una situación realmente delicada. El caso da para analizar diversos puntos, pero desde luego olvídate de cambiar la titularidad del vehículo a posteriori de la fecha de la multa.Eso a estas alturas es lo peor que puedes hacer, puesto que en caso de juicio podría ser utilizado en tu contra. En mi opinión - por tu bien ojalá me equivoque- te enfrentas a un proceso por vía penal en un alto tanto por ciento de posibilidades. Ánimo, suerte y muévete buscando el abogado ya mismo