Bien es cierto, Ulises, que conducir a esas velocidades es una temeridad y sin contramedidas una inconsciencia, pero aparecer como un delincuente me parece excesivo.:[blah] Las respuestas son de un "acojone" que pasma. Aunque aportan luz sobre una posible defensa. ¡Suerte!
En las autopistas alemanas (no tienen limite de velocidad) a esa velocidad te pasa el 80% de la gente, siendo el pais de Europa con menor indice de siniestralidad. Mejores infraestructuras y menos recaudar. Salu2
Siento mucho tu " cazada ". En efecto, en este caso lo mejor es que no recuerdes quien conducía el coche y pongas a enfriar 1.500 €.Aunque si van por vía penal el tema se complica.Respecto al asunto de poner el coche a nombre de una sociedad, es lo mismo, ya que paga la sociedad si el administrador no identifica al conductor. Y aprovechando el comentario de BelMaseto: a mi mujer la han trincado a 118 en una zona de 90 en autovía ¿ Esos márgenes de error están ya descontados en la redacción de la denuncia o tienes que descontarlos tu en un recurso? Y si es así, ¿ como quedaría el tema ? Muchas gracias.
joder, menos mal que yo lo tengo a nombre de una sociedad, pero vamos, como que he sentido que de repente el cinturón no me apretaba. En fin, me parece que lo mismo esto sería motivo de un post en el que nos fuéramos apuntando el tema de los dichosos puntitos, o al menos apuntar en ese posible hilo las " escapatorias " y actitudes a tomar, aunque sea un ladrillo de los tochos. Esto me recuerda cuando accedo a la vía de servicio ( límite 60 km/h) que como te pases te crujen a base de bien, al fin y al cabo, cuando me preguntan tengo la excusa de que el coche está frío y estando así yo no le piso :D :D ( no es la primera vez que se me pone el coche de la benemérita justito detrás toda la vía de servicio )
No, a 240 Km/h no te pasan el 80% de los coches por las Autobahn. Ni siquiera el 5%. Eso, si 160-180 Km/h es la velocidad a la que circula el 75% de la gente (incluidas abuelitas) Se conduce rápido pero repetando las normas. Hay tramos limitados y los alemanes respetan las normas a rajatabla.
Según tengo entendido, en la denuncia ya tendrían que haberte aplicado el margen de error; de hecho, me parece que así lo hacen cosntar expresamente, pero no tengo nada claro que lo estén cumpliendo. Este tema, de todos modos sólo tiene verdadera importancia cuando la aplicación de ese margen legal derivado de la homologación pueda comportar el cambio de categoría de la infracción, de grave a muy grave, es decir, los excesos de velocidad que se produzcan justo en la franja que, según la limitación, separa las infracciones de una u otra categoría. Para ilustrarlo con un ejemplo, supongamos un tramo de carretera con limitación de 100 km/h. En este tramo, el exceso de velocidad hasta 150 km/h incluido es infracción grave, y el superior, muy grave. Si el cinemómetro lee 155 km/h, teóricamente la infracción seria muy grave, pero como existe un margen de medición del 5%, resulta que el radar está marcando esos 155 km/h cuando tu puedes ir entre 147,25 y 162,5 km/h, porque la homologación admite esos márgenes de error. En este caso, aunque la lectura haya sido de 155 km/h, no pueden sancionarte por falta muy grave, sino sólo por grave. En tu caso concreto, el margen del 5% no afecta a la calificación de la infracción, puesto que seguirá siendo simplemente grave: ir a 112 o a 118 en una zona limitada a 90 tiene exactamente las mismas consecuencias. S2. P.S. Otro tema a tener en cuenta es el hecho que las fuerzas del órden aplican una cierta tolerancia al fijar la velocidad de actuación de los radares, tolerancia que puede ser variable por Comunidades -dicen que en Catalunya la han afinado más- y que, puesto que es eso, una mera tolerancia, puede ser reajustada en cualquier momento. Con la legislación actual, y de acuerdo con las normas de homologación de los radares (Orden de 11 febrero 1994 del MOPTMA) podrían sancionar cualquier exceso de velocidad en autopistas o autovías con limitación general de 120 km/h a partir de los 126 km/h (120 + 5% margen de error admitido) de medición, si bien, según parece, han fijado el "corte" en 132 km/h... Mis disculpas por el tocho...
Si la pusieran a 120 clavada, la gente ya iria a 90 por la autopista, jolín con lo de los puntos la gente de BCN a SBD van a 110 por el izquierdo y encima se enfadan cuando les haces luces, o simplemente sudan de ti y no se apartan.:[question]
Yo creia que el radar por la noche no actuaba por motivos de seguridad, para no provocar accidentes con el flash. No era asi? Saludos
No necesariamente, en relidad la seguridad les importa un comino, de lo contrario no pondrian vehiculos con radar en las medianas y arcenes de las autovias, donde esta prohibido estacionar a no ser que sea por fuerza mayor, ya que constituye un peligro contra la seguridad, pero ellos lo hacen todos los dias para recuadar mas, y no solo eso sino que encima, no ponen los triangulos de advertencia de señalizacion que obliga la ley para reducir el peligro que conlleva. Only in Spain. Ademas, pueden usar un flash infrarojo por la noche que no deslumbar, si el falsh es el falsh normal, entonces lo que no hacen es sacarte la foto de frente para no cegarte con el flash.
Carlos, en base a lo que comentas, no puede invalidar la multa el hecho que estuvieran estacionados en una mediana y sin señalizar?
En España no, porque hacen lo que les sale de los ... y la ley la hacen los mismos que se benefician de las recaudaciones de los radares.
Qué va. Yo tuve una "instantánea" a 163 km/h hace un par de años y lo supe en cuanto de pronto se iluminó la noche a mi alrededor como si hubiera habido un relámpago...
hola ulises, realmente siento y se lo que estarás pasando pq a mi hace poco me liaron una igual o peor. me apuntaron conducción temeraría con exceso de velocidad y adelantamiento en rotonda a alta velocidad. todo esto que suena a barbaridad, simplemente fué ir ligerito a las 6 dela mañana hacia el aeropuerto. iba con con controles desconectados, con la mala suete que al entrar barriendo la rotonda con el culo, estaba el hp urbano escondido. ni lo vi. en la sigueinte rotonda adelante suavemente por fuera a un camión q iba a 0 km/h. pues bien, el hp me persiguió, hasta que me pillo en un stop. fué a joder todo lo q pudo apuntando propuesta de retirada. hablé con mi abogado expecialista en este tema, y la verdad es que de momento la cosa esta en trámites que van para largo, debido a la cantidad de irregularidades que cometió. ni acertó el boleto que usó. sobretodo no pagues, pq eso implica asumir la culpabilidad. es decir, prescinde del descuento. si quieres el tf de mi abogado enviame un mp. mucha suerte. el 997 ponlo a la sl y pasate por todoradares. p.d. socialistas catlane y españoles son los más represivos con los conductores. libertad para conducir como en alemania! mossos hijos de la gran ...tura.
ola Ulisses mira lo mejor que tienes que hacer es poner la identificacion de alguien que tenga carnet de otra nacionalidad, explico, si tiene carnet portuges, italiano,u otro solo te multam, no te quitam puntos, por eso intenta que algun conocido tuyo te consiga arreglar uno, asi solo tendrias que pagar la multa, adios e para la proxima intenta ir um poco mas deprisa, un saludo. :[porsche]
otra vez yo, ahora no es solo para ulisses, es para todos los interesados si conseguis alquilar/ comprar casa en otro pais, pedis residencia e cambiais el carnet, asi quando vas por España al mostrar el carnet estrangero solo pagas las multas, no te quitan puntos.:[question] :[yahoo]
Bueno, gracias a todos por la informacion. Estoy hablando con un grupo de abogados, y veremos que se puede hacer. Mi duda es hasta qué velocidad empieza el delito penal, pero bueno, supongo que depende de los animos del juez. Por otra parte, me parece bochornoso que para cazarte, los mossos deban estacionar en medio de la mediana, sin señalizarse de ninguna manera... Dan ganas de denuciarles antes que me llegue la notificacion.