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Tema en 'Foro general Porsche' comenzado por Dinac, 23/12/13.

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  1. xxavier

    xxavier Soloporschista

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    El desguace no tiene esos riesgos. Son cosas que se aprenden de lo que les pasa a los demás...
     
  2. Juankimalo

    Juankimalo Administrador Miembro del Equipo

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    Dinac este asunto sobre si Porsche se hace cargo o no de la avería con todas las revisiones pasadas en centro oficial, se ha hablado largo y tendido en el foro.
    Olvídalo. Porsche no reconoce ni hace nada.
    En algún caso ha asumido parte de la reparación como muestra comercial hacia el cliente pero jamás en un coche con ese tiempo
     
  3. BelMa

    BelMa Administrador Miembro del Equipo

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    Es más bien de otra manera: las partes pueden establecer los pactos que quieran, a excepción de lo expresamente prohibido por la ley. Y el eventual pacto de no responder en caso de vicios ocultos no es una de esas excepciones.

    En todo caso, yo en mis contratos de compra-venta, tanto cuando adquiero un coche como cuando lo vendo, siempre hago constar lo mismo: el vehículo se entrega en su estado actual, que es conocido por el comprador, y conforme a su antigüedad y kilometraje, por lo que el vendedor no responde de eventuales incidencias mecánicas que puedan presentarse en el futuro.

    Cuando compro un "hierro" a un particular, ni se me ocurre pedirle explicaciones si algo va mal, cosa que, sin ir más lejos, me ha pasado una vez en concreto, siendo el coste de reparación superior al valor de compra del coche. Mala suerte y sanseacabó, así son las cosas, al menos para mí.
     
  4. Dinac

    Dinac Usuario ++

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    Yo no voy a llevar mi perito, este perito te lo asignan desde la asociación de peritos lo cual tiene que ser imparcial, le reparación del coche va a estar fotografiada desde el momento que entra el coche en el taller hasta que sale.
     
  5. BelMa

    BelMa Administrador Miembro del Equipo

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    Eso sigue siendo un perito de parte, necesario para interponer la demanda, desde luego, pero no suficiente: el único perito relevante es el judicial.

    Saludos.
     
  6. Walter

    Walter Gran Experto Porschista

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    Hola Joaquin,

    tienes toda la razon con los pleitos, pero algunos aun creen en la justicia espanola :cabezazo:

    Lo buscado tu hilo de analisis de aceite y no lo encuentro, mejor lo pones para futuros compradores aqui en el hilo otravez.

    Slds
     
  7. delmonte

    delmonte Highway to hell

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    Si cierta empresa ALEMANA no fuera choriza y chapuzas, no habria que dudar de justicia alguna


    Que siempre estas igual y luego te quejarás!
     
  8. javier_gl

    javier_gl Usuario ++

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    Hola a todos
    ?????? :confused:

    Dinac, supongo que estás con un disgusto de impresión con lo que ha ocurrido con tu coche, pero creo que necesitas que alguien con solvencia (y sin intereses de por medio) te oriente antes de meterte en un fregado judicial.

    Creo es muy importante distinguir entre defecto preexistente y garantía por los defectos que posteriormente puedan surgir. Para ser considerado vicio oculto, el defecto tiene que existir en el momento de la compra.

    ¿Crees que vas a encontrar un perito que firme que el defecto (todavía no sabemos cual) existía en el momento de la compra?
    ¿En un coche con 15 años y 150.000 Kms?
    ¿Después de haber recorrido más de 1.000 Kms con él a plena (y documentada) satisfacción por tu parte?

    Por cada perito que encuentres capaz de firmar esto, la parte contraria encontrará diez dispuestos a firmar lo contrario y, lo más seguro si siguieras adelante por la vía judicial, es que tu pagarás a todos ellos.
     
  9. Walter

    Walter Gran Experto Porschista

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    Hola Delmonte,

    tienes toda la razon con cierta empresa, pero nadie de obliga de comprar un coche de ellos, correcto???

    Que queres decir, que siempre estas igaul ? Segun los periodcos espanoles un 88% de los espanoles no se fian con la justicia espanola. me alegro que tu eres uno de los 12% que se fian, enhorabuena!

    Tu sabes muy bien que este pleito dura anos sin ningun resultado. Y aunque tienes sentencia no cobras nunca. Aqui en familia tenemos una sentencia cuatro anos, la otra parte tiene dinero, pero no pagan. Entonces que quieres que digo, es una justicia que functiona ? Olvidade esto!

    Me quejo cuando unos creen que un extranjero no debe que saber o decir como estan las cosas, de esto si que me quejo!!

    Saludos
     
  10. Usuario archivado 44

    Usuario archivado 44 --

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    Pregunto:

    ...ese eventual pacto no vulneraría el objeto de la propia ley que es evitar timos, fraudes y proteger la propia operación de compra venta, es decir:
    nadie espera que en un futuro más o menos lejano el vendedor responda de lo que le ocurra a ese bien, pero sí en el futuro inmediatamente posterior a la compra-venta de acuerdo al estado del bien y condiciones de la operación.
    ¿La única manera de protegerse de tal circunstancia no sería vender el artículo en condiciones de desguace o avería y así especificarlo en el contrato?

    Un saludo y gracias por la respuesta.
     
  11. Walter

    Walter Gran Experto Porschista

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    Creo que el comprador tiene que firmar un contrato donde dice que el (el comprador) es un compraventa de coches. asi debe que ser experto y no puede reclamar luego. Un particular no es experto y debe reclamar. Esto es lo que entendido yo.
     
  12. BelMa

    BelMa Administrador Miembro del Equipo

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    Hierros diversos...
    Entre particulares, no, y quisiera añadir "gracias a Dios".

    Un coche con 150.000 km y 15 años a sus espaldas no es ni un desguace ni una avería, es justamente lo que es: un automóvil con el desgaste inherente a su edad y uso.
     
  13. Luxecars

    Luxecars Senior +

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    La verdad es que es una faena, yo lo siento porque aunque sea un coche de segundamano, aunque sea barato, aunque sea mal motor, que se te rompa a los 1000km es una gran putada.

    Yo tengo mi opinión al respecto de los coches de segundamano, no los compraría salvo que conozca al dueño, y digo conozca bien, no de oidas, del foro, etc.

    He trabajado en concesionarios de coches cinco años, mi padre casi veinte, y he vendido más de 15 coches como particular.

    El VENDEDOR está obligado a satisfacer la reparación durante un período de seis meses, salvo que refleje las averías o deficiencias en el contrato. Todo lo que salga que no esté reflejado, y sea dentro de los SEIS meses posteriores a la venta, son responsabilidad del VENDEDOR, conozca o no dichos vicios, averías, etc... Otra cosa es que se demuestre un mal uso por parte del comprador, pero la carga de la prueba recae sobre el vendedor, no sobre el comprador...hablo por experiencias propias.

    Esta claro, desde mi punto de vista, que el vendedor no tenía ni idea de eso, aunque es muy feo no coger el teléfono, pero aún así, el que menos
    culpa tiene es el comprador.

    Yo personalmente, si vendo un coche y le paso algo en esos seis meses, salvo que sea muy sospechoso de mal uso, lo arreglo y fuera. Porque al final lo más seguro es que me tocase pagarlo igual más gastos de juicios.

    Yo no soy comprador de coches ni artículos de segunda mano, manías de uno...pero no veo justo que os escudéis en argumentos como es que es barato (el vendedor lo acepto y punto), es que es de segundamano (eso no es excusa para vender cosas defectuosas), etc...

    Seis meses es un tiempo prudencial para determinar que algo está en uso normal, si vendéis un coche con cierto riesgo se averías, podéis tener un problema.

    Solución, entregarlo a un compraventa, que normalmente no lo va a vender al día siguiente, y el tiempo correrá a vuestro favor.


    Porsche Werksabholung Zuffenhausen
     
  14. Dinac

    Dinac Usuario ++

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    Tienes 6 mese para recurrir fallos que tenga el vehículo. que sea justo o no, yo no pongo las leyes, pero la ley dice eso, y yo me acojo a ella.

    En cuanto a lo que dices de los peritos, ellos no creo que tomen las decisiones según les venga en gana, tendrán sus pasos a seguir, ya te digo que tengo cita con el mañana y sabre algo mas. De todas maneras en Porsche Hanstein ya me han dicho que ellos ven esta avería como un vicio oculto, y a ellos les da igual de quien cobrar el dinero.

    Hoy le e vuelto a preguntar al vendedor si quiere hablar y ni contesta.
    Si no tiene nada que ocultar no cuesta nada hablar 5 minutos. si no das la cara es por algo, digo yo.
     
  15. galdakao

    galdakao Senior +

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    Menuda faena...creo que independientemente de que haya o no vicios ocultos.. si yo vendiese mi coche y en tan poco tiempo ocurriese una averia gorda...me tocaria negociar con el comprador y asumir una parte del coste de la averia...no toda por supuesto...y me dejaria de juicios ni esas historias...animo a los 2 que seguro estais sufriendo!!!
     
  16. Dinac

    Dinac Usuario ++

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    Esta claro que comprando un coche nuevo te quitas de problemas, pero mi caso es este:

    Tengo 24 años, e abierto mi empresa entre verano y otoño, quería darme un capricho, no quería coger ningún préstamo y tenia 25mil euros para gastar en mi capricho. Sabia que tenia que guardar algo de presupuesto por posibles revisiones o detalles a realizar, pero claro siempre y cuando las supiese, en este coche en concreto tenia para pintar el para golpes delantero y poco mas, pero una cosa son los arreglos que sabes que tienes que hacer y otra cosa es este asunto.

    Como bien dices son 6 meses de garantía, por lo poco que me pudo decir mi abogado, el ha ganado muchos casos de este tipo porque la ley es clara, pero vuelvo a repetir, yo preferiría arreglarlo con el vendedor de alguna manera antes de meternos en líos, pero no hay manera de que quiera hablar con migo.
     
  17. Dinac

    Dinac Usuario ++

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    esto mismo es lo que yo intento, y creo que es la manera de hacerlo justamente para las dos partes, pero tendríamos que hablar, cosa que el no quiere. Yo mas que sufriendo estoy decepcionado, tener un capricho y no poder disfrutarlo es una faena y mas ahora en vacaciones.
     
  18. leaderone

    leaderone Mendrugo Driver

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    Este es un contrato de compra venta que suelo utilizar, es el estándar que se descarga de autoscout24.


    Firmando ambas partes este contrato y encontrándonos en la situación que se plantea en este post, quién tendría razón, el comprador o el vendedor??


    CONTRATO DE COMPRAVENTA



    En ………., a ………………... REUNIDOS De una parte, D. ……………………..………..., interviene en nombre propio, con NIF ……….…………, con domicilio a efectos del presente contrato en la calle …………………………………….……….……….. nº …… de ……………….., actuando en calidad de VENDEDOR.

    De otra parte, D. ……………………..………..., interviene en nombre propio, con NIF ……….…………, con domicilio a efectos del presente contrato en la calle …………………………………….……….……….. nº …… de ……………….., actuando en calidad de COMPRADOR.


    Vehículo: Marca …… Modelo………. Matrícula …………….. Nº de Bastidor ……………………….. Kilómetros …….


    Reunidos vendedor y comprador en la fecha del encabezamiento, manifiestan haber acordado formalizar en este documento CONTRATO DE COMPRAVENTA del vehículo automóvil que se especifica, en las siguientes CONDICIONES

    PRIMERA.- El vendedor vende al comprador el vehículo de su propiedad anteriormente especificado por la cantidad de ……………..euros, sin incluir los impuestos correspondientes, que serán a cargo del comprador. La forma de pago será ……….

    SEGUNDA.- El vendedor declara que no pesa sobre el vehículo ninguna carga o gravamen ni impuesto, deuda o sanción pendientes de abono en la fecha de la firma de este contrato, comprometiéndose en caso contrario a regularizar tal situación a su exclusivo cargo.

    TERCERA.- El vendedor se compromete a facilitar la documentación relativa al vehículo, así como a firmar cuantos documentos aparte de éste sean necesarios para que el vehículo quede correctamente inscrito a nombre del comprador en los correspondientes organismos públicos, siendo todos los gastos a cargo del comprador.

    CUARTA.- Una vez realizada la correspondiente transferencia en Tráfico, el vendedor entregará materialmente al comprador la posesión del vehículo, haciéndose el comprador cargo de cuantas responsabilidades puedan contraerse por la propiedad del vehículo, y su tenencia y uso a partir de dicho momento de la entrega.

    QUINTA.- El vehículo dispone de seguro en vigor hasta fecha de ………, y se encuentra al corriente respecto a las obligaciones derivadas de la ITV (Inspección Técnica de Vehículos).

    SEXTA.- El comprador declara conocer el estado actual del vehículo, por lo que exime al vendedor de toda responsabilidad por los vicios o defectos ocultos que surjan con posterioridad a la entrega (en su caso)

    SEPTIMA.- Para cualquier litigio que surja entre las partes de la interpretación o cumplimiento del presente contrato, éstas, con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderles, se someterán a los Juzgados y Tribunales de ………...

    OCTAVA.- ……………………………….

    Y para que así conste, firman el presente contrato de compraventa, por triplicado, en la fecha y lugar arriba indicados.



    Firma del vendedor Firma del comprador
     

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  19. Hector S

    Hector S Senior +

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    Los vicios deben ser anteriores a la enajenación.

    Esto es imprescindible para que se puedan reclamar los vicios ocultos, pues es precisamente la anterioridad a la enajenación y su ocultamiento por parte del enajenante lo que constituyen la esencia del saneamiento por vicios ocultos. Sobra decir que si se presentan después de la adquisición el enajenante por ningún motivo será responsable. De hecho si el adquiriente no puede probar que la cosa enajenada venia ya con los vicios se entenderá entonces que los vicios sobrevinieron después de la adquisición.

    Esto es un fragmento del blog de definicionlegal. Si estaba rota antes de la compra, es algo que habrá que demostrar.

    Yo lo veo como una gran putada, pero no veo responsabilidad económica en el vendedor. Si se funde una bombilla, se estropea una centralita, también vas a ir a por él?

    En cualquier caso, gracias por el hilo, porque ahora si vendo mi coche incluiré esa cláusula que se ha comentado para protegerme.
     
  20. Roads

    Roads Soloporschista

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    De nuevo un tercero te da la razón para que le dejes facturarte sus servicios, y tu lo ves un acto imparcial.

    Ellos solo cobrarán de ti, porque dándote a ti la razón, ¿crees que el comprador sería tan tonto de encima encargarles el trabajo a ellos?

    Un poco más de perspicacia, hombre.
     
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